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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (28/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Sábado 28 de agosto de 2021 El Peruano / Artículo 13.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JESÚS OSWALDO QUISPE ARONES Secretario de Descentralización 1986543-2 AMBIENTE Aceptan renuncia de Viceministra de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 008-2021-MINAM Lima, 27 de agosto de 2021 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 006-2020-MINAM, se designó a partir del 25 de noviembre de 2020, a la señora Luisa Elena Guinand Quintero en el cargo de Viceministra de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar la misma; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 022-2021-MINAM, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Ministerial N° 153-2021-MINAM, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Luisa Elena Guinand Quintero, al cargo de Viceministra de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República RUBÉN RAMÍREZ MATEO Ministro del Ambiente 1986589-12 Designan Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 009-2021-MINAM Lima, 27 de agosto de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro/a de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente;Que, se ha visto por conveniente designar al funcionario que desempeñará el cargo de Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 022-2021-MINAM, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Ministerial N° 153-2021-MINAM, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Alfredo Mamani Salinas en el cargo de Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio de Ambiente. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República RUBÉN RAMÍREZ MATEO Ministro del Ambiente 1986589-13 Disponen la publicación del proyecto de “Lineamientos para elaboración de planes de acción para la prevención y control de la contaminación sonora” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 161-2021-MINAM Lima, 26 de agosto de 2021VISTOS; el Memorando Nº 00611-2021-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; los Memorandos Nº 00238-2021-MINAM/VMGA/DGCA y Nº 00607-2021-MINAM/VMGA/DGCA, de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Informe Nº 00067-2021-MINAM/VMGA/DGCA/DCAE, de la Dirección de Calidad Ambiental y Ecoe fi ciencia; el Informe Nº 00479-2021-MINAM/SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, según el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como a sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Nº 28611, el Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes diseña y aplica, entre otros, las normas que sean necesarias para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en dicha Ley; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación,