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71 NORMAS LEGALES Jueves 14 de enero de 2021 El Peruano / Artículo Octavo.- Disponer la publicación de la presente Resolución y del TUPA aprobado en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Noveno.- Encargar a la O fi cina General de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución y del TUPA-MP aprobado en la intranet y en la página web de la institución. Artículo Décimo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución y del TUPA-MP aprobado a la Gerencia General, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Ofi cinas Generales de Finanzas, Logística, Potencial Humano, Plani fi cación y Presupuesto, Tecnologías de la Información, y a la O fi cina General de Asesoría Jurídica, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O ficial El Peruano, sección Normas Legales. 1919588-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000216-2020/JNAC/RENIEC Lima, 30 de diciembre de 2020VISTOS:La Hoja de Elevación Nº 000269-2020/GPP/ RENIEC (29DIC2020) de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Nº 000334-2020/GPP/SGRM/RENIEC (28DIC2020) de la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Nº 000005-2020/ SGEN/RENIEC (29DIC2020) de la Secretaría General; el Informe Nº 000407-2020/GAJ/SGAJR/RENIEC (29DIC2020) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación Nº 000658-2020/GAJ/RENIEC (29DIC2020) Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que mediante la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que mediante la Resolución Jefatural Nº 156-2017- JNAC/RENIEC (20NOV2017) publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 22 de noviembre de 2017, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC; Que a través del documento de vistos, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto señala que las Gerencias de Registros Civiles, de Registros de Identi fi cación, de Registros de Certi fi cación Digital y de Registro Electoral, remiten sus propuestas de modi fi cación de los procedimientos administrativos a su cargo; Que en virtud a ello, mediante el documento de vistos, la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, señala que considera viable, las modi fi caciones propuestas por las Gerencias de Registros Civiles, de Registros de Identi fi cación, de Registros de Certi fi cación Digital y de Registro Electoral, debido a que corresponden con su adaptación con la coyuntura actual, a través de la implementación de la Mesa de Partes Virtual, así como a su adecuación a las normas que impactan en dichos procedimientos, tal como el Decreto Legislativo Nº 1384 que modi fi ca el Código Civil a fi n de que reconozca y regule la capacidad jurídica de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones, así como a las normas internas que regulan la gestión en la atención de los trámites; coincidiendo con los principios de legalidad y simplicidad que el TUPA debe de contener; Que en ese contexto, la Secretaría General mediante el documento de vistos señala que de la revisión efectuada al proyecto fi nal de la modi fi cación de los Procedimientos Administrativos y Anexos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, se advierte que el mismo ha cumplido con los lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA , establecidos en el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM y en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, y la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 0005-2018-PCM (27NOV2018) “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)”, razón por la cual, cuenta con la opinión favorable de esta Secretaría General para su aprobación de la Jefatura Nacional; Que el artículo 43º del Texto Único Ordenado de Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que todos los procedimientos administrativos, requisitos, condiciones y costos administrativos deben estar incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, con el objetivo de brindar a la ciudadanía en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante la institución; Que teniendo en cuenta lo expuesto en los informes de vistos la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de Resolución Jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; Que la Jefatura Nacional es el órgano de la Alta Dirección del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, a cargo del Jefe Nacional quien se constituye en la máxima autoridad de la Institución y tiene entre sus diversas funciones y atribuciones “Aprobar (…) el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y los demás documentos e instrumentos de gestión y de plani fi cación de la institución”; “emitir Resoluciones Jefaturales y otras disposiciones administrativas de la Institución”, conforme lo establece el artículo 15, literales e) y j) respectivamente del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC y sus modi fi catorias; Estando a lo opinado por la Secretaría General y la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016-JNAC/RENIEC (31MAY2016) y sus modi fi catorias y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución.