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11 NORMAS LEGALES Lunes 26 de julio de 2021 El Peruano / DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban el documento Lineamientos estratégicos para la promoción de la Juventud Rural en el desarrollo de la Agricultura Familiar RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0205-2021-MIDAGRI Lima, 23 de julio de 2021CONSIDERANDO:Que, artículo 6 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego establece que en el ejercicio de sus funciones generales, promueve la competitividad, la innovación, la inclusión y la diversi fi cación productiva, impulsando un enfoque de gestión integral del territorio para lograr un desarrollo agrario y de riego sostenible y competitivo, buscando la e fi ciencia administrativa y priorizando el servicio a la agricultura familiar; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI se aprobó la Política Nacional Agraria 2021-2030, como el principal instrumento de orientación estratégica de mediano y largo plazo en materia agraria y de cumplimiento obligatorio por el Gobierno Nacional, por los Gobiernos Regionales y por los Gobiernos Locales; destacando que el lineamiento 3 del objetivo prioritario 1: Desarrollar programas de fortalecimiento de capacidades productivas y comerciales para los productores agrarios familiares (en transición y consolidados) y productores agrarios empresariales; y el lineamiento 4 del objetivo prioritario 2: Incrementar las capacidades técnicas de los productores agrarios familiares de subsistencia; promueve la capacitación de las mujeres y los jóvenes rurales para desarrollar emprendimientos rurales en forma sostenible para cuya implementación se formula un documento para la promoción de la Juventud Rural en el desarrollo de la agricultura familiar; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2019-MINAGRI se aprobó el Plan Nacional de Agricultura Familiar 2019-2021, cuyo objetivo es mejorar los ingresos de los productores y productoras de la agricultura familiar de manera sostenible; resaltando que en el Lineamiento 4 sobre la integración de la Agricultura Familiar a los mercados, se propone como acción estratégica la Reducción de la brecha de acceso a los mercados y compras públicas por parte de los agricultores y agricultoras familiares, a partir de la provisión de asistencia técnica, elaboración y ejecución de planes de negocios, desarrollo de infraestructura de conectividad rural, acceso a servicios fi nancieros (de crédito y ahorro formal), así como al sistema de información de mercados; y el lineamiento 9 sobre la Gestión del conocimiento e innovación, se propone la acción estratégica Masi fi cación de modelos de asistencia técnica y capacitación horizontal (yachachiq, kamayoq, Escuelas de Campo) que promuevan el intercambio de conocimientos y aprendizajes entre los agricultores y agricultoras familiares de diversas zonas y regiones, así como en materia pecuaria con énfasis en el manejo del ganado y pasturas; involucran acciones de capacitación e incorporación de los pequeños productores, especialmente jóvenes y mujeres al fortalecimiento de las cadenas de valor con productos de la agrobiodiversidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2015-MINAGRI se aprobó la Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021, cuyo objetivo general es orientar y organizar la intervención integral del Estado a favor del logro de resultados en los agricultores y agricultoras familiares. Sobre la base del uso sostenible de los recursos naturales y, en el marco de los procesos de desarrollo e inclusión social en bene fi cio de la población rural; destacando el objetivo especí fi co 1: promover el acceso oportuno, equitativo y de calidad de los agricultores y agricultoras familiares a factores de producción, servicios y bienes públicos, así como el manejo sostenible de los recursos; y del objetivo especí fi co 2: Fortalecer la gestión de conocimientos y capacidades a fi n que se garantice la sostenibilidad de las oportunidades de desarrollo de los agricultores y agricultoras familiares y se reconozca el rol de las agricultoras en la Agricultura Familiar; Que, por O fi cio Nº 356-2021-MIDAGRI-DVPSDA/ DGPA-DIPNA de la Dirección General de Políticas Agrarias remite el Informe Nº 0294-2021-MIDAGRI-DVPSDA-DGPA/DIPNA de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria, mediante el cual se emite la opinión favorable sobre la propuesta del documento Lineamientos estratégicos para la promoción de la Juventud Rural en el desarrollo de la Agricultura Familiar; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorando Nº 1059-2021-MINAGRI-SG/OGPP hace suyo y remite el Informe Nº 195-2021-MIDAGRI-SG/OGPP-OPLA de la O fi cina de Planeamiento, en el cual mani fi esta su conformidad sobre el documento denominado Lineamientos estratégicos para la promoción de la Juventud Rural en el desarrollo de la Agricultura Familiar; Que, en consecuencia, en atención a los considerandos precedentes y a fi n de su adecuada implementación, resulta necesario se apruebe el documento Lineamientos estratégicos para la promoción de la Juventud Rural en el desarrollo de la Agricultura Familiar por este Sector, en uso de la función rectora en materia agraria del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a que hace referencia la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, de la Dirección General de Políticas Agrarias, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI que aprueba la Política Nacional Agraria 2021 – 2030; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021- MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el documento Lineamientos estratégicos para la promoción de la Juventud Rural en el desarrollo de la Agricultura Familiar, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, y en el mismo día, la publicación de dicha Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri). Regístrese, comuníquese y publíquese. FEDERICO TENORIO CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 1976379-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Gobierno Regional del departamento de Piura y de diversos Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 DECRETO SUPREMO Nº 200-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 1 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario