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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (28/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 122

122 NORMAS LEGALES Sábado 28 de agosto de 2021 El Peruano / - Comprobante de pago, del 4 de marzo de 2021 - Descargos del señor regidor, del 12 de marzo de 2021. 1.2. Por O fi cio Nº 01598-2021-SG/JNE, del 23 de abril de 2021, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones requirió que el señor alcalde remita los siguientes documentos: - Acuerdo de Concejo Nº 001-2021-MDC/A, adoptado en la sesión extraordinaria de concejo del 1 de febrero de 2021. - Cargo de noti fi cación de la citación a la sesión extraordinaria de concejo del 1 de febrero de 2021, dirigida al señor regidor. - Actas de las sesiones ordinarias de concejo del 6 y 20 de enero; 3 y 17 de febrero; 2 y 16 de marzo; 6 y 20 de abril; 4 y 18 de mayo; 1 y 22 de junio; y 6 y 20 de julio de 2020. - Cargos de noti fi cación de las citaciones a las sesiones ordinarias de concejo del 6 y 20 de enero; 3 y 17 de febrero; 2 y 16 de marzo; 6 y 20 de abril; 4 y 18 de mayo; 1 y 22 de junio; y 6 y 20 de julio de 2020, dirigidas al señor regidor. - Otros documentos que hayan servido para resolver la solicitud de vacancia. 1.3. Mediante O fi cio Nº 094-2021-MDC/A, presentado el 4 de mayo de 2021, el señor alcalde informó que: - La noti fi cación a la sesión extraordinaria de concejo del 1 de febrero de 2021 se realizó “mediante red social de WhatsApp”. - La gestión municipal no ha implementado ningún tipo de noti fi cación para los señores regidores para las asistencias a sesiones ordinarias, debido a que, en sesión ordinaria del 3 de enero de 2019, acordaron sesionar ordinariamente el primer y tercer lunes de cada mes. En ese sentido, remitió, entre otros, los siguientes documentos: - Acuerdo Nº 001-2021-MDC/A, del 1 de febrero de 2021, sobre declaración de vacancia del señor regidor. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 002-2020-MDC, del 20 de enero de 2020. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 003-2020-MDC, del 3 de febrero de 2020. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 004-2020-MDC, del 17 de febrero de 2020. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 005-2020-MDC, del 2 de marzo de 2020. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 006-2020-MDC, del 16 de marzo de 2020. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 007-2020-MDC, del 6 de abril de 2020. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 008-2020-MDC, del 20 de abril de 2020. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 009-2020-MDC, del 4 de mayo de 2020. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 010-2020-MDC, del 18 de mayo de 2020. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 011-2020-MDC, del 1 de junio de 2020. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 012-2020-MDC, del 22 de junio de 2020. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 013-2020-MDC, del 6 de julio de 2020. - Acta de Sesión Ordinaria Nº 014-2020-MDC, del 20 de julio de 2020. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 3 del artículo 139 establece, como principios y derechos de la función jurisdiccional, lo siguiente:3. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional. Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por órganos jurisdiccionales de excepción ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación. 1.2. El numeral 4 del artículo 138 precisa que es una atribución del Supremo Tribunal Electoral el administrar justicia en materia electoral. En la LOM1.3. El artículo 18 dispone que, a efectos del cómputo del quorum y las votaciones, se considera en el número legal de miembros del concejo municipal al alcalde y a los regidores elegidos conforme a la ley electoral correspondiente. 1.4. El artículo 23 prescribe que la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios (2/3) del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. En el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, TUO de la LPAG) 1.5. El inciso 1.1. del numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar señala: Artículo IV. Principios del procedimiento administrativo 1. El procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en los siguientes principios, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del Derecho Administrativo: […] 1.1. Principio de legalidad.- Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas. 1.6. El numeral 1 del artículo 10 dispone:Artículo 10.- Causales de nulidad Son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los siguientes: 1. La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias. 1.7. El artículo 20 señala:Artículo 20.- Modalidades de noti fi cación 20.1. Las noti fi caciones serán efectuadas a través de las siguientes modalidades, según este respectivo orden de prelación : 20.1.1. Noti fi cación personal al administrado interesado o afectado por el acto, en su domicilio. 20.1.2. Mediante telegrama, correo certi fi cado, telefax; o cualquier otro medio que permita comprobar fehacientemente su acuse de recibo y quien lo recibe, siempre que el empleo de cualquiera de estos medios hubiese sido solicitado expresamente por el administrado . 20.1.3. Por publicación en el Diario O fi cial y en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional, salvo disposición distinta de la ley. 20.2. La autoridad no puede suplir alguna modalidad con otra ni modi fi car el orden de prelación establecido en el numeral anterior, bajo sanción de nulidad de la noti fi cación. Puede acudir complementariamente a aquellas u otras, si así lo estime conveniente para mejorar