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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2021 (06/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Martes 6 de julio de 2021 El Peruano / en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, en concordancia con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, la Secretaría General, la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobada por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Guía de Valoración Económica de Impactos Ambientales en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental”. Dicha publicación se realiza en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deberán ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada Nº 425, cuarto piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima; o a la dirección electrónica serviciosecosistemicos@minam.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA Ministro del Ambiente 1969678-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban el Manual Operativo de Ejecución del Programa “Turismo Emprende” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 086-2021-MINCETUR Lima, 2 de julio de 2021 Visto, el Informe N° 0149-2021-MINCETUR/VMT/ DGET/DIOT-NAR y el Informe Nº 0008-2021-MINCETUR/VMT/DGET/DIOT-YOF de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística, el Memorándum Nº 603-2021-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo, el Informe Nº 0024-2021- MINCETUR/SG/OGPPD/OR de la Ofi cina de Racionalización, el Memorándum N° 439-2021-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo y el Informe Nº 0028-2021-MINCETUR/SG/AJ-MIC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa “Turismo Emprende” y modi fi catorias, se crea el Programa “Turismo Emprende” a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, que tiene como objetivo promover la creación, desarrollo y consolidación de emprendimientos privados vinculados a la actividad turística que contemplan aspectos de conservación, uso sostenible, desarrollo económico y desarrollo de espacios turísticos, a través del fi nanciamiento y/o co fi nanciamiento de dichos emprendimientos, para promover la diversi fi cación de la oferta turística del país; así como reactivar y promover los emprendimientos privados vinculados a la actividad turística; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2019-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa “Turismo Emprende”, se establecen las disposiciones reglamentarias para la operación y ejecución del Programa “Turismo Emprende”; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 033-2020-MINCETUR, se aprueba el Manual Operativo de Ejecución del Programa “Turismo Emprende”, el cual contiene los lineamientos básicos para conducir el proceso de plani fi cación, gestión, ejecución, seguimiento, evaluación y liquidación de los emprendimientos y de la subvención otorgada a los bene fi ciarios del citado Programa; Que, en atención a lo señalado, la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, señala que ante las consecuencias ocasionadas por las medidas de prevención y control para la propagación de la COVID-19, resulta necesario adecuar los procedimientos de seguimiento y monitoreo del Programa “Turismo Emprende”; Que, de acuerdo a lo establecido en los literales c) y f) del numeral 13.1 del artículo 13 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa “Turismo Emprende”, son funciones de la Secretaria Técnica del Programa “Turismo Emprende”, entre otras, las de efectuar el monitoreo, seguimiento y evaluación de la ejecución y rendición de las subvenciones otorgadas, incluyendo la evaluación de los Reportes de Gastos, presentados por los bene fi ciarios; así como, otras funciones que guarden relación con el objeto y fi nalidad del Programa; Que, en atención a los documentos del Visto, el Viceministerio de Turismo propone aprobar el Manual Operativo de Ejecución del Programa “Turismo Emprende”, con la fi nalidad de que se cumplan los objetivos y fi nes del Programa “Turismo Emprende”, por lo que resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1329, que crea el Programa “Turismo Emprende”; el Decreto Supremo Nº 010-2020-MINCETUR, Decreto Supremo que modi fi ca el período de vigencia del Programa “Turismo Emprende”; el Decreto Supremo Nº 002-2019-MINCETUR, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa “Turismo Emprende”; y, el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar el Manual Operativo de Ejecución del Programa “Turismo Emprende”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 033-2020-MINCETUR.