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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (20/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Domingo 20 de junio de 2021 El Peruano / Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zoni fi cación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911; Que, mediante Ordenanza N° 1082, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18 de octubre del 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo de los Distritos de La Victoria y San Luis, que son parte del Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana; Que, con expediente Nº 371164-2019 de fecha 28 de octubre de 2019, la Asociación de Comerciantes Mercado Modelo García Naranjo, representada por la señora Lidia Ana Salinas Caballero, identi fi cada con DNI N° 07396407, solicita Cambio de Zoni fi cación de Vivienda Taller (VT) a Comercio Zonal (CZ), para el terreno de 740.59 m2, ubicado en el Jr. García Naranjo N° 381-387-391-395, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, al amparo de lo establecido en la Ordenanza N° 2086, norma que regula el cambio de zoni fi cación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza Nº 1911; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante O fi cio N° 1446-2019-MML-GDU-SPHU de fecha 26 de noviembre del 2019, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de La Victoria, que en uso de sus competencias aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente, dentro del plazo de 30 días, vencido dicho plazo, sin haber obtenido respuesta, se entiende como opinión favorable; en virtud a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ordenanza N° 2086, no obteniéndose la respuesta requerida por parte de la Municipalidad distrital; Cabe indicar que, fuera del plazo la Municipalidad Distrital de La Victoria, remite con O fi cio N° 007-2020- GDU/MLV de fecha 16 de enero de 2020, el Acuerdo de Concejo N° 004-2020/MLV de fecha 15 de enero de 2020, que declara favorable la Petición de Cambio de Zoni fi cación de Vivienda Taller (VT) a Comercio Zonal (CZ), del predio ubicado en el Jr. García Naranjo N° 381-387-391-395, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima; Que, el Instituto Metropolitano de Plani fi cación, mediante el Informe CEZ N° 038-2020-MML-IMP-DE/DGPT de fecha 22 de julio de 2020, emite opinión favorable al pedido de cambio especí fi co de zoni fi cación de Vivienda Taller (VT) a Comercio Zonal (CZ) para el predio ubicado en el Jr. García Naranjo N° 381-387-391-395, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Informe N° 229-2020-MML-GDU-SPHU-DP de fecha 21 de julio de 2020 de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, concluye en declarar VIABLE el cambio de zoni fi cación a Comercio Zonal – CZ, haciendo extensivo a dicho cambio sobre el Jr. García Naranjo, en el tramo comprendido desde la Av. Iquitos hasta el Jr. Andahuaylas, sobre la zoni fi cación vigente de VT proponiendo el cambio a CZ; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 097-2020-MML-CMDUVN, de fecha 29 de julio de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACION DEL DISTRITO DE LA VICTORIA Y SAN LUIS APROBADO POR ORDENANZA N° 1082 Artículo 1.- Aprobar la Modificación del Plano de Zonificación del distrito de La Victoria y San Luis, aprobado mediante Ordenanza N° 1082, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de octubre del 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de los Distritos de La Victoria y San Luis, de Vivienda Taller (VT) a Comercio Zonal (CZ), para el terreno de 740.59 m2, ubicado en el Jr. García Naranjo N° 381-387-391-395, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, haciendo extensivo para ambos frentes del Jr. García Naranjo comprendidos entre la Av. Iquitos y el Jr. Andahuaylas, solicitado la Asociación de Comerciantes Mercado Modelo García Naranjo, representada por la señora Lidia Ana Salinas Caballero, a través del expediente Nº 371164-2019, conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación del distrito de La Victoria, la modi fi cación aprobada en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo 3.- Notifi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de La Victoria, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1964775-5 MUNICIPALIDAD DE ATE Autorizan la realización del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2021 en el Distrito de Ate DECRETO DE ALCALDÍA N° 014 Ate, 18 de junio de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe N° 258-2021-MDA/SG-OREC de la Ofi cina de Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de Ate; el Informe Nº 362-2021-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedad, de conformidad con lo expuesto en el artículo 4º de la Constitución Política del Perú; Que, el Código Civil en su artículo 233° establece que la regularización jurídica de la familia tiene por fi nalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento en