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8 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2021 / El Peruano económica de la diversidad forestal y de fauna silvestre, que permita estimar la puesta en valor de los ecosistemas forestales y sus servicios ecosistémicos, así como el costo de oportunidad para la sociedad que suponen los efectos negativos que se generan sobre el ecosistema forestal; Que, mediante Resolución Ministerial N° 242-2020-MINAM, se dispuso la prepublicación del proyecto de “Lineamientos de Valoración Económica de la Diversidad Forestal y Fauna Silvestre”, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios al mismo; Que, mediante Memorando N° 00060-2021-MINAM/ SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 00015-2021-MINAM/SG/OGPP/OPM, con el cual se emite opinión favorable al proyecto de “Lineamientos para la Valoración Económica de la Diversidad Forestal y Fauna Silvestre”; Que, mediante el Informe N° 00030-2021-MINAM/ SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina de manera favorable sobre la aprobación del proyecto de “Lineamientos para la Valoración Económica de la Diversidad Forestal y Fauna Silvestre”; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General, de la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, que aprueba la Política Nacional del Ambiente; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para la Valoración Económica de la Diversidad Forestal y Fauna Silvestre”, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA Ministro del Ambiente 1926531-2 CUL TURA Constituyen el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Cultura, CAFAE – MC, para el periodo 2021 - 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000032-2021-DM/MC San Borja, 9 de febrero del 2021 VISTOS; el Informe Nº 000024-2021-OGRH/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 000127-2021-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 006-75- PM/INAP, que aprueba las Normas Generales a las que deben ajustarse las organizaciones del Sector Público Nacional para la aplicación del “Fondo de Asistencia y Estímulo”, y modi fi catorias, establece que el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo – CAFAE, se constituirá por Resolución del Titular del Pliego Presupuesta, cuyo periodo de mandato será de dos años y estará integrado por un representante del Titular del Pliego, quien lo presidirá; el Director de Personal o quien haga sus veces; el Contador General o quien haga sus veces; y tres trabajadores en representación de los trabajadores del organismo, elegidos sumando los votos alcanzados en las votaciones directas de todos sus miembros realizados en el mismo día y se elegirá al mismo tiempo a tres representantes suplentes; Que, el artículo 5 del Decreto de Urgencia Nº 088-2001, ratifi ca la vigencia de los Decretos Supremos Nº 006-75- PM/INAP, Nº 052-80-PCM, Nº 028-81-PCM, Nº 097-82-PCM y Nº 067-92-EF, y demás normas regulatorias del Fondo de Asistencia y Estímulo, en lo que no hayan sido modi fi cados o no resulten incompatibles con lo dispuesto en el referido decreto de urgencia; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 098-2019- MC, se resuelve constituir el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Cultura, CAFAE-MC, para el periodo del 15 de marzo de 2019 al 15 de marzo del 2021; reconformado a través de las Resoluciones Ministeriales Nº 228-2019-MC, Nº 244-2019-MC, Nº 092-2020-MC y Nº 162-2020-MC de fechas 05 y 14 de junio de 2019, 06 de marzo y 23 de junio de 2020, respectivamente; Que, mediante el Informe Nº 001-CE-CAFAE- MC-2021, la Presidenta del Comité Electoral CAFAE-MC – 2021 comunica al Director General de la O fi cina General de Recursos Humanos el resultado de la elección de los representantes, titulares y suplentes, de los representantes de los trabajadores ante el CAFAE – MC periodo 2021-2023; Que, mediante el Informe Nº 000024-2021-OGRH/ MC, la O fi cina General de Recursos Humanos señala que, estando próximo al término del periodo del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Cultura, CAFAE – MC y conforme a lo informado por la Presidente del Comité Electoral CAFAE –MC, corresponde la emisión de la resolución ministerial en la cual se constituya el referido Comité; Que, en tal sentido, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 006-75-PM/INAP, que aprueba las Normas Generales a las que deben ajustarse las organizaciones del Sector Público Nacional para la aplicación del “Fondo de Asistencia y Estímulo” y sus modi fi catorias, se estima conveniente emitir el acto resolutivo a través del cual se constituya el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Cultura CAFAE– MC, para el periodo del 16 de marzo de 2021 al 16 de marzo de 2023; Con las visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 006-75-PM/INAP, que aprueba las Normas Generales a las que deben ajustarse las organizaciones del Sector Público Nacional para la aplicación del “Fondo de Asistencia y Estímulo” y modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Constituir el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Cultura, CAFAE – MC, para el periodo del 16 de marzo de 2021 al