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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2021 (10/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 102

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Sábado 10 de julio de 2021 El Peruano / Designan miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 036-2021-PCM Lima, 9 de julio de 2021VISTOS: El Memorando Nº 0536-2021-EF/42.02 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas que adjunta el Informe Nº 0435-2021-EF/42.02 de su O fi cina de Asuntos Jurídicos Económicos y Administrativos de dicha O fi cina General; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se han dictado lineamientos y normas de aplicación general a todos los Organismos Reguladores; Que, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley Nº 27332, los Organismos Reguladores contarán con un Tribunal de Solución de Controversias como última instancia administrativa. Lo resuelto por el Tribunal es de obligatorio cumplimiento y constituye precedente vinculante en materia administrativa. El Tribunal de cada Organismo Regulador estará conformado por 5 (cinco) miembros designados por resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del sector al que pertenece la actividad económica regulada; Que, mediante Resolución Suprema Nº 010-2021- PCM, se designó al señor Jorge Carlos Trelles Cassinelli como miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, a propuesta del Ministerio Economía y Finanzas; dando por concluida su designación a través de la Resolución Suprema Nº 029-2021-PCM; Que, de conformidad con el numeral 6.5 del artículo 6 y el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley Nº 27332, la designación de los miembros del Tribunal de Solución de Controversias de los Organismos Reguladores es por un periodo de cinco (5) años; Que, al haberse dado por concluida la designación del señor Jorge Carlos Trelles Cassinelli como miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, este cargo se encuentra vacante, por lo que corresponde designar al funcionario que lo desempeñará a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante los documentos de vistos, el Ministerio de Economía y Finanzas sustenta la propuesta de designación del señor Rafael Alejandro Vera Tudela Wither, como miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, señalando que cumple con los requisitos exigidos en el artículo 7 de la Ley Nº 27332; y, que no se encuentra inmerso en las incompatibilidades para ser miembro del Tribunal de Solución de Controversias, a que se re fi ere el artículo 8 de la citada Ley; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en la Ley 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1. Designar al señor Rafael Alejandro Vera Tudela Wither como miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2. La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1971585-6 AMBIENTE Disponen la publicación del proyecto de “Guía para la Evaluación de Sitios Contaminados y la elaboración de Planes dirigidos a la Remediación” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 118-2021-MINAM Lima, 9 de julio de 2021VISTOS; el Informe Nº 00163-2021-MINAM/VMGA/ DGCA/DCAE de la Dirección de Calidad Ambiental y Ecoe fi ciencia; el Memorando Nº 00504-2021-MINAM/ VMGA/DGCA de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Memorando Nº 00480-2021-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00368-2021-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, se crea al Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, de acuerdo al literal d) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio tiene como función especí fi ca elaborar los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP), los cuales deberán ser aprobados mediante Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2017-MINAM, se aprueban los ECA para Suelo, que constituyen un referente obligatorio para el diseño y aplicación de los instrumentos de gestión ambiental, y son aplicables para aquellos parámetros asociados a las actividades productivas, extractivas y de servicios; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 011-2017-MINAM establece que, de superarse los ECA para Suelo, en aquellos parámetros asociados a las actividades productivas, extractivas y de servicios, las personas naturales y jurídicas a cargo de estas deben realizar acciones de evaluación y, de ser el caso, ejecutar acciones de remediación de sitios contaminados, con la fi nalidad de proteger la salud de las personas y el ambiente; lo indicado no aplica cuando la superación de los ECA para Suelo sea inferior a los niveles de fondo, los cuales proporcionan información acerca de las concentraciones de origen natural de las sustancias químicas presentes en el suelo, que pueden incluir el aporte de fuentes antrópicas no relacionadas al sitio en evaluación;