Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2021 (14/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Jueves 14 de enero de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Modifican cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 003-2021-MSB-A San Borja, 6 de enero de 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO, el Informe N° 257-2020-MSB-GGS- UECDR de la Unidad de Educación, Cultura, Deporte y Recreación de fecha 18 de diciembre de 2020, el Informe N° 061-2020-MSB-GGS de la Gerencia de Gestión Social de fecha 22 de diciembre de 2020, el Informe N° 112-2020-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización, el Memorándum N° 2177-2020-MSB-GM-OPE de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica de fecha 30 de diciembre de 2020, el Informe N° 001-2021-MSB-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de fecha 04 de enero de 2021, el Memorándum N° 006-2021-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 05 de enero de 2021; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, establece que, las municipalidades son los órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en el cual se establece que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 43.4 del artículo 43° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, mediante Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, se establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes, servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo que, el artículo 2° establece que: “El Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá que: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago”; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A de fecha 07 de julio de 2019, la Municipalidad Distrital de San Borja aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja; el cual es un documento que compila los servicios no exclusivos de la Municipalidad Distrital de San Borja, los cuales son brindados por la Entidad para satisfacer a la población que requiera de algún servicio municipal; y siendo que, con Resolución de Alcaldía N° 261-2019-MSB-A, Resolución de Alcaldía N° 333-2019-MSB-A,