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21 NORMAS LEGALES Martes 6 de julio de 2021 El Peruano / permanentes han disminuido sustancialmente su nivel resolutivo, dado que en los años 2015, 2016 y 2017 resolvieron en promedio 919, 957, 857 expedientes respectivamente; sin embargo, a partir del 2018, en que se les asignó temporalmente los tres juzgados constitucionales transitorios con turno abierto, el promedio de lo resuelto por los juzgados constitucionales permanentes ha venido disminuyendo paulatinamente en cantidades de 587, 599 y 341 expedientes durante los años 2018, 2019 y 2020; asimismo, considerando que durante el primer cuatrimestre del presente año, los juzgados permanentes habrían resuelto en promedio 138 expedientes, su proyección de expedientes resueltos para diciembre 2021 sería de 414 expedientes; por lo que resulta necesario que los tres juzgados constitucionales transitorios se avoquen a la descarga procesal de su carga pendiente en bene fi cio de los justiciables que requieren mayor celeridad en la resolución de sus procesos. 19) El 25º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, al mes de abril de 2021 resolvió 74 expedientes de una carga procesal de 480 expedientes, con lo cual alcanzó un avance de meta del 17%, cifra muy inferior al avance ideal del 33% que debió registrar al mes de abril del presente año; observándose que el 14º, 16º y 26º Juzgados de Trabajo Permanentes de Lima resolvieron respectivamente en el mismo periodo, 86, 67 y 100 expedientes de una carga procesal de 440, 345 y 532 expedientes, con lo cual alcanzaron avances de meta del 20%, 15% y 23%, respectivamente, por lo que tampoco alcanzaron el referido avance ideal que debe presentarse al mes de abril del presente año. 20) El 2º, 9º y 17º Juzgados de Trabajo Transitorios de la Corte Superior de Justicia de Lima, que tramitan con turno cerrado los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral, al mes de abril de 2021 resolvieron respectivamente 245, 191 y 265 expedientes de una carga procesal de 1,652, 2,068 y 2,006 expedientes, obteniendo avances de meta del 29%, 22% y 31%, cifra que fueron inferiores al avance ideal del 33% que debieron registrar al mes de abril del presente año; de manera similar, el 23º, 24º, 25º, 26º, 27º, 28º, 29º, 34º y 35º Juzgados de Trabajo Permanentes de Lima que también tramitan procesos laborales de la referida subespecialidad, al mes de abril del presente año resolvieron en promedio 162 expedientes de una carga procesal promedio de 1,101 expedientes, con lo cual alcanzaron un avance de meta promeido del 19%, cifra muy inferior al avance ideal del 33% que debieron presentar al mes de abril del presente año; siendo preciso señalar que debido al bajo nivel resolutivo del 23º, 25º, 28º, 29º y 35º Juzgados de Trabajo Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima, se dispuso mediante el literal j) del artículo décimo de la Resolución Administrativa Nº 142-2021-CE-PJ, que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima informe a la Presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de treinta días calendario, respecto a las medidas para mejorar el nivel resolutivo de dichos órganos jurisdiccionales y sobre las razones del bajo nivel resolutivo de dichas dependencias judiciales; informes que a la fecha no se han recibido. 21) El 23º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, que tramita con turno cerrado los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo previsional, al mes de abril de 2021 resolvió 198 expedientes de una carga procesal de 573 expedientes, obteniendo un avance de meta del 23%, que fue inferior al avance ideal del 33% que debió registrar al mes de abril del presente año; asimismo, el 30º, 31º, 32º, 33º, 36º y 37º Juzgados de Trabajo Permanentes de Lima, que también tramitan los procesos laborales de la referida subespecialidad, al mes de abril del presente año resolvieron en promedio 103 expedientes de una carga procesal promedio de 543 expedientes, con lo cual alcanzaron un avance de su meta ajustada del 12%, cifra muy inferior al avance ideal del 33% que debieron registrar al mes de abril del presente año; siendo el 30º y 37º Juzgados de Trabajo Permanentes de Lima los que resolvieron la menor cantidad de expedientes al mes de abril de 2021, es decir, solo 26 y 53 expedientes resueltos de una carga procesal de 500 y 522 expedientes, por lo que obtuvieron muy bajos avances de meta del del 3% y 6%, respectivamente, siendo estos juzgados permanentes los que presentaron el nivel resolutivo más bajo entre los juzgados de trabajo permanentes que atienden los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo previsional. 