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49 NORMAS LEGALES Martes 7 de diciembre de 2021 El Peruano / mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como su prórroga o suspensión de ser el caso, previo informe de la Gerencia de Administración Tributaria. Sexta.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria la correcta aplicación de la ordenanza, a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión de la presente ordenanza y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático, la publicación de la presente Ordenanza en el portal web de la Institución: www.munisjm.gob.pe. Séptima.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DANIEL CASTRO SEGURA Alcalde (e) 2018907-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ordenanza que aprueba procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación de competencia de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, así como los vinculados a Licencia de Funcionamiento e ITSE, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Surquillo ORDENANZA Nº 485-MDS Surquillo, 21 de septiembre de 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; en Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 014-2021-CAPPR-CM-MDS de fecha 16 de septiembre de 2021 emitido por la Comisión de Administración, Planeamiento, Presupuesto y Rentas, referido a la aprobación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 40.3 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados para cada entidad;Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal; Que, los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario o fi cial “El Peruano”, en tanto que el TUPA y la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del diario o fi cial “El Peruano” y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal Institucional; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 40º, establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser ratifi cados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 2085-MML, la cual regula el procedimiento de rati fi cación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modi fi can o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones; Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, ha elaborado el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – que contiene los procedimientos administrativos y servicios administrativos prestados en exclusividad de competencia de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, así como los vinculados a Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones, contando para ello con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la conformidad de la Gerencia Municipal, por lo que corresponde ser aprobado por Concejo Municipal; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se adoptó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRAMITACIÓN DE COMPETENCIA DE LA SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y CATASTRO, ASÍ COMO LOS VINCULADOS A LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO E ITSE, CONTENIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Artículo Primero.- Aprobación de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad Apruébense los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y costos administrativos de competencia de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, así como los vinculados a Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, conforme fi gura en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobación de derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos prestados en exclusividad Apruébense los 166 derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de competencia de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, así como los vinculados a Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, conforme a la relación que se detalla a continuación: