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77 NORMAS LEGALES Jueves 14 de enero de 2021 El Peruano / ANEXO I INFORME TÉCNICO FINANCIERO ORDENANZA ESTABLECE LA TASA POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN PLAYA EN EL DISTRITO DE PUCUSANA I. INTRODUCCIÓN Pucusana es un distrito ubicado en la parte sur de la Capital de la República y que por tradición y costumbre recibe a miles de visitantes en sus playas durante la Temporada de Verano. La presencia de público en las playas de litoral de Pucusana, conlleva también al Municipio a emprender acciones que permitan un aprovechamiento ordenado de los espacios públicos que utilizan los visitantes para el estacionamiento de vehículos, procurando reducir el impacto negativo en la colectividad, a través de la señalización de los espacios, el mantenimiento periódico de las zonas, la colocación de elementos informativos, el control del tiempo de mantenimiento y el cobro de los gastos que demanda el servicio. El Decreto Supremo Nº 170-2020-PCM ha establecido en su artículo 4º que “El uso de las playas del litoral peruano, como espacio público, se hará por etapas durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, en salvaguarda de la salud de la población, a fi n de evitar las aglomeraciones y poder adoptar medidas para un adecuado control…. En ese sentido, durante la primera etapa, para el departamento de Lima y la provincia Constitucional del Callao, los días viernes, sábados y domingos, no se hará uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, ni de la zona de mar; exceptuándose la realización de deportes acuáticos sin contacto, tales como: Surf, Vela, Remo, entre otros, que se desarrollan exclusivamente en zona de mar y con distanciamiento social.” No obstante las restricciones dispuestas para los días viernes, sábados y domingos, estas no incidirán signi fi cativamente en el porcentaje del uso efectivo de los espacios de estacionamiento vehicular dado que por su número total de 129, no satisface la real demanda de parqueo, por lo que a falta de bañistas estos serán cubiertos por las personas que se apersonaran para la práctica de los deportes acuáticos y el uso de los espacios públicos aledaños al mar. Asimismo, debemos de considerar que la restricción para el uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar y la zona de mar durante los días viernes, sábado y domingo, ocasionara un aumento signi fi cativo en el número de personas que acudan el resto de días a las playas del distrito, por lo que se incrementara el porcentaje del uso efectivo de los espacios de estacionamiento vehicular. La Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ha declarado habilitada la playa Naplo, de acuerdo con la evaluación del expediente técnico presentado por la Municipalidad Distrital de Pucusana para el año 2021. II. ZONAS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR La Municipalidad de Pucusana, a través de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos ha procedido a ubicar las zonas de estacionamiento Vehicular en el Distrito. CUADRO 1 ZONAS HABILITADAS-PLAYA NAPLO TEMPORADA 2021 NºZONA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULARESPACIOS HORARIOS Nº DE COBRADORES 1 AV HUMBOLT 75 08:00 A 18:00 8 2 AV. ADRIATICO 54 08:00 A 18:00 6 TOTAL ESPACIOS129TOTAL COBRADORES 14III.- EXPLICACIÓN DE LOS COMPONENTES DE LA ESTRUCTURA DE COSTO Para la elaboración de la Estructura de Costo del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en Playa en el Distrito de Pucusana, se ha considerado lo siguiente: 3.1 COSTOS DIRECTOS,- Comprenden los costos de mano de obra, costos de materiales y otros costos y gatos que participan directamente en la prestación del servicio. 3.1.1 Costos de Mano de Obra (S/ 107,362.50) comprende el personal contratado para la prestación del servicio, según lo establecido en el Informe Nº 386–2020–SGP/MDP de fecha 24 de noviembre de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Personal. Cobradores.- Son los encargados de la cobranza de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en Playa a los conductores de los vehículos estacionados en los espacios habilitados en las playas del distrito. Se requieren 14 cobradores. El costo corresponde a la remuneración mensual más aporte a Essalud de los cobradores contratados bajo modalidad CAS (DL 1057) por un periodo de 05 meses que dura la prestación del servicio. 3.1.2 Costos de Materiales (S/ 22,943.00) Representa el costo de los insumos o materiales utilizados directamente en la ejecución del servicio, según lo establecido en el Informe Nº 811–2020-SGLCP/MDP de fecha 23 de noviembre de 2020 emitido por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial; como son: Uniformes (S/ 2,240.00) Comprende la vestimenta distintiva para una correcta presentación del servicio, la fi nalidad es estar plenamente identi fi cados y se entregara un juego por temporada a diferencia de los polos que son dos juegos por temporada. Tickets (S/ 20,703.00) Comprende el costo de los comprobantes de pago que se entregará a los conductores de vehículos que se estacionan habilitados por la Municipalidad, se han considerado elaborar 309 millares de tickets con el valor nominal de S/ 0.50 céntimos por fracción de tiempo (30 minutos). Estos indican las zonas y el horario del servicio a prestarse 3.1.3 Otros Costos y Gastos Variables (S/ 12,478.96) Representa el mantenimiento que incluye el costo del servicio de pintado, señalización, mano de obra y materiales a todo costo de los espacios habilitados para el servicio de estacionamiento vehicular, según lo establecido en el Informe Nº 793-2020–SGLCP/MDP de fecha 18 de noviembre de 2020 emitido por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial. 3.2 COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS Corresponde a los gastos que se incurre con la fi nalidad de lograr el cumplimiento de las actividades administrativas y de supervisión sobre el cumplimiento del servicio. Comprende los Costos de Mano de Obra Indirecta y los costos de Materiales y útiles de O fi cina. 3.2.1. Costo de Mano de Obra Indirecta (S/ 13,369.85) Constituye el costo por el pago de la retribución y/o honorarios de funcionarios y otros trabajadores que participan de manera indirecta en la prestación del servicio de estacionamiento vehicular temporal en las playas, considerando el porcentaje de dedicación del servicio según lo establecido en el Informe 386–2020–SGP/MDP de fecha 24 de noviembre de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Personal. . Este rubro comprende la participación del siguiente Personal CAS: Gerente de Rentas y Administración Tributaria (S/ 1,156.50): Es el funcionario de mayor nivel en el área,