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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (31/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 416

TEXTO PAGINA: 123

123 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / Que, mediante O fi cio N° 4249-2020-MTC/19 del 22 de octubre de 2020, sustentado en el Informe N° 1473-2020-MTC/19.02 de la Dirección de Inversión Privada en Transportes, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes aprobó el nuevo Cronograma de Ejecución de Inversiones; Que, por O fi cio N° 694-2020/PROINVERSIÓN/DSI del 24 de noviembre de 2020, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN solicitó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el levantamiento de las observaciones indicadas en el Informe Técnico N° 123- 2020-DSI y en el Informe Legal N° 117-2020/DSI, a fi n de continuar con la evaluación de la solicitud del Inversionista; Que, el 30 de diciembre de 2020, mediante Carta TPP/ GF N° 0356-2020, el Inversionista presentó a la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN un nuevo Cronograma de Ejecución de Inversiones, en el cual actualizó el monto de la Etapa 2 del Proyecto; Que, por O fi cio N° 2-2021/PROINVERSIÓN/DSI del 4 de enero de 2021, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN remitió al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el nuevo Cronograma de Ejecución de Inversiones presentado por el Inversionista para su evaluación; Que, mediante O fi cio N° 0511-2021-MTC/19 del 1 de febrero de 2021, sustentado en el Informe Nº 0185-2021-MTC/19.02 de la Dirección de Inversión Privada en Transportes, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes aprobó el nuevo Cronograma de Ejecución de Inversiones presentado por el Inversionista; Que, con O fi cio N° 00226-2021/PROINVERSIÓN/ DSI del 15 de marzo de 2021, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN remitió al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su opinión, el proyecto de la segunda Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión a suscribirse con el Inversionista, así como el Cronograma de Ejecución de Inversiones que como Anexo I forma parte integrante de la mencionada Adenda, adjuntando copia del Informe Técnico N° 00017-2021-DSI y del Informe Legal N° 030-2021/DSI, a través de los cuales se concluye que resulta procedente la suscripción de la referida adenda; Que, a través del O fi cio N° 1480-2021-MTC/19 del 01 del 18 de marzo de 2021, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes hizo suyo y remitió a la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN el Informe N° 650-2021-MTC/19.02, elaborado por la Dirección de Inversión Privada en Transportes, mediante el cual dio conformidad al proyecto de la segunda Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión por encontrarse adecuada a los requerimientos exigidos en el Decreto Legislativo Nº 973 y su Reglamento; Que, habiéndose sustentado el cumplimiento de los requisitos y del procedimiento establecidos en el Decreto Legislativo N° 973 y su Reglamento, se suscribió la segunda Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión, en virtud de la cual, las partes acordaron modi fi car la Cláusula Segunda del Contrato de Inversión, estableciendo que el Inversionista se compromete a ejecutar inversiones por un monto de US$ 183 976 486,00 (Ciento Ochenta y Tres Millones Novecientos Setenta y Seis Mil Cuatrocientos Ochenta y Seis y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) en un plazo de seis (06) años, un (01) mes y veintiocho (28) días, contado desde el 03 de noviembre de 2014, fecha de la solicitud de suscripción del Contrato de Inversión, hasta el 31 de diciembre de 2020, señalando, además, los montos y plazos correspondientes a las etapas del Proyecto; asimismo, las partes acordaron reemplazar el Anexo I del Contrato de Inversión por el Anexo I adjunto a la referida adenda; Que, en atención a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Reglamento, corresponde expedir la Resolución Ministerial por la cual se modi fi ca el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 589-2017 MTC/01.02, modi fi cado por Resolución Ministerial N° 247-2019 MTC/01.02, con el fi n de incorporar las modi fi caciones contempladas en la segunda Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión;De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, sus modi fi catorias y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 589-2017 MTC/01.02, modi fi cado por Resolución Ministerial N° 247-2019 MTC/01.02, el cual queda redactado en los siguientes términos: “Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efectos del Numeral 5.2 del Artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que el monto de la inversión a cargo de la empresa Terminal Portuario Paracas S.A. asciende a US$ 183 976 486,00 (Ciento Ochenta y Tres Millones Novecientos Setenta y Seis Mil Cuatrocientos Ochenta y Seis y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a ser ejecutada en un plazo de seis (06) años, un (01) mes y veintiocho (28) días, contado a partir del 03 de noviembre de 2014, fecha de la solicitud de suscripción del Contrato de Inversión. La referida inversión se desarrollará en las siguientes etapas: a) Etapa 1, cuyo compromiso de inversión asciende a US$ 103 268 283,00 (Ciento Tres Millones Doscientos Sesenta y Ocho Mil Doscientos Ochenta y Tres y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a desarrollarse desde el 28 de marzo de 2018 hasta el 28 de setiembre de 2019. b) Etapa 2, cuyo compromiso de inversión asciende a US$ 55 136 225,00 (Cincuenta y Cinco Millones Ciento Treinta y Seis Mil Doscientos Veinticinco Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a desarrollarse desde el 28 de marzo de 2018 hasta el 30 de noviembre de 2020. c) Etapa 3, cuyo compromiso de inversión asciende a US$ 16 721 281,00 (Dieciséis Millones Setecientos Veintiún Mil Doscientos Ochenta y Uno y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a desarrollarse desde el 28 de marzo de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2020. d) Etapa 4, cuyo compromiso de inversión asciende a US$ 8 850 697,00 (Ocho Millones Ochocientos Cincuenta Mil Seiscientos Noventa y Siete y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a desarrollarse desde el 28 de febrero de 2018 hasta el 18 de diciembre de 2019.” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 2026619-1 Aprueban el “Protocolo Sanitario Sectorial para la Prevención del COVID-19, en el servicio de transporte acuático marítimo, fluvial y lacustre de pasajeros y turístico, de ámbito nacional y regional” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1395-2021-MTC/01 Lima, 29 de diciembre de 2021