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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2021 (26/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Lunes 26 de julio de 2021 El Peruano / Que, el artículo 3 de la precitada Ley, modi fi cada mediante el Decreto Legislativo N° 1394, establece como funciones generales del SENACE, entre otras, evaluar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados, los Estudios de Impacto Ambiental semidetallados cuando corresponda, sus modi fi caciones bajo cualquier modalidad y actualizaciones, los planes de participación ciudadana y los demás actos vinculados a dichos estudios ambientales; así como administrar el Registro Nacional de Consultoras Ambientales y el Registro Administrativo de carácter público y actualizado de las certi fi caciones ambientales concedidas por los organismos correspondientes, respecto de las actividades o proyectos bajo la competencia del gobierno nacional; Que, de acuerdo con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29968, la implementación del SENACE y la transferencia de funciones a su ámbito de competencia es un proceso constante y continuo y se desarrolla de manera ordenada, progresiva y gradual de acuerdo al cronograma de transferencia de funciones de las autoridades sectoriales al SENACE, aprobado por Decreto Supremo, con el refrendo de el/la Ministro/a del Ambiente y los titulares de las entidades involucradas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2013-MINAM, se establece el cronograma, plazos y principios del proceso de implementación del SENACE, determinándose que la Tercera Etapa del citado proceso referida a la transferencia de funciones de parte de las Autoridades Sectoriales se gestiona a través de la aprobación del Cronograma de Transferencia, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Ambiente y el titular del sector cuya transferencia se aprueba; Que, a través del Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprueba el Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al SENACE, en el marco de la Ley Nº 29968, programada del año 2015 al 2020, respecto de los subsectores Energía, Minería, Transportes, Agricultura, Vivienda y Construcción, Saneamiento, Industria, Pesca y Acuicultura, Salud, Comunicaciones, Comercio Exterior y Turismo, y Defensa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 328-2015-MINAM, se aprueba la culminación del proceso de transferencia de funciones de los subsectores Energía y Minería del Ministerio de Energía y Minas – MINEM al SENACE, asumiendo funciones a partir del 28 de diciembre de 2015; Que, mediante Resolución Ministerial N° 160-2016-MINAM, se aprueba la culminación del proceso de transferencia de funciones del subsector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones–MTC al SENACE, asumiendo funciones a partir del 14 de julio de 2016; Que, mediante Resolución Ministerial N° 194-2017-MINAM, se aprueba la culminación del proceso de transferencia de funciones del subsector Agricultura del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego–MIDAGRI al SENACE, asumiendo funciones a partir del 14 de agosto de 2017; Que, mediante Resolución Ministerial N° 230-2017-MINAM, se aprueba la culminación del proceso de transferencia de funciones del Sector Salud del Ministerio de Salud (MINSA) al SENACE, asumiendo funciones a partir de la vigencia del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, en lo concerniente a residuos sólidos; Que, mediante la Resolución Jefatural N° 001-2018-SENACE/JEF, sus modi fi catorias y la Resolución Ministerial N° 079-2018-PRODUCE; la Resolución Jefatural N° 00085-2018-SENACE/JEF, sus modi fi catorias y la Resolución Ministerial N° 357-2018- PRODUCE; la Resolución Jefatural N° 102-2016-SENACE/J, sus modi fi catorias y la Resolución Ministerial N° 412-2016-VIVIENDA; así como la Resolución Jefatural N° 006-2018-SENACE/JEF, sus modi fi catorias y la Resolución Ministerial N° 018-2019-VIVIENDA, se dio inicio al proceso de transferencia para los subsectores Industria, Pesca y Acuicultura, y Saneamiento, respectivamente;Que, mediante Resolución Ministerial N° 068-2021-MINAM, se aprueba la culminación del proceso de transferencia de funciones del subsector Vivienda y Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento–MVCS al SENACE, quien asumirá funciones a partir del 02 de agosto de 2021; Que, conforme a lo previsto, existen procesos de transferencia de funciones de ciertos subsectores al SENACE culminados y otros procesos de transferencia en proceso, de acuerdo con el Cronograma de Transferencia de funciones de las Autoridades Sectoriales al SENACE, aprobado en el Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM; asimismo, existen, a la fecha, subsectores en los cuales no se ha iniciado el proceso de transferencia de funciones en el plazo establecido en el referido Decreto Supremo, es decir, en el Cuarto Trimestre del 2020; Que, asimismo, con base a la experiencia recogida en los procesos de transferencia, existen Autoridades Sectoriales que no cuentan con la normativa ambiental adecuada al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), entre otros aspectos indispensables para que el SENACE asuma las funciones transferidas; Que, bajo este contexto, resulta necesario aprobar un nuevo cronograma de plazos para la transferencia de funciones de los subsectores Turismo, Comunicaciones, Salud y Defensa, que no han iniciado el proceso de transferencia al SENACE, y establecer condiciones previas para su inicio, así como, para la culminación de aquellos subsectores que se encuentran en proceso de transferencia de funciones, a fi n de garantizar el ejercicio de las funciones en materia de evaluación del impacto ambiental a ser transferidas al SENACE, en el marco del SEIA; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29968, Ley de Creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para la Inversiones Sostenibles–SENACE; y, el Decreto Supremo Nº 003-2013-MINAM; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación del Cronograma de Transferencia de Funciones de los subsectores Turismo, Comunicaciones, Salud y Defensa al SENACE 1.1. Apruébese el Cronograma de Transferencia de Funciones de los subsectores Turismo, Comunicaciones, Salud (excepto residuos sólidos) y Defensa al Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE, en el marco de la Ley Nº 29968, de acuerdo al siguiente detalle: AUTORIDAD SECTORIALSUBSECTORFECHA DE INICIO DEL PROCESO DE TRANSFERENCIA Ministerio de Comercio Exterior y TurismoTurismo Primer Trimestre del año 2023 Ministerio de Transportes y ComunicacionesComunicaciones Segundo Trimestre del año 2023 Ministerio de Salud Salud Tercer Trimestre del año 2023 Ministerio de DefensaDefensa Cuarto Trimestre del año 2023 1.2. La citada transferencia de funciones comprende: a) La revisión y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental Detallados, sus modi fi caciones bajo cualquier modalidad, actualizaciones, solicitudes de clasi fi cación, Términos de Referencia, Plan de Participación Ciudadana y demás actos o procedimientos vinculados a las acciones antes señaladas, incluyendo el acompañamiento en la elaboración de Línea Base. b) La administración del “Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios Ambientales”, del “Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios de Impacto Ambiental” o de cualquier otro registro de