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19 NORMAS LEGALES Martes 21 de diciembre de 2021 El Peruano / ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Salud y del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas a favor de la Reserva de Contingencia y de la Reserva de Contingencia a favor del Ministerio de Salud, de diversos Gobiernos Regionales y de la Municipalidad Distrital de Trompeteros DECRETO SUPREMO N° 367-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 9.1 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 024-2021, Decreto de Urgencia para dinamizar la prestación de servicios e inversiones a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y otras medidas, ante la Emergencia Sanitaria producida por la COVID-19, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2021, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional y en el nivel funcional programático, según corresponda, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, lo que comprende los recursos que se hubieran autorizado mediante modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional o en el nivel funcional programático mediante una norma con rango de Ley y los recursos asignados o transferidos para el fi nanciamiento de los fi nes de los fondos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, a favor de la Reserva de Contingencia a la que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; para dicho fi n, se exceptúa a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, de lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440; Que, asimismo, mediante el numeral 9.2 del artículo 9 del citado Decreto de Urgencia, se autoriza, durante el Año Fiscal 2021, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional y en el nivel funcional programático, según corresponda, a favor de las entidades del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el numeral 9.1 de dicho artículo, transferidos a favor de la Reserva de Contingencia, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar los gastos asociados a la Emergencia Sanitaria producida por la COVID-19, la reactivación económica y los gastos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, así como otros gastos que se dispongan mediante norma con rango de Ley y que deben ser fi nanciados con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia; Que, conforme a lo previsto en los numerales 9.1 y 9.2 del Decreto de Urgencia N° 024-2021, las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440; Que, adicionalmente, el numeral 9.5 del artículo 9 del referido Decreto de Urgencia dispone que los recursos por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito a los que se puede aplicar lo establecido en el numeral 9.1 del citado artículo, corresponde a los recursos provenientes de las operaciones de endeudamiento, a través de la emisión de bonos, establecidas en la Resolución Directoral N° 003- 2021-EF/52.01; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el O fi cio N° 5158-2021-SG/MINSA, complementado con los O fi cios N° 2366-2021-OGPPM- OP/MINSA y N° 2388-2021-OGPPM-OP/MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos de diversas inversiones a cargo del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Salud y del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, en el marco de lo establecido en los numerales 9.1 y 9.5 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 024-2021; y una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Salud, de diversos Gobiernos Regionales y de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar la ejecución de diversas inversiones durante el año fi scal 2021, en el marco del numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 024-2021; adjuntando, para dicho efecto, los Informes N° 1214-2021-OP-OGPPM/MINSA, N° 1287-2021-OP-OGPPM/MINSA y N° 1300-2021-OP-OGPPM/MINSA de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 54 778 729,00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 SOLES) a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos de diversas inversiones a cargo del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y del Instituto Nacional de Salud en el marco de lo establecido en los numerales 9.1 y 9.5 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 024- 2021; así como una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 hasta por la suma de S/ 46 723 393,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Salud, de diversos Gobiernos Regionales y de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco del numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 024-2021, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 9.1, 9.2 y 9.5 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 024-2021, Decreto de Urgencia para dinamizar la prestación de servicios e inversiones a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y otras medidas ante la Emergencia Sanitaria producida por la COVID-19, y en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Autorización de Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021,