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14 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2021 / El Peruano del Manual de Clasi fi cación de Cargos, respecto de las funciones básicas del cargo de Asesor II, así como la supresión del cargo de Asesor I; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante los documentos de vistos, considera viable la modi fi cación del Manual de Clasi fi cación de Cargos del Ministerio de la Producción, a efectos de modi fi car las funciones básicas del cargo de Asesor II así como la supresión del cargo de Asesor I, siendo necesaria aprobar su modi fi cación; Que, de acuerdo con el literal b) del numeral 2.4 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 001-2021-PRODUCE, se delegó en el Secretario General la función de aprobar y actualizar el Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de la Producción; Con las visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modi fi catoria; y en uso de las facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 001-2021-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Manual de Clasi fi cación de Cargos del Ministerio de la Producción - PRODUCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 076-2017-PRODUCE, modi fi cado por Resolución Ministerial Nº 142-2017-PRODUCE, conforme a los Anexos Nº 1 y Nº 2 que forman parte integrante de la presente Resolución Secretarial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO TREJO MAGUIÑA Secretario General 1926795-2 Aprueban el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional del Instituto Tecnológico de la Producción INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 006-2021-ITP/SG Lima , 8 de febrero 2021 VISTOS:El Informe N.º 09-2021-ITP/OGRRHH de fecha 05 de febrero de 2021, de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; el Informe N.º 17-2021-ITP/OPPM y el Memorando N.º 476-2021-ITP/OPPM de fechas 05 y 08 de febrero de 2021, respectivamente, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N.º 35-2021-ITP/OAJ de fecha 08 de febrero de 2021, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 304-2015-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva N.º 002-2015-SERVIR-GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CEP”, estableciendo las reglas para que las Entidades del Sector Público aprueben el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional, la cual fue modi fi cada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 057-2016-SERVIR-PE; Que, el numeral 5 del Anexo N.º 4 de la Directiva N.º 002-2015-SERVIR-GDSRH establece que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “nº de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”; y, b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; Que, en el referido numeral se indica que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional, el cual podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la o fi cina de recursos humanos, con el visto bueno de la o fi cina de racionalización, o quien haga sus veces; Que, por Resolución Ministerial N.º 177-2016-ITP/DE publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 17 de mayo de 2016, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, el cual fue modi fi cado por la Resolución de Secretaría General N.º 217-2017-ITP/SG y Resoluciones de Secretaría General N.º 15 y 54-2019-ITP/SG; Que, el cargo de “Coordinador (a) de Comunicaciones e Imagen Institucional” se encuentra consignado en el Manual de Clasi fi cador de cargos del ITP, aprobado por Resolución Ejecutiva N.º 51-2016-ITP/DE y modi fi cado por Resoluciones Ejecutivas N.º 145 y 172-2017-ITP/DE, Resoluciones Ejecutivas N.º 89 y 270-2019-ITP/DE y Resolución Ejecutiva N.º 09-2021-ITP/DE; Que, con Informe N.º 09-2021-ITP/OGRRHH de fecha 05 de febrero de 2021, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos propuso el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional del ITP, incorporando el cargo de “Coordinador (a) de Comunicaciones e Imagen Institucional” como Empleado de Con fi anza en el órgano de Secretaría General, conforme se detalla en el Anexo: Cuadro para Asignación de Personal Provisional y el Anexo: Resumen Cuantitativo del Cuadro para Asignación de Personal, que forman parte integrante de la presente Resolución; Que, mediante Informe N.º 17-2021-ITP/OPPM y el Memorando N.º 476-2021-ITP/OPPM de fechas 05 y 08 de febrero de 2021, respectivamente, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión favorable sobre la propuesta de la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos respecto del reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional del ITP, precisando que este no demandará mayores recursos presupuestales; Que, mediante Informe N.º 35-2021-ITP/OAJ de fecha 08 de febrero de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional del ITP, contando para ello con los informes técnicos de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Que, según la normativa e informes técnicos antes expuestos, corresponde aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional del ITP, de acuerdo a lo dispuesto en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento de la Ley N.º 30057, Ley del Servicio Civil, en concordancia con lo señalado en el artículo 19 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado por Decreto Supremo N.º 005-2016-PRODUCE; Con los vistos de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica; en el ámbito de sus respectivas competencias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.º 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N.º 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N.º 1451, que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 304-2015-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N.º