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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (15/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de diciembre de 2021 El Peruano / PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Establecen como política de comunicación social, de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Poder Ejecutivo, el uso del logo y la frase: “SIEMPRE CON EL PUEBLO”, en toda publicidad institucional informativa y aquella por la que se le comunique a la población los servicios que se le brinda RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2021-PCM Lima, 14 de diciembre de 2021 VISTO: El Informe N° D000001-2021-PCM-SCS de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO:Que, el artículo 4 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización del Estado tiene por fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, según lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia de Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM, la Secretaría de Comunicación Social es el órgano de línea con autoridad técnico normativa, responsable de desarrollar, coordinar e implementar la política de comunicación social del Poder Ejecutivo, la publicidad o fi cial del gobierno y la generación de contenidos de interés público que respondan a las necesidades de comunicación de la sociedad con los objetivos de la gestión gubernamental; Que, asimismo, el literal h) del artículo 58 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia de Consejo de Ministros, señala que la Secretaría de Comunicación Social tiene como función diseñar e implementar productos de comunicación social al servicio de la ciudadanía con la fi nalidad de promover el cambio y el mejoramiento de su calidad de vida; Que, mediante el documento del Visto, la Secretaría de Comunicación Social sustenta la necesidad de adoptar acciones que contribuyan a la optimización de la política de comunicación del Poder Ejecutivo, de manera que la población obtenga una mayor y mejor información sobre las tareas que realiza; Que, en ese sentido, resulta necesario establecer una política de comunicaciones de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Poder Ejecutivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Establecer como política de comunicación social, de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Poder Ejecutivo, el uso del logo y la frase: “SIEMPRE CON EL PUEBLO”, en toda publicidad institucional informativa y aquella por la que se le comunique a la población los servicios que se le brinda. Artículo 2.- La Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de sus funciones, determina el desarrollo visual del logo y dicta los lineamientos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILÍN Presidenta del Consejo de Ministros 2021647-1 AMBIENTE Aprueban los “Lineamientos para la implementación del proceso de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 228-2021-MINAM Lima, 13 de diciembre de 2021VISTOS; el Informe Nº 00350-2021-MINAM/ VMGA/DGPIGA/DGEIA de la Dirección de Gestión de Evaluación de Impacto Ambiental; el Memorando Nº 00655-2021-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Informe Nº 0042-2021-MINAM/SG/OGPP/OM de la O fi cina de Modernización; el Memorando Nº 01404-2021-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00631-2021-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, crea el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), como un sistema único y coordinado de identi fi cación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión; Que, el numeral 24.1 del artículo 24 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, dispone que toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter signi fi cativo, está sujeta, de acuerdo con ley, al SEIA, el cual es administrado por la Autoridad Ambiental Nacional; Que, el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley Nº 27446 señala que corresponde al sector proponente aplicar una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), en el caso de propuestas de Política, Planes o Programas de desarrollo sectorial, regional y local susceptibles de originar implicaciones ambientales signi fi cativas; Que, asimismo, el literal b) del artículo 17 de la precitada Ley, modi fi cada con el Decreto Legislativo Nº 1394, dispone que el Ministerio del Ambiente, en su calidad de organismo rector del SEIA, tiene entre sus funciones, acompañar a los proponentes de las políticas, planes y programas en el proceso de EAE y emitir el Informe Ambiental; Que, de acuerdo con el literal f) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, este tiene la función especí fi ca de dirigir el SEIA; Que, según el artículo 61 del Reglamento de la Ley Nº 27446, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, la EAE constituye un proceso sistemático, activo y participativo que tiene como fi nalidad internalizar la variable ambiental en las propuestas de políticas, planes y programas de desarrollo que formulen las instituciones del Estado, usándola como