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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (17/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Viernes 17 de diciembre de 2021 El Peruano / N° ADMINISTRADON° DE RESOLUCIÓN JEFATURAL FECHA DE EMISIÓN RESOLUCIÓN JEFATURAL DECISIÓNCUANTÍA DE LA SANCIÓN 27ABIMAEL FRANKLIN CARHUAS VILLEGAS 1543-2021-JN 22/11/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 28PAULINO ORE FLORES1557-2021-JN 23/11/2021 SANCIÓN 10 UIT 29MARIO FELIX MALLCO VELARDE 1563-2021-JN 23/11/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 30JUVENAL AGUSTÍN HUAMANÍ LUJÁN 1565-2021-JN 23/11/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 31IGNACIO DIONICIO PICHO CANCHO1588-2021-JN 24/11/2021 SANCIÓN 10 UIT 32RICHERT JHON SULCA RUIZ 1592-2021-JN 24/11/2021 SANCIÓN 10 UIT Artículo Segundo.- PRECISAR que las resoluciones a las que se han hecho mención en el artículo precedente, se encuentran disponibles en el portal institucional www.onpe.gob.pe. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; en el portal institucional (www.onpe.gob.pe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (3) días posteriores a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. IRIS PATRICIA ALFARO BAZÁN Secretaria General (e) 2021746-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban el Reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP-P 2021 a fin de presentar el sustento de la propuesta del reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Unidad Ejecutora de salud 401 OGESS AL TO MAYO de la Dirección Regional de Salud - DIRESA San Martín OFICINA DE GESTIÓN DE SERVICIOS DE SALUD ALTO MAYO DIRECCIÓN RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1739-2021-DIRESA-OGESS-AM/D Expediente: 012-2021584913Moyobamba, 15 de noviembre de 2021VISTO:Memorando Nº 5081-2021-DIRESA-OGESS-AM/ DRH, signado con Expediente Nº 012-2021576370, de fecha 15 de Noviembre del año 2021; donde autorizan la Proyección del Acto Resolutivo Sobre el Reordenamiento del CAP-P- Provisional de las 18 PEAS que corresponde al nombramiento del 2020; el Director de la OGESS- Alto Mayo el M.C JULIO EDMUNDO ALCANTARA RENGIFO; Informe Técnico Nº 277-2021-GRSM/DIRESA-OGESS-AM/DRH, Con Expediente Nº 012-2021624771, de fecha 15 de Noviembre del 2021 de Asunto Informe Sustentatorio de reordenamiento del Cuadro de Asignación del Personal Provisional del 40% de nombramiento del 2020; CONSIDERANDO:Que, conforme a la Ordenanza Regional Nº 021– 2017–GRSM/CR, de fecha 13 de octubre del 2017 que aprueba el nuevo Reglamento de Organizaciones y Funciones del Gobierno Regional de San Martín, modi fi cado mediante Ordenanza Regional Nº 023-2018- GRSM/CR, de fecha 10 de septiembre del 2018, que resuelve APROBAR la modi fi cación del Reglamento de Organización Funciones – ROF del Gobierno Regional de San Martín; en los términos de la Nota Informativa Nº 173-2018-GRSM/GRPyP, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de San Martín, la cual precisa en su Artículo 201º numeral 201.1 que las O fi cinas de Gestión de Servicios de Salud – OGESS son Órganos desconcentrados de la Dirección Regional de Salud responsables de la gestión sanitaria territorial, la provisión de servicios de salud y de asegurar los servicios de apoyo requeridos por los establecimientos de salud del I y II nivel de atención que conforman la Red Integrada de Servicios de Salud (RISS) del ámbito de su responsabilidad. Todo ello con el objetivo de asegurar las atenciones de salud en función a las necesidades de la población, así como de proponer e implementar en su ámbito políticas, normas y procesos relacionados a la salud. Las O fi cinas de Gestión de Servicios de Salud - OGESS son UGIPRESS, así mismo, de conformidad con el numeral 201.2 administran los recursos, ejecutan el presupuesto y gestionan los sistemas administrativos correspondientes, para lo cual cada una de ellas asume la titularidad de una Unidad Ejecutora presupuestal; Que, mediante Ley Nº 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, la cual establece en su Cuarta Disposición Complementaria Final, modi fi cada por el Decreto Legislativo Nº 1450, que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE; Que, el numeral 7.5 de la citada Directiva, señala que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057; señalando además, que las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicarse se encuentran establecidas, entre otros, en el Anexo Nº 4 de la Directiva; Que, el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva acotada señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “Nº de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”, y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; asimismo, establece que el citado reordenamiento no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional y que podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la o fi cina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la o fi cina de racionalización, o quien haga sus veces; en estos casos, la entidad deberá actualizar su CAP Provisional y publicarlo mediante resolución de su titular;