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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (17/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Viernes 17 de diciembre de 2021 El Peruano / Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y demás unidades orgánicas pertinentes la ejecución del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Comunicación e Imagen Institucional la difusión de las bases para el sorteo que incentiva y regula la actualización de declaraciones juradas de predios, descuentos tributarios e incentivos al contribuyente puntual denominado “Actualízate, paga como puedas y gana”, en el distrito de Villa María del Triunfo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del Texto Íntegro del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo www.munivmt.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 2021870-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE MI PERU Ordenanza que otorga beneficios tributarios extraordinarios por Navidad y Fin de Año en el distrito de Mi Perú ORDENANZA Nº 085-MDMP Mi Perú, 9 de diciembre del 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo de manera virtual y presencial de la fecha, el Memorando Nº 2719-2021-MDMP/GM de Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 441-2021/MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 1312-2021-MDMP/GPPR de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesta y Racionalización, el Memorando Nº 303-2021-MDMP/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, así como el Informe Nº 342-2021-MDMP-GAT-SGRRCT de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Control Tributario; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 194º, modi fi cado por la Ley Nº 30305, y el numeral 4, del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia para crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. (...)”; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que: “Excepcionalmente, los Gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren; en el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo”; Que, el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, regula la forma de pago del Impuesto Predial, estableciendo que los pagos pueden efectuarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año, o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las siguientes los últimos días hábiles de los meses de mayo, agosto y noviembre, reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al por Mayor (IPM), que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº060-MDMP, ratifi cada por el Concejo Municipal Provincial del Callao, mediante el Acuerdo de Concejo Nº073-2020 AC/MPC, ambas publicadas en el Diario O fi cial de El Peruano, el 31 de diciembre del 2020, se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fi scal 2021 en el distrito de Mi Perú. Que, mediante Informe Nº 303-2021-MDMP-GAT, la Gerencia de Administración Tributaria señala que es importante para esta Entidad Edil, la reactivación económica del Distrito de Mi Perú a fi n de continuar con el desarrollo de diferentes proyectos a bene fi cio de la población de las zonas más vulnerables, así como, incentivar a la población a comenzar a tener una adecuada cultura tributaria, por tanto cree conveniente se apruebe la Ordenanza que otorga bene fi cios tributarios extraordinarios por Navidad y fi n de año en el Distrito de Mi Perú, alcanzando la propuesta pertinente; Que, mediante Memorando Nº 1312-2021-MDMP/ GPPR, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, considera que la propuesta de ordenanza presentada sería una óptima estrategia para poder cumplir con la proyección de la recaudación estimada por la Gerencia de Administración Tributaria. Que, mediante Informe Legal Nº 441-2021-MDMP- GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable a la aprobación del proyecto de Ordenanza que otorga bene fi cios tributarios extraordinarios por Navidad y fi n de año en el Distrito de Mi Perú. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en los numerales 8 y 9 del artículo 9º, y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS EXTRAORDINARIOS POR NAVIDAD Y FIN DE AÑO EN EL DISTRITO DE MI PERÚ Artículo Primero.- OBJETO Y FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por objeto otorgar bene fi cios tributarios extraordinarios por estar próximos a fi n de año, como una medida extraordinaria para incrementar los índices de recaudación así como de incentivar hacia una adecuada cultura tributaria de los contribuyentes del Distrito de Mi Perú. Artículo Segundo.- ALCANCES Están comprendidas las obligaciones tributarias correspondientes al Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Costas y Gastos, Intereses y diferencias ordinarias, que se encuentren pendientes de pagos. Podrán acogerse a la presente Ordenanza todas las personas naturales y/o jurídicas que tengan la calidad de contribuyentes o responsables tributarios, cuyas deudas a