22) El 2º, 3º y 5º Juzgados de Paz Letrados Laborales Permanentes del Distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, al mes de abril 2021 resolvieron 298, 321 y 204 expedientes de una carga procesal de 794, 907 y 3,532 expedientes, obteniendo avances de meta del 23%, 25% y 16%, los cuales fueron inferiores al avance ideal del 33% que debieron registrar al mes de abril del presente año; mientras que durante el mismo período el 1º y 4º Juzgados de Paz Letrados Laborales Permanentes y el Juzgado de Paz Letrado Laboral Transitorio del mismo distrito resolvieron 1,074, 1,040 y 945 expedientes, obteniendo respectivamente avances de meta del 64%, 40% y 47%. 23) Mediante O fi cio Nº 00252-2021-P-CSJLIMANORTE- PJ de fecha 31 de mayo de 2021, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, con base en el O fi cio Nº 019-2021-AMIJVCLM-GAD-CSJLIMANORTE-PJ de la Administración del Módulo de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de Grupo Familiar, solicita se efectúen las gestiones para la distribución de la carga de expedientes que dejará el 17º Juzgado de Familia subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Independencia, considerando que el juzgado en mención ha sido convertido en 2º Juzgado de Familia subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Carabayllo; y recomienda que la carga en mención podría ser asignada al 18º Juzgado de Familia subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Independencia, en razón que el mencionado juzgado ingresará a laborar con carga cero. Al respecto, conforme a la data estadística o fi cial del periodo de enero a abril de 2021, se observa que el 17º Juzgado de Familia subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Independencia presenta una carga pendiente en etapa de trámite de 20 expedientes y en etapa de ejecución de 16 expedientes, los cuales podrían ser liquidados por este juzgado; además, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto en el artículo sexto de la Resolución Administrativa Nº 348-2020-CE-PJ, que durante el período de emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19, se suspendan las propuestas de propuestas de redistribuciones y/o remisiones de expedientes entre órganos jurisdiccionales, debiendo las Cortes Superiores de Justicia abstenerse de solicitar este tipo de medidas. 24) Mediante el artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 142-2021-CE-PJ se dispuso ampliar, a partir del 1 de mayo de 2021, la competencia territorial de la Sala Civil Permanente del Distrito de Villa María del Triunfo, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, hasta los Distritos de Chorrillos y Lurín; disponiéndose en el literal c) del artículo quinto de la misma resolución administrativa, que la Sala Civil Descentralizada Transitoria del Distrito de Chorrillos cierre turno a partir del 1 de mayo de 2021, para el ingreso de nuevos expedientes; posteriormente, con O fi cio Nº 000459-2021-P-CSJLS-PJ, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur ha solicitado la reapertura de turno de la Sala Civil Descentralizada Transitoria de Chorrillos, su prórroga de funcionamiento y cambio de competencia a los Distritos de Chorrillos, Lurín y San Juan de Mira fl ores. Al respecto, la Sala Civil Permanente del Distrito de Villa María del Triunfo registró al mes de abril de 2021 una carga procesal de 533 expedientes, estimándose para el presente año una carga procesal proyectada de 1,400 expedientes en dicha Sala Civil, cifra que al ser menor a la carga procesal mínima de 1,820 que corresponde a una Sala Civil Mixta, evidencia que la referida Sala Superior se encuentra en situación de subcarga procesal 25) La Sala Penal Liquidadora Transitoria del Distrito de Villa María del Triunfo, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, al mes de abril de 2021 resolvió 74 expedientes de una carga procesal de 507 expedientes, obteniendo un bajo avance de meta del 15%, el cual fue menor al