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57 NORMAS LEGALES Martes 7 de diciembre de 2021 El Peruano / Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO EXCLUSIVODERECHO DE TRAMITACIÓN (S/) 3.6RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO ALTO310.00 3.7INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO623.40 3.8RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO615.30 3.9EVALUACIÓN DE CONDICIONES DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS (ECSE) CON UNA CONCURRENCIA DE HASTA 3,000 PERSONAS300.40 GERENCIA DE DESARROLLO URBANO - SUBGERENCIA DE DEFENSA CIVIL SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD 3.10 DUPLICADO DEL CERTIFICADO DE INSPECCION TECNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES 37.80 Artículo Octavo.- Publicidad La presente Ordenanza y el Acuerdo rati fi catorio serán publicados en el Diario O fi cial “El Peruano”. Asimismo, la presente Ordenanza y el Anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados, serán publicados en el Portal del Diario O fi cial “El Peruano” y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe). Artículo Noveno.- La presente Ordenanza y las partes que la integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la rati fi que y de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y en los portales electrónicos mencionados en los artículos precedentes. Artículo Décimo.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Surquillo, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe los formatos y formularios, exigidos como requisitos en la tramitación de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA, los mismos que serán de distribución gratuita o de libre reproducción. Artículo Décimo Primero.- Encargar el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y sus anexos, a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad Distrital de Surquillo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GIANCARLO GUIDO CASASSA SÁNCHEZ Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2019115-1 Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2021-MDS Surquillo, 26 de noviembre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; el Memorando Nº 1286-2021-GM-MDS de fecha 16 de noviembre de 2021 emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 272-2021-GAJ-MDS de fecha 11 de noviembre de 2021 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 192-2021-GPPCI-MDS de fecha 27 de octubre de 2021 emitido por la Gerencia Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, respecto a la propuesta de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Surquillo; y,Artículo Tercero.- Aprobación del TUPA Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Surquillo, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual compendia y sistematiza los procedimientos administrativos y servicios administrativos prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación aprobados. Artículo Cuarto.- Exigibilidad de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aprobados Dispóngase que los derechos de tramitación a los que se hace referencia el artículo segundo, sean exigibles a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que los rati fi que y de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 29090 Los procedimientos vinculados a Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edi fi cación recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, y modi fi catorias, así como el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2019- VIVIENDA. Artículo Sexto.- Adecuación de los procedimientos administrativos estandarizados Precísese que los procedimientos administrativos vinculados con Licencia de Funcionamiento, se encuentran adecuados al Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento y Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas. Asimismo, los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad vinculados a Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, se encuentran adecuados al Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones de competencia de los gobiernos locales. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16º del Texto Único Ordenando de la Ley Nº 28976, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional y en la sede institucional de las estructuras de costos de los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento, así como los planos de zoni fi cación e índice de usos (compatibilidad de usos), esto último con la fi nalidad de facilitar la adecuada formulación de las solicitudes de licencias de funcionamiento. Artículo Séptimo.- Disponibilidad de la Información La presente Ordenanza, el Anexo, que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, y el Acuerdo rati fi catorio estarán disponibles en el portal electrónico de Servicio de Administración Tributaria – SAT (www.sat.gob.pe).