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126 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / la minería y bienes fi scalizados que puedan ser utilizados en la elaboración de drogas ilícitas (…)RUTA FISCAL: VON HUMBOLDT – PTO INCA (RAMAL) RUTA INICIO SALIDA PE-5N VON HUMBOLDT DV. PTO. INCA PE-5NH DV. PTO. INCA PTO. INCA (…)” Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 2026600-1 Prorrogan el plazo para el control y fiscalización en la Ruta Fiscal desde el departamento de Lima hacia el departamento de Tumbes y viceversa, aprobada por la R.M. N° 169-2017 MTC/01.02 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1397-2021-MTC/01 Lima, 29 de diciembre de 2021VISTOS: El O fi cio N° 000102-2021-SUNAT/7C0000 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, el Memorando N° 6596-2021-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos en Transportes y el Memorando Nº 1709-2021-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y; CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1103, que establece medidas de control y fi scalización en la distribución, transporte y comercialización de Insumos Químicos que puedan ser utilizados en la Minería Ilegal, dispone que: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de la SUNAT, establecerá mediante Resolución Ministerial las vías de transporte que serán consideradas como Rutas Fiscales. El uso obligatorio de Rutas Fiscales Para Insumos Químicos, se establecerá progresivamente y es exigible en los plazos que se especi fi que en la correspondiente Resolución Ministerial que se emita (…)”; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 169-2017- MTC/01.02, se aprueba la vía de transporte terrestre a ser considerada como Ruta Fiscal desde el departamento de Lima hacia el departamento de Tumbes y viceversa, hasta el 31 de diciembre de 2018, cuyo plazo fue prorrogado por la Resolución Ministerial N° 1062-2018-MTC-01/02, hasta el 31 de diciembre de 2021 para el control y fi scalización del traslado de Insumos Químicos que pueden ser utilizados en la minería ilegal; y de los Bienes Fiscalizados que directa o indirectamente, puedan ser utilizados en la elaboración de drogas ilícitas, de conformidad con lo establecido mediante los Decretos Legislativos N°s 1103 y 1126 respectivamente, establecida en la Resolución Ministerial N° 169-2017-MTC/01.02; Que, al respecto, a través del O fi cio Nº 000102-2021-SUNAT/7C0000, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria remite el Informe N° 000054-2021-SUNAT/7C0000 de la Intendencia Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados de la SUNAT, a través del cual propone y sustenta la necesidad de la prórroga del plazo de la Ruta Fiscal establecida con la Resolución Ministerial N° 169-2017-MTC/01.02, hasta el 31 de diciembre de 2024; Que, mediante Memorando N° 3443-2021-MTC/19.03 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes y el Memorando N° 1709-2021-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal remiten el Informe N° 235-2021-MTC/19.03.CGPGyJVO, elaborado por la Coordinación General del Proceso de Gestión de Jerarquización Vial de la Dirección de Disponibilidad de Predios y el Informe N° 1624-2021-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, respectivamente, a través de los cuales emiten su opinión favorable respecto a la propuesta presentada por la SUNAT; Que, conforme a la normatividad antes expuesta y a los informes técnicos de vistos, resulta necesario prorrogar el plazo para el control y fi scalización del traslado de Insumos Químicos que pueden ser utilizados en la minería ilegal; y de los Bienes Fiscalizados que directa o indirectamente, puedan ser utilizados en la elaboración de drogas ilícitas, de conformidad con lo establecido mediante los Decretos Legislativos N°s 1103 y 1126 respectivamente, establecida en la Resolución Ministerial N° 169-2017-MTC/01.02, de acuerdo a la propuesta presentada por la SUNAT; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1103, Decreto Legislativo que establece medidas de control y fi scalización en la distribución, transporte y comercialización de Insumos Químicos que puedan ser utilizados en la Minería Ilegal; el Decreto Legislativo Nº 1107, Decreto Legislativo que establece medidas de control y fi scalización en la distribución, transporte y comercialización de maquinarias y equipos que puedan ser utilizados en la minería ilegal así como del producto minero obtenido en dicha actividad; el Decreto Legislativo N° 1126, Decreto Legislativo que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fi scalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo Único.- Prórroga del plazo del control y fi scalización en la Ruta Fiscal desde el departamento de Lima hacia el departamento de Tumbes Prorrogar hasta el 31 de diciembre del 2024, el plazo para el control y fi scalización en la Ruta Fiscal desde el departamento de Lima hacia el departamento de Tumbes y viceversa, aprobada por la Resolución Ministerial N° 169-2017 MTC/01.02. El referido plazo podrá ser prorrogado o renovado a propuesta de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 2026598-1 Prorrogan el plazo para el control y fiscalización en las Rutas Fiscales hacia el departamento de Madre de Dios, aprobadas en el artículo 1 de la R.M. Nº 360-2012-MTC-02 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1398-2021-MTC/01 Lima, 29 de diciembre de 2021