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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (07/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Martes 7 de diciembre de 2021 El Peruano / Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 195º numeral 4) de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Norma IV: Principio de Legalidad - Reserva de la Ley, del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, la misma que indica que las Ordenanzas pueden crear, modi fi car, suprimir o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, modi fi cado por el artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 981, señala que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, el Informe Nº 621-2021-SGRT-GAT/MDSJM de la Subgerencia de Recaudación de Tributaria señalan que si bien es cierto, luego del análisis realizado ante la difícil situación que se atraviesa y ante la incertidumbre política latente, se observa incrementos en la recaudación en el primer semestre 2021 respecto al 2019 y al 2020, evaluando que aún existen saldos que se pueden recuperar mejorando los bene fi cios tributarios establecidos en las ordenanzas indicadas y brindando las mejores facilidades a los contribuyentes del distrito de San Juan de Mira fl ores; Que, mediante Informe Nº 061-2021-GAT/MDSJM, la Gerencia de Administración Tributaria, presenta el Proyecto de Ordenanza que modi fi ca artículos de la Ordenanza N° 443/MDSJM y Ordenanza N° 447/MDSJM, concluyendo que dicho proyecto, establecerá un nuevo régimen de descuentos que faciliten el pago de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que presenten deudas; Que, mediante el Informe Nº 214-2021-SGPEYCT/ GPP/MDSJM, la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica, por el cual, informa que en el marco de la normativa vigente, considera viable la aprobación del Proyecto de “Proyecto de Ordenanza que modi fi ca artículos de la Ordenanza N° 443/MDSJM y Ordenanza N° 447/MDSJM”; con el objetivo de proyectar el acercamiento de los contribuyentes al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, generar conciencia tributaria, disminuir los índices de morosidad y por consiguiente garantizar el nivel de recaudación proyectado; Que, mediante Informe Nº 408-2021-GAJ/MDSJM, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal FAVORABLE para la aprobación del proyecto de “Proyecto de Ordenanza que modi fi ca artículos de la Ordenanza N° 443/MDSJM y Ordenanza N° 447/MDSJM”, en base a las consideraciones señaladas; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA ARTÍCULOS DE LA ORDENANZA N° 443/MDSJM Y ORDENANZA N° 447/MDSJM Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 7° de la Ordenanza N° 443/MDSJM, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: Establecer en 0.90% mensual, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las obligaciones tributarias que administra la Municipalidad de San Juan de Mira fl ores y que se encuentren pendientes de pago a partir del 01/04/2021. Artículo 2°.- Modifíquese el artículo 5° de la Ordenanza N° 447/MDSJM, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: 5.1 CONDICIONES GENERALES CONCEPTO CONDICION AÑO DEUDADESCUENTOS ESTABLECIDOS EN (%) SOBREMONTO INSOLUTO DE LA DEUDAINTERES MORATORIOACTUALIZACION DEL PIMCOSTAS Y GASTOS IMPUESTO PREDIALPara el pago anual, trimestral adeudado2021 -------- 100% -------- 100% 2020 y años anteriores-------- 100% -------- 100% ARBITRIOS MUNICIPALESNinguna2021* 25% 100% -------- 100% 2020 30% 100% -------- 100% 2019 40% 100% -------- 100% 2018 50% 100% -------- 100% 2017 80%100% -------- 100% 2016 100% -------- 100% 2015 100% -------- 100% 2014 95%100% -------- 100% 2013 100% -------- 100% 2012 100% -------- 100% 2011 100% -------- 100% 2010 y años anteriores100% -------- 100% - Solo para uso Casa Habitación (25%). - Para Otros Usos (distintos a Casa Habitación) se aplicará un descuento del 5%. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- DERÒGUESE el artículo 8° y 9° de la Ordenanza N° 443/MDSJM que Establece las fechas de vencimiento de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Determina los incentivos por Pronto Pago del ejercicio 2021 para el distrito de San Juan de Mira fl ores. Segunda.- DERÒGUESE la Ordenanza N° 450/ MDSJM que establece Incentivos para el pago de las deudas Tributarias del ejercicio 2021 en el distrito de San Juan de Mira fl ores. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Cuarta.- La entrada en vigencia de la presente Ordenanza, no suspende las funciones de cobranza en vía ordinaria y/o coactiva. Quinta.- FACÚLTESE al alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, para que,