Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (21/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Martes 21 de diciembre de 2021 El Peruano / Final del Reglamento de la Ley General de Educación, en la elaboración del nuevo modelo de servicio educativo se ha considerado la participación de las Direcciones Regionales de Educación de Junín y Huancavelica, así como de las Unidades de Gestión Educativa Local de Junín, Pasco, Huancavelica y Ucayali, entre otros actores, cuyos aportes y sugerencias han permitido fortalecer y mejorar el documento; Que, de igual modo, es necesario derogar la Resolución Ministerial N° 072-2019-MINEDU, que crea el Modelo de Servicio Educativo Secundaria Tutorial en el ámbito rural de la Educación Básica Regular; Que, el modelo de servicio educativo cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE), de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación (DITE), de la Dirección de Gestión de Recursos Educativos (DIGERE), de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD), de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE), de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA), del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), y de la O fi cina de Seguimiento y Evaluación Estratégica (OSEE); Que, mediante el Informe Nº 01233-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emitió opinión favorable, señalando que la propuesta se encuentra alineada con los documentos de plani fi cación institucional del sector y, desde el punto de vista presupuestal, no irrogará gastos al Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, a través del Informe Nº 01130-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable a la propuesta del modelo de servicio educativo, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU. SE RESUELVE:Artículo 1.- Derogar la Resolución Ministerial N° 072-2019-MINEDU, que crea el Modelo de Servicio Educativo Secundaria Tutorial en el ámbito rural de la Educación Básica Regular. Artículo 2.- Crear el nuevo “Modelo de Servicio Educativo Secundaria Tutorial”, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular solo pueden brindar el servicio educativo secundaria tutorial siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el nuevo “Modelo de Servicio Educativo Secundaria Tutorial”, aprobado por el artículo 2 de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALFONSO GALLARDO GÓMEZ Ministro de Educación 2023497-1 COMUNICADO PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS E INFORMES TÉCNICOS SOBRE ARBITRIOS MUNICIPALES 2022 El Diario O fi cial El Peruano con la fi nalidad de cumplir en la forma y plazos establecidos por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, respecto a la publicación de ordenanzas rati fi cadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Provincial del Callao, hace de conocimiento público lo siguiente: Las solicitudes efectuadas por los Gobiernos Locales para la publicación de Ordenanzas e Informes Técnicos sobre Arbitrios Municipales, se recibirán hasta el mediodía del viernes 24 de diciembre de 2021. Para el envío de los archivos electrónicos se deberá considerar lo siguiente: 1. Las solicitudes se enviará a los siguientes correos según su condición de pago:: Correo para publicaciones crédito : normaslegales@editoraperu.com.pe Correo para cotizaciones contado : cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe 2. Adjuntar en PDF las solicitudes de publicación, indicando código de crédito si lo tuvieren, o en todo caso adjuntar el depósito por publicación. 3. Adjuntar en un solo PDF los documentos a publicar, de cuyo contenido se debe advertir el orden de la normas con sus anexos para su publicación. 4. Adjuntar el archivo Word con todos sus anexos, ordenados de la misma manera que el PDF del documento original. 5. Los cuadros deben ser trabajados en el mismo archivo Word como TABLAS, no se aceptarán como imágenes, grá fi cos o archivos vinculados. En los casos que las tablas sean mayores a una página, se admitirá en archivo Excel. 6. Los cuadros de fórmulas deben ser consignados también como TABLAS.7. Con relación a las cotizaciones, no se admitirá el cambio del documento PDF original o de sus archivos digitales. En el supuesto que hubiera cambios, deberán presentar una nueva solicitud de cotización. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES