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22 NORMAS LEGALES Martes 21 de diciembre de 2021 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car los sub numerales 5.1.8, 6.1.1, 6.1.3, 6.1.8 y 6.3.1 de la Directiva N° 003-2021-EF/43.01, denominada “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco de la Ley N° 29806”, aprobada por Resolución Ministerial N° 109-2021-EF/43, en los términos siguientes: “5. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS5.1 Procedimiento de contratación (…) 5.1.8 Las adendas no pueden modi fi car ninguna cláusula del Contrato de Locación de Servicios, con excepción de las siguientes: i) Objeto, donde se describen los servicios, y en caso los intereses de la entidad lo requieran; ii) Duración del contrato, y iii) Actividades a realizar. (…) 6. DE LAS RESPONSABILIDADES 6.1 De los Titulares de los Sectores6.1.1 Identi fi ca cada puesto Directivo o de Asesor, debiendo detallar en el Formato A - Términos de Referencia del Servicio, los requisitos mínimos y adicionales de los puestos Directivos o de Asesores (según los documentos de gestión institucionales vigentes más recientes, los cuales deben estar publicados en su portal institucional); así como las actividades a realizarse con la contratación, lo cual es de su competencia exclusiva. (…)6.1.3 Veri fi ca que la solicitud de contratación del PAC que presente a la UTP, cumpla con lo establecido en la Ley y el Reglamento y se encuentre debidamente sustentada. (…)6.1.8 Informa semestralmente al MEF y al Congreso de la República, dentro de los primeros diez (10) hábiles siguientes a la culminación de cada semestre, a través del Formato G - Información Semestral, sobre las actividades realizadas por el PAC, vinculadas a la descripción del puesto y establecidas en los respectivos contratos, debiendo ser difundidos en el portal institucional de cada entidad. (…) 6.3 De la UTP 6.3.1 Veri fi ca que la documentación presentada por los Sectores se encuentre acorde con lo señalado en el artículo 12 del Reglamento de la Ley N° 29806 y en los presentes Lineamientos. Dicha veri fi cación no reemplaza ni enerva la responsabilidad exclusiva que le compete a los Sectores respecto de la información contenida en los documentos presentados.” Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas 2023383-1 Aprueban el documento denominado “Estrategia de Gestión Integral de Activos y Pasivos 2022 – 2025” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 361-2021-EF/52 Lima, 20 de diciembre del 2021CONSIDERANDO: Que, el artículo 12 del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, dispone que la Gestión Integral de Activos y Pasivos Financieros del Sector Público No Financiero, como parte del proceso de Gestión de Recursos Públicos de la Administración Financiera del Sector Público, es el manejo integrado de los activos y pasivos fi nancieros del Sector Público No Financiero acorde con los lineamientos de la Planeación Financiera, con la fi nalidad de gestionarlos de manera e fi ciente, buscando maximizar el rendimiento de los activos y minimizar el costo de los pasivos, con un riesgo prudente; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establece que dicho Sistema Nacional gestiona los pasivos fi nancieros correspondientes a las operaciones de endeudamiento, las operaciones de endeudamiento de corto plazo, los fi nanciamientos contingentes, las garantías en los Procesos de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas, las operaciones de administración de deuda y las asunciones de deuda; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1441, la Dirección General del Tesoro Público formula anualmente la Estrategia de Gestión Integral de Activos y Pasivos Financieros del Sector Público No Financiero, la cual es aprobada mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la “Estrategia de Gestión Integral de Activos y Pasivos 2022 -2025”; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Estrategia de Gestión Integral de Activos y Pasivos 2022-2025 Apruébese el documento denominado “Estrategia de Gestión Integral de Activos y Pasivos 2022 – 2025”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial y la “Estrategia de Gestión Integral de Activos y Pasivos 2022 - 2025” se publican en la Sede Digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas 2023388-1 EDUCACION Crean el nuevo “Modelo de Servicio Educativo Secundaria con Residencia Estudiantil en el ámbito rural” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 515-2021-MINEDU Lima, 20 de diciembre de 2021 VISTOS, el Expediente Nº 0075134-2021, los Informes N° 00031-2021-MINEDU/VMGI-DIGC, N° 00052-2021-MINEDU/VMGI-DIGC y N° 00064-2021-MINEDU/VMGI-DIGC de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, el Informe N°