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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2021 (06/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Martes 6 de julio de 2021 El Peruano / Artículo 3.- Establecer que los convenios de fi nanciamiento y/o co fi nanciamiento de periodos anuales anteriores que se encuentren en ejecución con las disposiciones del Manual Operativo de Ejecución, aprobado por la Resolución Ministerial N° 033-2020-MINCETUR, continúan y culminan bajo las disposiciones contenidas en dicha norma. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CLAUDIA CORNEJO MOHME Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1969405-1 DEFENSA Aprueban el “Plan Nacional de Limpieza de Playas de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas - Autoridad Marítima Nacional” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 438-2021-MGP/DICAPI 28 de junio de 2021CONSIDERANDO: Que, los numerales (1), (3) y (4)del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1147 de fecha 10 de diciembre del 2012, que regula el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional - Dirección General de Capitanías y Guardacostas, señalan como ámbito de aplicación, entre otras, el medio acuático comprendido por el dominio marítimo y las aguas interiores, así como, los ríos y lagos navegables, y las zonas insulares, incluidas las islas ubicadas en el medio acuático del Perú; así como, las naves y embarcaciones que se encuentren en aguas jurisdiccionales peruanas y las de bandera nacional que se encuentren en alta mar o en aguas jurisdiccionales de otros países, de acuerdo con los tratados de los que el Perú es parte y otras normas de derecho internacional sobre la materia aplicables al Estado peruano; Que, el artículo 3 del referido Decreto Legislativo, establece que corresponde a la Autoridad Marítima Nacional aplicar y hacer cumplir lo dispuesto en el citado Decreto Legislativo, las normas reglamentarias y complementarias, las regulaciones de los sectores y organismos competentes y los tratados o Convenios en que el Perú es parte, en el ámbito de su competencia; Que, el Articulo 701 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1147 aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2014-DE de fecha 26 de noviembre del 2014, señala que las playas del litoral son bienes de uso público, siendo libre el ingreso y tránsito por estas, con arreglo a ley; corresponde a la Autoridad Marítima Nacional ejercer sobre las mismas las competencias asignadas por la normativa nacional aplicable; Que, el artículo 2 de la ley Nº 30590, Ley que promueve la recuperación, conservación y mantenimiento de las playas del litoral, de fecha 2 de junio del 2017, establece que el Ministerio del Ambiente, en coordinación con las entidades competentes, realiza las acciones necesarias para priorizar la recuperación, conservación y mantenimiento de las playas del litoral, de acuerdo a sus competencias y disponibilidad presupuestal, sin demandar recursos adicionales al tesoro público; Que, el literal (a) del numeral (3.1) del artículo 3 de la Ley Nº 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, de fecha 8 de diciembre del 2018, señala la prohibición del ingreso de bolsas de plástico, sorbetes y envases de tecnopor en las playas del litoral y las playas de la Amazonia peruana, debido a que la mayoría de los residuos que se encuentran en los océanos son plásticos de un solo uso; Que, el artículo 20 del Reglamento de la precitada Ley, aprobada con Decreto Supremo Nª 006-2019-MINAM de fecha 22 de agosto del 2019, establece que las entidades públicas y/o privadas responsables de las Áreas Naturales Protegidas, sus zonas de amortiguamiento, áreas declaradas Patrimonio Natural y Cultural de la Nación, museos, playas del litoral y ríos, lagos y lagunas amazónicos deben realizar, de forma permanente, acciones de comunicación, educación, capacitación y sensibilización, con pertinencia cultural y lingüística, a sus visitantes sobre el consumo responsable de los bienes de plástico, la adecuada segregación de sus residuos y la valorización de los mismos; Que, es necesario establecer un Plan de trabajo en conjunto con las Jefaturas de Distrito y las Capitanías de Puerto a nivel nacional, a fi n de realizar charlas de sensibilización a la población e incentivar jornadas de limpieza en las playas del dominio marítimo, riberas de los ríos y lago navegable, contribuyendo de esta forma a la reducción de la cantidad de basura existente en las diversas playas; De conformidad con lo propuesto por el Director del Ambiente Acuático, a lo recomendado por el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y por el Jefe de la O fi cina de Normativa y a lo opinado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Aprobar el “Plan Nacional de Limpieza de Playas de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas - Autoridad Marítima Nacional”, que como Anexo “A” forman parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º .- La presente Resolución Directoral y Anexo serán publicados en el portal el portal electrónico de la Autoridad Marítima Nacional www.dicapi.mil.pe en la fecha de su publicación o fi cial. Artículo 3º. - La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO ALCALÁ LUNA Director General de Capitanías y Guardacostas 1969560-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aceptan renuncia de servidora a la designación de Secretaria 4 de la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 136-2021-ANA Lima, 5 de julio de 2021VISTOS: El Informe Nº 0577-2021-ANA-OA-URH de fecha 02 de julio de 2021 emitido por la Unidad de Recursos Humanos, y el Informe Legal Nº 561-2021-ANA-OAJ de fecha 02 de julio de 2021 emitidos por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, con Resolución Jefatural Nº 296-2019-ANA se se designó a la servidora Norma Edith Montezuma Muro,