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30 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de enero de 2021 / El Peruano 751, PU-752, PU-804, PU-910, PU-915, PU-948 y PU- 949 como Rutas Departamentales o Regionales, para ejecutar un proyecto de inversión de la red alimentadora de los corredores logísticos, a fi n de contribuir con el desarrollo sostenible, la competitividad territorial y la integración social de dicha zona, señalando que cuenta con los recursos para la ejecución del referido proyecto; además, remite los O fi cios N os. 049-2019-MDA/A, 079-2019-MDSJ/A, 408-2019-MDSA/A, 165-2019-MDS-Alc, 070-2019-MDC/A, 92-2019-MDA/A, 0198-MDN/A, 160-2019-MDO/A, 85-2019-MDC/A, 083-2019-MDLL/A, 097-2019-MDM/A, 186-2019-MDU/A, 217-2019/MDSR/A, 226-2019-MDC/A, 139-2019-MDSM/A, 136-2019-MDH/A y 223-2020-MDH/A, a través de los cuales los Alcaldes de las Municipalidades Distritales de Asillo, San José, San Antón, Samán, Caminaca, Arapa, Nuñoa, Orurillo, Cupi, Llalli, Macari, Umachiri, Santa Rosa, Caracoto, San Miguel y Huata, respectivamente, inician el trámite de reclasi fi cación de ruta temporal; así como, los O fi cios N os. 293-2019-MPA/A, 319-2019-MDA/A, 320-2019/ MPM/A, 183-2019/MPSR/A, 242-2019-MPP/A y 1789-2020/MPP/A, mediante los cuales, los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales de Azángaro, Melgar, San Román y Puno, respectivamente, otorgan su conformidad para proceder con el trámite correspondiente; Que, mediante Memorándum N° 5882-2020- MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes brinda su conformidad y remite el Memorándum N° 2214-2020-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios y el Informe N° 154-2020-MTC/19.03.CGPGJVyO de la Coordinación General del Proceso de Jerarquización Vial y Otros, a través de los cuales emite opinión favorable respecto a la solicitud formulada por el Gobierno Regional de Puno, señalando que la reclasi fi cación temporal requerida permitirá reducir el tiempo utilizado por los vehículos de pasajeros y carga en su desplazamiento, así como, contribuirá en dinamizar la actividad comercial y agrícola, a través del enlace entre los centros de producción y acopio de la zona; por lo que, concluye que es procedente disponer la reclasi fi cación temporal como Rutas Departamentales o Regionales de las Rutas Vecinales o Rurales indicadas por el Gobierno Regional de Puno, de acuerdo al siguiente detalle: (i) La Ruta Vecinal o Rural N° PU-680: Trayectoria: Emp. PU-125 - Macari - Dv. Ccocuta - Sayhuani - Emp. CU-1710 (L. D. Cusco), asignándole el Código Temporal N° PU-157, con la siguiente trayectoria: Emp. PU-125 (Macari) - Dv. Sayhuani - Emp. CU-1710 (L. D. Cusco); (ii) La Ruta Vecinal o Rural N° PU-647: Trayectoria: Emp. PU-100 (Dv. Orurillo) - Orurillo - Huaraconi - Emp. PE-3S H, asignándole el Código Temporal N° PU-158, con la siguiente trayectoria: Emp. PE-3S H - Orurillo - Emp. PU-100 (Dv. Orurillo); (iii) La Ruta Vecinal o Rural N° PU-649: Trayectoria: Emp. PE-3S (Ayaviri) - Tuculli y la Ruta Vecinal o Rural N° PU-648: Trayectoria: Emp. PU-647 (Dv. Huaroconi) - Emp. PU-649 (Dv.Tuculli), las cuales por ser continuas en su trayectoria formarán un nuevo eje, asignándole el Código Temporal N° PU-159, con la siguiente trayectoria: Emp. PE-3S (Ayaviri) - Dv. Tuculli - Emp. PU-158; (iv) La Ruta Vecinal o Rural N° PU-690: Trayectoria: Emp. PE-3S G (Llalli) - Emp. PU-125, asignándole el Código Temporal N° PU-160, con la siguiente trayectoria: Emp. PE-3S G (Llalli) - Pte. Paylla - Emp. PU-125; (v) La Ruta Vecinal o Rural N° PU-751: Tramo: Emp. PE-3S G (Dv. Unión Collana) - Estocahua - Emp. PU-752; la Ruta Vecinal o Rural N° PU-752: Trayectoria: Emp. PU-751 - Pontón Mollebamba - Emp. PU-747 y la Ruta Vecinal o Rural N° PU-747: Tramo: Emp. PE-3S G (Dv. Rosaspata) - Emp. PU-752, las cuales por ser continuas en su trayectoria formarán un nuevo eje, asignándole el Código Temporal N° PU-161, con la siguiente trayectoria: Emp. PE-3S G (Dv. Umachiri) - Dv. Estocahua - Pontón Mollebamba - Emp. PE-3S G (Dv. Ayaviri); (vi) La Ruta Vecinal o Rural N° PU-617: Trayectoria: Emp. PE-34 B (San Antón) - Pampuyo - Emp. PU-139 (San José), asignándole el Código Temporal N° PU-162, con la siguiente trayectoria: Emp. PE-34 B (San Antón) - Pampuyo - Emp. PU-139 (San José);(vii) La Ruta Vecinal o Rural N° PU-804: Trayectoria: Emp. PE-34 H - Saman - Emp. PU-113, asignándole el Código Temporal N° PU-163, con la siguiente trayectoria: Emp. PE-34 H (Dv. Taraco) - Saman - Pte. Saman - Emp. PU-113 (Dv. Arapa); (viii) La Ruta Vecinal o Rural N° PU-910: Trayectoria: Emp. PE-34 H (Pte. Ayabacas) - Canchi Grande - Emp. PU-120 y la Ruta Vecinal o Rural N° PU-915: Tramo: Emp. PU-120 - Emp. PU-910, las cuales por ser continuas en su trayectoria formarán un nuevo eje, asignándole el Código Temporal N° PU-164, con la siguiente trayectoria: Emp. PE-34 H (Pte. Ccacachi) - Canchi Grande - Emp. PU-120; (ix) La Ruta Vecinal o Rural N° PU-949: Tramo: Emp. PE-3S (Caracoto) - L. Prov. San Román - Emp. PU-948 y la Ruta Vecinal o Rural N° PU-948: Trayectoria: Emp. PU-947 - Quivillaca - Emp. PU-949, las cuales por ser continuas en su trayectoria formarán un nuevo eje, asignándole el Código Temporal N° PU-165, con la siguiente trayectoria: Emp. PE-3S (Caracoto) - Quivillaca - Emp. PU-947; Que, asimismo, en el citado Informe N° 154-2020- MTC/19.03.CGPGJVyO, se indica que la reclasi fi cación temporal tendrá vigencia hasta la culminación de las intervenciones que realicen las autoridades competentes, lo cual deberá ser informado por el Gobierno Regional de Puno, a fi n de tramitar la conclusión de la mencionada reclasi fi cación temporal; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la reclasi fi cación temporal de las Rutas Vecinales o Rurales como Rutas Departamentales o Regionales de la Red Vial del Departamento de Puno, en los términos señalados por la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través del Informe N° 154-2020-MTC/19.03.CGPGJVyO de la Coordinación General del Proceso de Jerarquización Vial y Otros de la Dirección de Disponibilidad de Predios; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01; el Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Jerarquización Vial; el Decreto Supremo N° 012-2013-MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasi fi cador; y, el Decreto Supremo N° 011-2016-MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Reclasi fi cación Temporal como Ruta Departamental o Regional de la Red Vial del Departamento de Puno - Reclasi fi car, de manera temporal, la Ruta Vecinal o Rural N° PU-680: Trayectoria: Emp. PU-125 - Macari - Dv. Ccocuta - Sayhuani - Emp. CU-1710 (L. D. Cusco), asignándole el Código Temporal N° PU-157, con la siguiente trayectoria: Ruta N° PU-157 Trayectoria: Emp. PU-125 (Macari) - Dv. Sayhuani - Emp. CU-1710 (L. D. Cusco). - Reclasi fi car, de manera temporal, la Ruta Vecinal o Rural N° PU-647: Trayectoria: Emp. PU-100 (Dv. Orurillo) - Orurillo - Huaraconi - Emp. PE-3S H, asignándole el Código Temporal N° PU-158, con la siguiente trayectoria: Ruta N° PU-158 Trayectoria: Emp. PE-3S H - Orurillo - Emp. PU-100 (Dv. Orurillo). - Reclasi fi car, de manera temporal, la Ruta Vecinal o Rural N° PU-649: Trayectoria: Emp. PE-3S (Ayaviri) - Tuculli y la Ruta Vecinal o Rural N° PU-648: Trayectoria: Emp. PU-647 (Dv. Huaroconi) - Emp. PU-649 (Dv.Tuculli), las cuales por ser continuas en su trayectoria formarán un