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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2021 (10/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 102

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Sábado 10 de julio de 2021 El Peruano / Asimismo, los establecimientos comerciales deben cerrar una (1) hora antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción de los ubicados en la provincia de Lima del departamento de Lima y en la provincia constitucional del Callao, que deben cerrar al menos dos (2) horas antes. Las actividades económicas no contempladas en el presente artículo y sus aforos, se rigen según lo establecido en las fases de la reanudación de actividades económicas vigentes; con excepción del nivel de alerta extremo, en el que rigen las siguientes actividades: Agricultura, pecuario, caza y silvicultura: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Pesca y acuicultura: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Energía, hidrocarburos y minería: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Manufactura primaria y no primaria: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Construcción: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Incluye proyectos de interés nacional (licencias, trámites, adquisición y transporte de bienes, servicios y personal, así como actividades relacionadas a la cadena logística). - Actividades de arquitectura e ingeniería para trámites de licencias, supervisión, inspección de obra y levantamiento de información. Comercio: - Mantenimiento y reparación de vehículos no motorizados, vehículos automotores y motocicletas. - Servicios de adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad. Servicios a la ciudad: - Evacuación de aguas residuales.- Captación, tratamiento y distribución de agua.- Actividades de prevención de riesgos de desastres.- Mantenimiento de espacios públicos y áreas verdes.- Limpieza y recojo de residuos sólidos. Servicios generales: - Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad. - Servicios y establecimientos de salud, incluye odontología, rehabilitación, reproducción asistida, diagnóstico, oftalmología, veterinarias. Servicios básicos: - Servicio de transporte terrestre regular de ámbito provincial. - Transporte de carga, mercancías, encomiendas, mudanzas y caudales, en todas sus modalidades y actividades conexas. - Transporte de pasajeros por vía férrea, marítima y fl uvial, incluye cabotaje. - Transporte de caudales.- Servicios de almacenamiento en general.- Actividades de servicios vinculadas al transporte aéreo, férreo, terrestre, marítimo y fl uvial, incluye cabotaje. - Actividades aeronáuticas no comerciales.- Actividades relacionadas al transporte aéreo.- Actividades de mensajería (servicio postal, encomiendas, delivery). - Hoteles categorizados, hospedaje (apart hotel) y transporte turístico. - Albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasi fi cados y categorizados. - Entrega de inmuebles y servicios post venta.- Servicios vinculados a telecomunicaciones (incluida la radiodifusión), como instalación, despliegue, mantenimiento preventivo y correctivo de redes para servicios públicos de telecomunicaciones. - Actividades de telecomunicaciones alámbricas, inalámbricas y satélite, otras actividades de telecomunicación y otras actividades de servicios de apoyo a las empresas n.c.p (como por ejemplo los proveedores de infraestructura pasiva). - Actividades postales y de mensajería.- Servicios de infraestructura en telecomunicaciones: instalación, despliegue, mantenimiento preventivo y correctivo de infraestructura y redes para servicios públicos de telecomunicaciones. - Puntos de ventas de servicios de telecomunicaciones ubicados en supermercados, mercados, bodegas y farmacias. - Diseño, Instalación, Implementación, operación y mantenimiento de los proyectos públicos y privados de redes de telecomunicaciones y de infraestructura de radiodifusión. - Servicios de telecomunicaciones: con alcance a las empresas operadoras de telecomunicaciones, así como a los contratistas y proveedores de dichas operadoras; además, es aplicable para el trabajo administrativo, en centrales de monitoreo-NOC, call centers, instalación de servicios o atención de averías, actividades de venta y delivery. - Centros de atención al cliente o similares de servicios de telecomunicaciones, conforme a lo regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. - Servicios ofrecidos por centros de inspección técnica vehicular, centros de revisión periódica de cilindros, certi fi cadoras y talleres de conversión de GNV, certi fi cadoras y talleres de conversión de GLP, entidades certi fi cadoras de conformidad, modi fi cación, fabricación y montaje de vehículos, entidades veri fi cadoras de vehículos y entidades certi fi cadoras de vehículos de colección. - Centros de evaluación, escuelas de conductores, entidades habilitadas para expedir certi fi cados de salud, centros de emisión de licencias de conducir, entidades de capacitación en el manejo de materiales y/o residuos peligrosos. - Medios de comunicación.- Entidades fi nancieras, seguros y pensiones y actividades conexas. - Servicios funerarios.- Servicios de lavandería, ferreterías, servicios de limpieza. - Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores. - Servicios notariales.- Servicios de reciclaje.- Actividades de envase y empaque.- Servicios de almacenamiento de abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general. - Servicios de carpintería, gas fi tería, electricidad, mantenimiento de artefactos y reparación de equipos, incluye mantenimiento de equipo relacionado a edi fi caciones y hogares. - Actividades de producción, almacenamiento, comercialización, transporte, y distribución para la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, gas de uso doméstico y combustibles. - Actividades de transporte para la continuidad de servicios públicos (agua, saneamiento, gas, entre otros). - Transporte aéreo: vuelos nacionales e internacionales conforme a lo regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. - Servicio de transporte terrestre especial de personas