TEXTO PAGINA: 63
63 NORMAS LEGALES Sábado 19 de junio de 2021 El Peruano / DNI, correo electrónico, número de contacto, indicar los documentos que se adjuntan. b) Croquis de Ubicación del predio en solicitud.c) Declaración Jurada bajo responsabilidad y sanción de nulidad, de no tener proceso judicial o extrajudicial ni reclamo alguno sobre posesión con la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, con la entidad propietaria o con terceros, que perturbe la posesión pací fica; firmada por el solicitante y legalizada la firma ante Notario público. (ANEXO Nº 01). d) Constancia de Vivencia otorgada por la Junta Directiva vigente a la fecha de presentación que acreditara indubitablemente la posesión actual o Acta de Constatación Policial de Posesión, suscrita en ambos casos por todos los colindantes del predio e) Pago por derecho de trámite: S/. 57.80 (Cincuenta y siete soles con ochenta céntimos). Artículo Sexto.- PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE CONSTANCIA DE POSESIÓN PARA SERVICIOS BÁSICOS. 1. El solicitante debe presentar los requisitos enumerado en el Artículo Quinto de la presente ordenanza a través de Mesa de Partes de la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo, el cual posteriormente deberá remitir el Expediente a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro. 2. El personal técnico de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro procederá revisar la documentación adjunta al expediente y veri ficara si se cumple con las condiciones para el otorgamiento de la Constancia de Posesión para servicios básicos. Posteriormente realizará la Inspección Ocular correspondiente para la toma de fotografía que colocará en su informe técnico y deberá levantarse un Acta de Veri ficación de posesión efectiva del predio suscrito por el titular del mismo, por todos los colindantes del predio y el personal técnico avalado por el funcionario responsable de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro. En caso de existir observaciones se comunicará las mismas al administrado mediante una carta, para la subsanación de estas dentro de un plazo de 15 días, de acuerdo a lo establecido en el Texto único Ordenado (TUO) de la Ley Nº27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, con posibilidad de pedir ampliación de plazo según sea el caso. 3. La Subgerencia de Obras Privadas y Catastro será quien aprobé el expediente la misma que concluirá con la emisión de la constancia. En el caso de que se desapruebe el expediente se emitirá una resolución y que sobre el mismo proceden los recursos impugnatorios correspondientes según el TUO de la Ley Nº27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General. Artículo Séptimo.- CAUSALES PARA DENEGAR EL OTORGAMIENTO DE LA DE CONSTANCIA DE POSESIÓN PARA SERVICIOS BÁSICOS. La Constancia de Posesión no se otorgará a los posesionarios, en los siguientes casos: a) Que, el Lote por el cual solicita Constancia de Posesión no se encuentre dentro de del Plano de Lotización aprobado por ésta Municipalidad. b) Que, el Lote se ubique en:- Zonas de alto o muy alto riesgo no mitigable; - Cauces de las riberas del río;- ocupando faja marginal o zonas inundables;- Derecho de vía de la red vial del Sistema Nacional de Carreteras; - Ocupando vías metropolitanas consideradas en la Ordenanza Nº 341-MML y vías públicas que cuenten con saneamiento a través de COFOPRI o Habilitaciones Urbanas aprobadas; - Áreas Naturales protegidas: zonas catalogadas como ecosistema Frágil de Lomas Costeras aprobadas con Resolución del Ministerio Agricultura y Riego; - Zonas que cuenten con Saneamiento Físico Legal destinado a Otros Usos como: Áreas educativas, de Salud, Zonas de Recreación Pública, Zonas Deportivas y otros equipamientos urbanos;- Ubicados en Zonas arqueológicas o los que se constituyan patrimonio cultural de la Nación, previa opinión del Ministerio de Cultura; - Se encuentren dentro de las distancias mínimas a redes eléctricas e instalaciones debajo de la franja de servidumbre de alta tensión, indicadas en el D.S. Nº 009- 93-EM, Reglamento de la Ley de Concesiones eléctricas y el Código Nacional de Electricidad. c) Además, no se otorgarán Constancia de Posesión en los siguientes casos: - Exista proceso judicial en trámites en el cual se esté discutiendo la propiedad o la posesión del predio materia de la solicitud de Constancia de Posesión. - Que, el predio actualmente se encuentre desocupado o sea un Lote baldío. - Que, el predio ya cuente con servicios básicos. Artículo Octavo.- Una vez que entre en vigencia la presente Ordenanza que Regula la Constancia de Posesión para Servicios Básicos; la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro solicitará a la Gerencia de Desarrollo Social (en físico y en digital) la relación de Juntas Directivas reconocidas por ésta Municipalidad, debiendo indicar el número de Resolución de reconocimiento, nombre completo del Presidente, y su periodo de vigencia de reconocimiento, a fin de que el técnico (s) de Obras Privadas pueda revisar la Constancia de Vivencia adjunta por el recurrente en el pedido de Constancia de Posesión. Artículo Noveno.- PLAZOS PARA LA EVALUACIÓN: El plazo para la atención de Constancia de Posesión para servicios básicos es de 30 días hábiles. Considerar que los plazos se interrumpen. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza, es de seis (06) meses, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O ficial “El Peruano”. La ampliación de ésta Ordenanza podrá darse por el Consejo previa evaluación de los resultados favorables obtenidos de la presente Ordenanza. Segundo.- SUSPENDER la vigencia del Artículo Cuarto, numeral 2 y 4 de la Ordenanza Nº 233-MDC, en lo que refiere especí ficamente a Visaciones de Planos de Trazado y Lotización y Otorgamiento de Constancia de Posesión, hasta el término de plazo de la vigencia de la presente Ordenanza. Tercero.- ENCARGAR el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro y Sub Gerencia de Gestión de Riesgos y Desastres e Inspecciones Técnicas de Seguridad en edi ficaciones. Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O ficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDWIN SUBILETI ARECHE Alcalde ANEXO Nº 01 DECLARACIÓN JURADA DE NO TENER PROCESO JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL NI RECLAMO ALGUNO SOBRE POSESIÓN CON LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA, CON LA ENTIDAD PROPIETARIA O CON TERCEROS Yo,............................................................................................................. identi fi cado con DNI/CE Nº ......................................................... y con domicilio en la Manzana: ......................... Lote: ....................... de la ...................................................................................... del Distrito de Cieneguilla, Provincia y Departamento: Lima.