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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2021 (20/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de enero de 2021 / El Peruano DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Delegan facultades en diversos funcionarios del SERFOR, para el Año Fiscal 2021 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000007-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 19 de enero de 2021VISTO:El Informe Legal N° D000020-2021-MIDAGRI- SERFOR-OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, documento que defi ne y delimita las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman el SERFOR, así como defi ne su estructura orgánica; Que, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, señala que la Dirección Ejecutiva está a cargo de un Director Ejecutivo, que es el titular del pliego y la máxima autoridad ejecutiva institucional, quien puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su cargo; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 y el artículo 79 del Texto Único Ordenado – TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establecen que las entidades pueden delegar su competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; y que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado, respectivamente; Que, mediante Proveído N° D000025-2021-MIDAGRI- SERFOR-GG la Gerencia General da su conformidad para que se le deleguen las facultades para designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central – SERFOR del Pliego Presupuestal 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, de conformidad a las normas legales vigentes; y aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, que se realicen entre las Unidades Ejecutoras del Pliego Presupuestal 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR; Que, mediante Informe N° D000002-2021-MIDAGRI- SERFOR-GG-OGA la O fi cina General de Administración da su conformidad y propone que se le deleguen diversas facultades en materia de contrataciones y en materia administrativa; así como facultades para la O fi cina de Abastecimiento y la O fi cina de Recursos Humanos; asimismo, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través del correo electrónico de fecha 5 de enero de 2021, da su conformidad para que se le deleguen las facultades de aprobar la formalización de modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, que se realicen dentro de las Unidades Ejecutoras del Pliego Presupuestal 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, de conformidad a las normas legales vigentes; y aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional del SERFOR, así como su consistencia con el Presupuesto Institucional de Apertura, en el marco de la Ley Anual de Presupuesto; Que, en tal sentido, con el propósito de lograr una mayor fl uidez en la gestión administrativa de la Entidad y cumplir de manera oportuna y e fi caz las funciones institucionales del SERFOR, resulta necesario delegar en diversos directivos, las facultades y atribuciones que corresponden al Titular de la Entidad, que no son privativas a su función; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, pudiendo delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el citado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, siendo que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, en los numerales 8.2 y 8.3 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, se señala que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante Resolución, la autoridad que dicha norma le otorga, salvo los casos expresamente previstos en la citada normativa; Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 054-2018-EF-52.03, se establece que los titulares y los suplentes de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras son designados mediante resolución del Titular del pliego o del funcionario a quien éste hubiera delegado dicha facultad de manera expresa; Que, mediante el documento del Visto, la O fi cina General de Asesoría Jurídica precisa que la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 002-2020-MIDAGRI-DE no indica de manera expresa que las facultades conferidas se ejercían únicamente durante el año fi scal 2020, por la naturaleza de las facultades delegadas en materia presupuestal y de contrataciones estas se sujetan al periodo fi scal en el que se ejercen; siendo así fi nalizado el año fi scal 2020 dicha Resolución no surte efectos para el año fi scal siguiente, por lo que en caso el Titular de la Entidad lo considere conveniente deberá emitir el acto resolutivo para el año fi scal 2021; en tal sentido, considerando lo propuesto por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Administración y la Gerencia General, en observancia de la normativa en aspectos presupuestales, de contrataciones y administrativa, resulta legalmente viable emitir la Resolución de Dirección Ejecutiva de delegación de facultades para el año fi scal 2021; en tanto que el Director Ejecutivo (e) del SERFOR, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su cargo, cautelando el deber de vigilancia sobre las facultades delegadas; Con el visado del Gerente General, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la O fi cina General de Administración, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado – TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, aprobado por