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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (19/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Sábado 19 de junio de 2021 El Peruano / NºNombre de los administradosNúmero de Resolución JefaturalFecha de la ResoluciónDecisiónCuantía de la sanción (de ser el caso) 8CARLOS ALBERTO VALDIVIA MONTOYAResolución Jefatural Nº 000087-2021-JN/ONPE02/04/2021 SANCIÓN 10 UIT 9ARMANDO MANUEL LEZANO CARREÓNResolución Jefatural Nº 000093-2021-JN/ONPE09/04/2021 SANCIÓN 10 UIT 10REYNERIO TEJADA ROJASResolución Jefatural Nº 000123-2021-JN/ONPE24/05/2021 SANCIÓN 10 UIT Artículo Segundo.- PRECISAR que las resoluciones a las que se han hecho mención en el artículo precedente, se encuentran disponibles en el portal institucional www.onpe.gob.pe. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “ El Peruano” ; en el portal institucional www.onpe.gob.pe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (03) días posteriores a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELAR JUAN BOLAÑOS LLANOS Secretario General 1964883-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan la gratuidad hasta la meta de ciento veinte mil procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales- RUIPN para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad, que se gestionen en campañas o jornadas de documentación hasta el 31 de diciembre del 2021, y emiten otras disposiciones RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000127-2021/JNAC/RENIEC Lima, 18 de junio de 2021 VISTOS: Los Informes Nº 000003-2021/GRIAS/RENIEC (12MAY2021) y Nº 000004-2021/GRIAS/RENIEC (26MAY2021) y la Hoja de Elevación Nº 000073-2021/GRIAS/RENIEC (01JUN2021) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Memorando Nº 001211-2021/GPP/RENIEC (31MAY2021) de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Nº 000081-2021/GPP/SGPL/RENIEC (28MAY2021) de la Sub Gerencia de Plani fi cación de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe N° 01004-2021/ GPP/SGP/RENIEC (28MAY2021) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Memorando Nº 000251-2021/GG/RENIEC (05JUN2021) de la Gerencia General; el Informe Nº 000072-2021/GAJ/RENIEC (16JUN2021) y la Hoja de Elevación Nº 000440-2021/GAJ/RENIEC (16JUN2021) de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil-RENIEC es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del RENIEC mantener actualizado el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad; Que el derecho a la identidad, consagrado por la Constitución Política del Perú como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identi fi cación que los individualice de los demás; Que por diversos factores de orden estructural, económico, normativo, sociocultural o geográ fi co, no todos los nacionales acceden a dichos documentos, situación que acentúa su exclusión social y vulnerabilidad, generando a la ciudadanía severos inconvenientes para el pleno ejercicio de sus derechos y para la realización de actos jurídicos, comerciales, administrativos; incluso para acreditar su identidad ante diversas dependencias del Estado y del sector privado; Que asimismo, en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el RENIEC desde el año 2003, viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del documento nacional de identidad, las mismas que han bene fi ciado a aquellos grupos vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros; Que mediante Decreto de Urgencia Nº 046-2021, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 20 de mayo de 2021, se dispusieron medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera que permitan, en el presente año fi scal, ampliar la cobertura universal en salud, de manera inmediata, con el objetivo de asegurar la protección de toda la población que enfrente algún evento negativo y no cuente con un seguro de salud, en el marco de la Emergencia Sanitaria por la COVID-19; Que el numeral 3.4 del artículo 3° del Decreto de Urgencia citado precedentemente, establece que en un plazo máximo de quince (15) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia, el Seguro Integral de Salud-SIS y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, suscribirán un convenio específico en el marco del Aseguramiento Universal en Salud y del Programa Presupuestal 079: Acceso de la Población a la Identidad a cargo del RENIEC, con el objetivo de formular un plan de acceso a la identidad y afiliación al Seguro Integral de Salud a la totalidad de la población de las comunidades nativas amazónicas y altoandinas que, a la fecha de entrada en vigencia del referido Decreto de Urgencia, se encuentren sin identificación, el mismo que incluirá la transferencia de información del RENIEC al SIS de personas que acceden a la identificación, en el marco del presente artículo, para su afiliación automática al SIS; Que asimismo, el numeral 3.7 del citado artículo 3°, autoriza al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a fi nanciar la emisión gratuita del Documento Nacional de Identidad – DNI, a favor de la población vulnerable descrita, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que por otro lado, el referido Decreto de Urgencia Nº 046-2021, en su numeral 3.6 del citado artículo 3º, establece que se autoriza, durante el año fi scal 2021, al Seguro integral de Salud -SIS a efectuar como parte de las acciones de a fi liación a la población vulnerable, el pago de viáticos y gastos de transporte del personal del RENIEC; Que mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social señala que