TEXTO PAGINA: 117
117 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PE- 3N LONGITUDINAL DE LA SIERRA NORTE, TRAMO: COCHABAMBA – CUTERVO – SANTO DOMINGO DE LA CAPILLA – CHIPLE IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO CÓDIGO: PCLST2-TC04-CHITUCEN-001AREA AFECTADA: 26.22 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble AREA AFECTADA TOTAL M2VALOR DE LA TASA- CIÓN (S/)COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTI- CESLADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICA- CIONES - PRO- VIAS NACIONALCARRANZA PEREZ JESUSLINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: • Por el Frente: Colinda con la Carretera Santo Domingo de la Capilla - Chiple, con 7.16 m. • Por la Izquierda: Colinda con propiedad de terceros sin UC, con 4.79 m.• Por el Fondo: Colinda con área en po-sesión de Jesús Carranza Pérez, con 2.82 m.• Por la Derecha: Colinda con el área en posesión de Andrés Colunche Mena, con 7.75 m.1 1-2 6.32 732553.8657 9330908.2171 26.22 4 603,482 2-3 2.82 732550.1767 9330903.0842 3 3-4 7.16 732547.3919 9330903.5523 4 4-5 4.79 732550.0237 9330910.2077 5 5-1 1.43 732554.7388 9330909.3460 CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATAS- TRAL:Informe Técnico N° 009273-2020-Z.R.N°II-SEDE-CHICLA-YO/UREG/CAT de la O fi cina Registral de Jaén, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. PARTIDA REGISTRAL:Partida Registral N° 02106951, emitido por la O fi cina Registral de Jaén de la Zona Registral Nº II, Sede Chiclayo. 2026543-1 Aprueban la ejecución de expropiación de inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera PE-3N Longitudinal de la Sierra Norte, Tramo: Cochabamba – Cutervo – Santo Domingo de la Capilla - Chiple” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1390-2021-MTC/01.02 Lima, 29 de diciembre de 2021VISTA: La Nota de Elevación N° 295-2021-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO:Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Carretera longitudinal de la sierra: Chiple - Cutervo - Cochabamba - Chota - Bambamarca - Hualgayoc - Desvío Yanacocha, Cajabamba - Sausacocha, Huamachuco - Shorey - Santiago de Chuco - Pallasca - Cabana - Tauca, Huallanca - Caraz, Huallanca - La Unión - Huánuco, Izcuchaca - Mayocc - Huanta Ayacucho - Andahuaylas – Abancay”; y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Q ue, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo N° 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del