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133 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / Accesibilidad 2018-2023, de aplicación obligatoria en los tres (03) niveles de gobierno, el cual en su Capítulo lX, Mecanismo de Gestión del Plan, establece la conformación de la Comisión Multisectorial Temporal del Plan Nacional de Accesibilidad y dispone que la misma es una instancia de carácter técnico presidida por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por Resolución Suprema N° 124-2019-PCM, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, encargada de realizar el seguimiento y evaluación de su implementación; Que, el artículo 3 de la citada Resolución Suprema establece que la mencionada Comisión Multisectorial está conformada, entre otros, por un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien la preside; Que, el artículo 4 del referido dispositivo legal establece que la designación de los/las representantes titulares y alternos/as se realiza mediante resolución ministerial del sector que corresponda, debiendo noti fi carse dicho acto a este Ministerio, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la publicación de la referida Resolución Suprema; Que, con Resolución Ministerial N° 273-2019-VIVIENDA, se designa al señor David Alfonso Ramos López, Viceministro de Vivienda y Urbanismo y al señor Armando Andrés Aliaga Hinojosa, Asesor II del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018 – 2023, encargada de realizar el seguimiento y evaluación de su implementación; Que, con Resolución Ministerial N° 273-2020-VIVIENDA se modi fi ca el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 273-2019-VIVIENDA, designando a el/la Viceministro/a de Vivienda y Urbanismo y al señor Armando Andrés Aliaga Hinojosa, Asesor II del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023; Que, por Resolución Ministerial N° 297-2020-VIVIENDA se acepta la renuncia del señor Armando Andrés Aliaga Hinojosa, al cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo designado en el cargo de Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo mediante Resolución Ministerial N° 300-2020-VIVIENDA; Que, con Resolución Ministerial N° 338-2021-VIVIENDA se acepta la renuncia del señor Armando Andrés Aliaga Hinojosa al cargo de Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento; Que, a través del Informe N° 891-2021-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial que procede a modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 273-2019-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Supremo Nº 012-2018-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023; y, la Resolución Suprema Nº 124-2019-PCM que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, encargada de realizar el seguimiento y evaluación de su implementación; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 273-2019-VIVIENDA Modi fi case el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 273-2019-VIVIENDA, en los siguientes términos: “Artículo 1.- Designar como representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, a las siguientes personas: - El/La Viceministro/a de Vivienda y Urbanismo, como representante titular - Señor Karel George Van Oordt Montalvo, como representante alterno” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la misma fecha de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2026826-1 ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION Delegan facultades y atribuciones a funcionarios del Archivo General de la Nación durante el Ejercicio Fiscal 2022 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 185-2021-AGN/JEF Lima, 29 de diciembre de 2021VISTO el Informe N° 387-2021-AGN/SG-OAJ, de fecha 29 de diciembre de 2021, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDOQue de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 25323 que crea el Sistema Nacional de Archivos; y el Decreto Supremo N° 013-90-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 120, Ley Orgánica de la entidad; se tiene que el Archivo General de la Nación es la institución pública descentralizada de carácter multisectorial, con autonomía técnica y administrativa, encargada de proponer y ejecutar la política del patrimonio documental de la Nación; Que el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2018-MC, señala que la Jefatura del Archivo General de la Nación es el órgano de mayor autoridad y es ejercida por un jefe o jefa institucional, quien ejerce la titularidad de la entidad y del pliego presupuestal. Asimismo, el inciso n del artículo 7 del citado reglamento establece como una de sus funciones: “Otorgar los poderes y delegar parte de sus funciones (…)”; Que el artículo 8 del citado reglamento establece que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa, responsable de los sistemas administrativos en la entidad, de los órganos de asesoramiento y apoyo que dependan de ella, así como de las funciones de transparencia y acceso a la información pública, ética, integridad, la gestión documentaria, el archivo central, la defensa nacional y la gestión de riesgo de desastres; Que, por su parte, el artículo 18 del acotado reglamento señala que la O fi cina de Administración es el órgano encargado de realizar la gestión de los recursos económicos y logísticos, sobre la base de la aplicación de los sistemas administrativos de recursos humanos, contabilidad, tesorería y abastecimiento; así como de la ejecución del gasto, la gestión patrimonial, la cobranza