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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (07/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Martes 7 de diciembre de 2021 El Peruano / a participar en el recorrido de inspección de la carretera alternativa que pasará por el Hito 27 y empalmará con la carretera binacional, señalando que su participación será muy importante dado que esta comunicación vial favorecerá el movimiento comercial y económico de Moquegua e Ilo principalmente y servirá para impulsar y fortalecer los acuerdos binacionales, principalmente el Corredor Ferroviario Bioceánico, dados en la VI Reunión de Presidentes y Gabinetes Ministeriales de Perú y Bolivia, realizada en octubre pasado. Que, se adjunta al documento precitado, el documento de fecha 18 de noviembre de 2021, mediante el cual el AYLLU ORIGINARIO LEVITA del Departamento de La Paz, Suyo Ingavi- Marca Aransaya, del Estado Plurinacional de Bolivia, comunica al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ilo que los días 8 y 9 de diciembre de 2021, una delegación técnica de ASPB, ABC y Coordinadores de la Carretera Queto Querarani- Hito 27- Puerto de Ilo Perú, el Alcalde de Pisacoma-Santa Rosa de Maso Cruz- Gobernación de Moquegua- Alcaldía y CODELPI de Ilo- Perú, estarán realizando la inspección de la Carretera Alternativa de Patacamaya- Corocoro- Waldo Ballivian-Caquiaviri- Nazacara- San Andrés de Machaca- Queto Querarani- Jerusalen- Laquinamaya, Cuipiamaya- Hito 27- Pisacoma- Santa Rosa de Mazo Cruz- Moquegua- Puerto de Ilo (Bolivia Perú); motivo por el cual lo invita a acreditar a un representante de la Municipalidad Provincial de Ilo para que acompañe a dicha Delegación. Que, asimismo, se anexa la DECLARATORIA DE INTEGRACIÓN Y HERMANDAD BOLIVIANO- PERUANO EN HITO 27, donde se señala que con fecha 30 de junio de 2021, en el hito 27 se ha realizado la instalación de la Asamblea General de Autoridades Nacionales y Representantes de Instituciones Sociales y Originarias de Bolivia y Perú, acordándose: 1º Solicitar al gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia declare de Interés y Prioridad Nacional la Construcción e Incorporación a la Red Fundamental de caminos el tramo “Queto Querarani, Jerusalen, Laquinamaya, Cuipiamaya, al Hito 27”, igualmente solicitar al gobierno de la República del Perú declarar de Interés y Prioridad Nacional la construcción de la carretera del hito 27 a Pisacoma- Santa Rosa de Mazocruz, que empalme con la Carretera Binacional Desaguadero- Moquegua- Ilo, tramos del corredor terrestre Bioceánico que una los Océanos Atlántico y Pací fi co, entre los puertos de Santos- Brasil a ILO- Perú a través del territorio boliviano, (…), 3º. Reactivar la construcción del Corredor Ferroviario entre Bolivia y Perú. Que, el inciso 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribución del Concejo Municipal: “Autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicio o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal o cualquier otro funcionario” . Que, la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, en el numeral 11.1 del Artículo 11 estipula que: “ Durante el Año Fiscal 2021, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias.”. Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en el Artículo 1 señala que: “Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República,(…), las Municipalidades y la Contraloría General de la República, se autorizarán mediante Resolución de la más alta autoridad de la respectiva Entidad.”. Asimismo, el Artículo 2 de la precitada Ley precisa que “Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”; mientras que el artículo 3 estipula que “Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje”. Que, el artículo 5 del Reglamento de la Ley Nº 27619, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establece la Escala de Viáticos para los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos. Que, asimismo, con Resolución de Alcaldía Nº 312-2015-A-MPI, se aprueba la Directiva Nº 03-2015-A-MPI, Directiva de Viáticos por Comisión de Servicios, dentro y fuera del Territorio Nacional, de la Municipalidad Provincial de Ilo, cuyo objetivo es establecer disposiciones y procedimientos para la autorización y el pago de viáticos y pasajes, así como la rendición de gastos, que por comisión de servicios dentro y fuera del territorio nacional, realicen los funcionarios, empleados de con fi anza y servidores públicos, independientemente del vínculo que tengan con la Municipalidad Provincial de Ilo, incluyendo aquellos que brinden servicios de consultoría, que por necesidad o naturaleza del servicio, la Entidad requiera realizar viajes al interior del país. Que, en este contexto, en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal, de fecha 01 de diciembre de 2021, teniendo en consideración que la Carretera Alternativa que pasará por el Hito 27 y empalmará con la Carretera Binacional, favorecerá el movimiento comercial y económico de la Provincia de Ilo y servirá para impulsar y fortalecer los acuerdos binacionales, principalmente el Corredor Ferroviario Bioceánico, se vió por conveniente autorizar el viaje del Alcalde al hermano país de Bolivia integrando la Delegación Técnica Binacional que realizará la inspección de la Carretera Alternativa antes mencionada, a llevarse a cabo los días 08 y 09 de diciembre de 2021; determinándose asimismo en dicho acto el monto de los viáticos correspondientes, de acuerdo a la fundamentación efectuada por el Sub Gerente de Tesorería de la Entidad, en concordancia con lo establecido en la normativa citada en los considerandos precedentes. Estando a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 01 de diciembre de 2021, por mayoría de los votos de sus miembros; ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al extranjero (Bolivia) del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ilo, Arql. Gerardo Felipe Carpio Diaz, integrando la Delegación Técnica Binacional Vía Hito 27 Perú- Bolivia, que realizará la inspección de la Carretera Alternativa que pasará por el Hito 27 y empalmará con la Carretera Binacional, a llevarse a cabo los días 08 y 09 de diciembre de 2021; según lo expuesto en la parte considerativa del presente acuerdo. Artículo Segundo.- Los gastos que se generen por concepto de viáticos y transporte, serán cubiertos a través de la Meta SIAF: 023 Normar y Fiscalizar (Alcaldía) Rubro: 08 Impuestos Municipales, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos por 2 días (US $ 220 x 2 días): US $ 440.00 Transporte : US $ 218.54 Total : US $ 658.54 Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto las acciones pertinentes para el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General y a la Sub Gerencia de Informática la publicación del presente Acuerdo de Concejo de acuerdo a Ley y en el Portal de Transparencia de la Entidad, respectivamente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERARDO FELIPE CARPIO DÍAZ Alcalde 2019094-1