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136 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / simplificada, selección de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica, así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los resultantes de las contrataciones directas, previa revisión, evaluación y conformidad del Área de Abastecimiento, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. j. Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección de licitación pública, concurso público, adjudicación simpli fi cada, selección de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica, por causal debidamente motivada, y de conformidad con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. k. Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procedimientos de selección que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal y los pedidos de información y consultas que resulte necesario formular ante otras entidades, vinculadas a las contrataciones del Estado. 2.2 En materia administrativaa. Aprobar y suscribir contratos y/o convenios con entidades públicas y/o privadas, o personas naturales que involucren las funciones de la O fi cina de Administración, las que deberán ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al presupuesto público para el Año Fiscal 2022. b. Ejercer la representación legal del Archivo General de la Nación ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, en todo tipo de trámite en materia tributaria, para realizar cualquier acto, procedimiento y/o actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de la gestión administrativa del Archivo General de la Nación. 2.3 En materia de contabilidadSuscribir la documentación correspondiente a la información contable que deba ser presentada a la Dirección General de Contabilidad Pública. 2.4 En materia de personala. Autorizar y resolver las peticiones de los pensionistas y ex trabajadores en materia pensionaria, incluyendo las solicitudes de suspensión o activación de pensiones. b. Autorizar y resolver las solicitudes de licencia o permiso de los servidores civiles. c. Suscribir las adendas de los contratos bajo el régimen de contratación administrativa de servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. d. Autorizar y resolver las acciones de suplencia y de desplazamiento del personal comprendido en el régimen laboral especial de contratación administrativa de servicios - CAS, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1057. e. Exonerar del plazo de anticipación no menor de treinta (30) días calendario correspondiente a la presentación de renuncia de los servidores civiles. f. Suscribir las adendas de convenios sobre modalidades formativas laborales, de acuerdo con lo establecido en la normativa sobre la materia. g. Comunicar la no renovación de los contratos administrativos de servicios, conforme a la normativa de la materia. Artículo 3.- Declarar que las facultades conferidas a los funcionarios públicos del Archivo General de la Nación constituyen facultades de carácter indelegable, por lo que solo podrán ser ejercidas por ellos mismos. Artículo 4.- Declarar que la delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente resolución, comprende atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto. Artículo 5.- Disponer que el Área de Trámite Documentario y Archivo noti fi que la presente resolución a los órganos involucrados. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal web institucional del Archivo General de la Nación (www.agn.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ALFREDO RAFAEL ORTIZ SOTELO Jefe Institucional 2026908-1 CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS Aprueban 34 Fichas Técnicas del rubro Alimentos, bebidas y productos de tabaco, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 251-2021-PERÚ COMPRAS Lima, 30 de diciembre de 2021VISTO:El Informe N° 000192-2021-PERÚ COMPRAS- DES, de fecha 10 de diciembre de 2021, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; y, el Informe N° 000443-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 24 de diciembre de 2021, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO:Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; y tiene como funciones, entre otras: la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modi fi cado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias, en adelante “el Reglamento”, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en