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64 NORMAS LEGALES Domingo 20 de junio de 2021 El Peruano / 2. PARTE II • INSTRUMENTOS DE ORDENAMIENTO URBANO • ZONIFICACION YUSO DE SUELOS.• EQUIPAMIENTO URBANO.• SISTEMA VIAL• SEGURIDAD FISICA ANTE DESASTRES• PROTECCION AMBIENTAL 3. BANCO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN.a. PROGRAMA 1: DESARROLLO SOCIAL b. PROGRAMA 2: DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVAc. PROGRAMA 3: DESARROLLO URBANOd. PROGRAMA 4: GESTIÓN AMBIENTALe. PROGRAMA 5: GESTIÓN DE RIESGO ANEXOS.Artículo Tercero.- APROBAR el área del ámbito del estudio de acuerdo al plano cuyas COORDENADAS UTM WGS 84, Zona 19 L SUR, y áreas son: VÉRTICE ESTE NORTE P1 332810.260 8584628.620P2 332810.253 8586628.667 P3 333810.270 8586628.670 P4 333810.270 8587128.680P5 335810.310 8587128.680P6 335810.310 8584628.630 Área: 700.02800 ha Perímetro: 11000.21 ml Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza tendrá una vigencia de diez (10) años conforme al Artículo 47º del Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, después del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y archívese.REYNALDO RIVAS DÁVILA Alcalde 1964563-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Aprueban el Plan Vial Provincial Participativo 2021 - 2025 de la Provincia Mariscal Nieto ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2021-MPMN Moquegua, 25 de marzo de 2021EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”: VISTO, en “Sesión Ordinaria” de fecha 24-03-2021, el Dictamen Nº 004-2021-COPP-MPMN de Registro Nº 2106324 de fecha 12-03-2021, Informe Legal Nº 236-2021-GAJ/GM/MPMN de Registro Nº 2105127 de fecha 26-02-2021 sobre el Plan Vial Provincial Participativo 2021-2025 de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título preliminar de la Ley Nº 27972;Que, con Resolución Ministerial Nº 904-2017- MTC/01.02 se aprueba la Metodología para la elaboración de Planes Viales Provinciales Participativos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de gestión de Infraestructura Vial, que tiene por objeto, entre otros, de de fi nir las pautas para las normas técnicas de diseño, construcción y mantenimiento de carreteras, caminos y vías urbanas; Que, el numeral 4.2), del Artículo 4º, del antes citado cuerpo de Ley, establece que las autoridades competentes para la aplicación de dicho Reglamento, de conformidad con los niveles de gobierno que corresponde a la Organización del Estado, son las siguientes: (...) c) los Gobiernos Locales a través de las Municipalidades Provinciales, a cargo de la gestión de la infraestructura vial, preceptúa que, los Planes de Desarrollo a corto, mediano y largo plazo del Sistema Nacional de Carreteras son efectuados por: c) los Gobiernos Locales Provinciales quienes elaboran los Planes Viales de la Red Vial o Rurales en concordancia con el Plan Vial Nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2011-MTC se aprueba la Matriz de delimitación de Competencias y Distribución de Funciones de los Sectores Transportes y Comunicaciones, en los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, estableciendo en su punto IV), 8) respecto a políticas, normatividad y regulación, que los Gobiernos Locales, tienen la atribución de formular y aprobar la política local de infraestructura vial, de conformidad con la política Nacional y Regional; Que, mediante Informe Nº 080-2021-GPP-GM/MPMN de fecha 01-02-2021 la Gerente de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto y además Coordinadora Técnica del PVPP designada mediante Resolución de Alcaldía Nº 0481-2019-A/MPMN de fecha 07-11-2019, del cual reitera la aprobación del citado Plan Vial por el Pleno del Concejo, en ese sentido indica que en el referido Convenio en el numeral 7.10 corresponde enviar a PROVIAS DESCENTRALIZADO, la Ordenanza Municipal que aprueba el PVPP y luego será publicado en la página web de la municipalidad; POR CUANTO: El Concejo Provincial de Mariscal Nieto, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modi fi cada por Ley Nº 27680 de fecha 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 de fecha 26-05-2003 y Ley Nº 8230 de fecha 03-04-1936, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 24-03-2021, se aprobó por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal y con la Dispensa del trámite de Lectura y aprobación del acta; la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN VIAL PROVINCIAL PARTICIPATIVO DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO 2021-2025 Artículo Primero.- APROBAR; el “PLAN VIAL PROVINCIAL PARTICIPATIVO 2021 - 2025, DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO”, el cual consta de 03 PARTES y 10 CAPITULOS, presentado por el Equipo Técnico mediante Acta de fecha 28 de diciembre del 2020, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- DISTRIBUIR un ejemplar en CD del “PLAN VIAL PROVINCIAL PARTICIPATIVO 2021 - 2025, DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO” a cada Municipalidad Distrital, para que sirva de base en la intervención y formulación de estudios técnicos en materia de la jurisdicción de cada Distrito. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y al Gerente de Planeamiento y Presupuesto, su monitoreo y seguimiento. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde 1964614-1