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11 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de julio de 2021 El Peruano / CUADRO DE DATOS TECNICOS SITIO ARQUEOLÓGICO “HUACACHINA SECA - SECTOR NORTE” VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 6 6-7 14.92 121°59’21” 423297.6280 8436978.8320 7 7-8 14.54 198°7’1” 423308.3080 8436968.4100 8 8-9 86.88 175°31’20” 423321.3550 8436961.99509 9-10 27.21 193°45’29” 423396.0860 8436917.693010 10-11 92.54 213°1’45” 423422.1170 8436909.7830 11 11-12 74.76 71°47’53” 423511.0180 8436935.488012 12-13 12.87 270°42’14” 423508.3110 8436860.7790 13 13-14 65.14 91°5’30” 423521.1770 8436860.471014 14-15 22.13 91°3’23” 423520.8590 8436795.3330 15 15-16 49.43 273°56’51” 423498.7310 8436795.033016 16-17 105.16 87°32’0” 423502.8020 8436745.7730 17 17-18 35.63 259°42’53” 423397.7200 8436741.630018 18-19 99.32 99°43’40” 423392.7450 8436706.3540 19 19-20 18.97 240°50’36” 423293.4640 8436703.407020 20-21 33.45 103°5’30” 423284.7170 8436686.573021 21-22 52.42 201°19’21” 423252.3080 8436694.873022 22-23 46.50 127°51’2” 423200.2740 8436688.5230 23 23-1 226.14 129°31’28” 423167.5060 8436721.5110TOTAL 1193.56 3780°0’0” AREA= 76748.07 m2 (7.6748 ha)PERIMETRO= 1193.56 m. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 005- 2021-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 04 de junio de 2021, así como en los Informes N° 000382-2021-DSFL/MC, Informe N° 000115-2021-DSFL-LMS/MC y en el Plano Perimétrico con código PPROV-024-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Señalización XInstalación de un mural de señalización hacia el extremo Sur del sitio. Así como el anclaje de hitos en los vértices donde no hay hitos. - Retiro de estructuras temporales, maquinarias, herramientas, elemento y/o accesoriosXEl retiro de chozas precarias, cercos con palos y alambres de púas, sembrío de plantas y frutales, ornamentales, incremento de la acumulación de desmonte y basura. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a las Municipalidades Distritales de Tate, Santiago y Pueblo Nuevo, de la provincia de Ica, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 005- 2021-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 04 de junio de 2021, el Informe N° 000382-2021-DSFL/MC, Informe N° 000115-2021-DSFL-LMS/MC e Informe Nº 000098-2021-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-024-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA BELEN GOMEZ DE LA TORRE BARRERA DirectoraDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 1969687-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Modifican la R.M. Nº 0048-2020-MINAGRI y designan representantes del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante el Consejo Directivo de los Proyectos Especiales Chinecas y Pasto Grande RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0184-2021-MIDAGRI Lima, 5 de julio de 2021 CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) del numeral 2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0048-2020-MINAGRI, se designó al Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego como representante del Ministerio de Agricultura y Riego ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Chinecas; cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla; así como designar a la persona que lo reemplazará; Que, mediante los literales a. y b. del numeral 3 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0048-2020-MINAGRI, se designó al señor Alex Guiliano Guimac Huamán; y, al señor Vladimir Germán Cuno Salcedo, como representantes del Ministerio de Agricultura y Riego ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Pasto Grande, respectivamente, cargos a los cuales han formulado renuncia, siendo necesario aceptarlas, así como designar a las personas que los reemplazarán; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI;