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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2021 (13/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Martes 13 de julio de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Disponen con carácter obligatorio el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y pr ivadas, locales comerciales y demás predios del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2021-MDC/A Cieneguilla, 1 de julio del 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA; VISTOEl Informe Nº 096-2021-MDC/GDS de fecha 01 de julio del 2021, emitido por la Gerencia de Desarrollo Social, solicita “EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA CON MOTIVO DE CELEBRARSE LOS 200º ANIVERSARIO DE LA PROCLAMACIÒN DE LA INDEPENDENCIA DEL PERÙ”; y CONSIDERANDOQue, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…)”, lo cual concuerda con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; siendo que, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Decretos de Alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, el 28 de julio de 2021 se conmemora los 200º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú y siendo el deber del Gobierno Local destacar los acontecimientos cívicos de la patria, incentivando la participación de los vecinos, así como a fi rmando el respeto a los valores nacionales y símbolos patrios; Que, esta Gestión Municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación cívica de los vecinos, ha adoptado como política del Gobierno Local, promover en la comunidad de Cieneguilla los valores cívicos patrióticos, generando conciencia cívica y resaltando el respeto a los símbolos patrios; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral (6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER con carácter obligatorio el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Cieneguilla del 10 al 30 de Julio de 2021, con motivo de la celebración del Ducentésimo Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- DISPONER la limpieza, resane y pintado de las fachadas de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Cieneguilla, que lo requieran para su mejor presentación y ornato, previo a la colocación de la Bandera Nacional conforme a lo dispuesto en los artículos precedentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR el presente Decreto de Alcaldía a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, Gerencia de Desarrollo Social y a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto; a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial el Peruano y Portal Web Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDWIN SUBILETI ARECHE Alcalde 1971661-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Disponen con carácter obligatorio el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2021-AL/MDC Comas, 30 de junio de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las Leyes Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el día 28 de julio del presente año, se celebra el Bicentenario de la Independencia del Perú; Que, esta Gestión Municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación cívica de los vecinos, ha adoptado como política de Gobierno Local, promover en la comunidad comeña los valores cívicos patrióticos, generando conciencia cívica y resaltando el respeto a los símbolos patrios; Que, con motivo de resaltar el mes de Aniversario Patrio, se hace necesario la participación conjunta de los vecinos, instituciones privadas, clubes, iglesias y establecimientos comerciales e industriales de nuestra jurisdicción, a fi n de expresar nuestro espíritu cívico patrio, mediante el embanderamiento general del distrito; Que, estando en las vísperas de cumplir 200 años de independencia, corresponde dictar las medidas pertinentes, a fi n de colocar la Bandera Nacional con motivo de las fi estas patrias; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 20º numeral 6 y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER con carácter obligatorio el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Comas del 01 de Julio al 31 de Julio de 2021, con motivo de la celebración del Bicentenario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario O fi cinal “El Peruano”, a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico su publicación en el portal web institucional de la entidad y a la Subgerencia de Comunicaciones su difusión, a través de los medios o fi ciales de la entidad. Regístrase, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAUL DÍAZ PÉREZ Alcalde 1971771-1