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156 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de junio de 2021 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban el Dictamen N° 001-2021-GRU- CR-CAL, que declara procedente la modificación del Artículo Primero del Acuerdo Regional N° 021-2021-GRU-CR ACUERDO REGIONAL Nº 059-2021-GRU-CR Pucallpa, diez y nueve de mayo de dos mil veinte y uno. POR CUANTO:Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización – Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, modi fi cado por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”. Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley antes citada, señala que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de mayo de 2021, ingresa el O fi cio Nº 003-2021-GRU-CR-CAL., de fecha 14 de mayo de 2021, que adjunta el Dictamen Nº 001-2021-GRU-CR-CAL., remitido por el Abogado Albares García Laureano - Presidente de la Comisión de Asuntos Legales del Consejo Regional, que Declara en su Artículo Primero: Procedente la solicitud realizada por el Gobernador Regional de Ucayali – señor Francisco Antonio Pezo Torres, sobre la modi fi cación del Artículo Primero del Acuerdo Regional Nº 021-2021-GRU-CR, de fecha 29 de enero de 2021, en el extremo que autoriza al Gobernador Regional la Transferencia Interestatal a Título Gratuito del Predio denominado “Fundo Acesita”, inscrita en la Partida Registral Nº 40000464 de la O fi cina Registral de Pucallpa – Zona Registral Nº IV – Sede Pucallpa, con una área total 51 Ha 3.323 Ha 3.323 m2., a favor del Ministerio de la Producción, para la ejecución del Proyecto “Parque Industrial de Pucallpa”; por lo que, se dispuso pasar a la estación Orden del Día. Que, mediante Acuerdo Regional Nº 021-2021-GRU- CR, de fecha 29 de enero de 2021, se autorizó al Gobernador Regional de Ucayali – señor Francisco Antonio Pezo Torres, la Transferencia Interestatal a Título Gratuito el Predio denominado “Fundo Acesita”, inscrita en la Partida Registral Nº 40000464 de la O fi cina Registral de Pucallpa – Zona Registral – Sede Pucallpa, con un área de 49 Ha 3,652 m2, a favor del Ministerio de la Producción, para la ejecución del Proyecto “Parque Industrial de Pucallpa”. Que, mediante O fi cio Nº 00000067-2021-PRODUCE/ OGA, de fecha 19 de marzo de 2021, el Director de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción, solicita la Trasferencia de las 51 Ha 3,333 m2, inscrita en la Partida Registral Nº 40000464 de la Ofi cina Registral de Pucallpa – Zona Registral – Sede Pucallpa, del Predio denominado “Fundo Acesita”.Que, mediante Informe Legal Nº 006-2021-GRU- ORAJ/RDCSH, de fecha 06 de abril de 2021, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, concluye que de acuerdo a las funciones y competencias del Consejo Regional, se apruebe la modi fi cación del Artículo Primero del Acuerdo Regional Nº 021-2021-GRU-CR de fecha 29 de enero de 2021, en el extremo en modi fi car el área transferido de 49 ha 3,652 m2 por 51 Ha 3,323 m2, conforme a lo solicitado por el Ministerio de la Producción, mediante O fi cio Nº 00000067-2021-PRODUCE/OGA, debiendo quedar modi fi cado como sigue: Artículo Primero: AUTORIZAR al Gobernador Regional de Ucayali – señor Francisco Antonio Pezo Torres, la Transferencia Interestatal a Título Gratuito del Predio denominado “Fundo Acesita”, inscrita en la Partida Registral Nº 40000464 de la O fi cina Registral de Pucallpa – Zona Registral Nº IV – Sede Pucallpa, con una área Total 49 Ha 3.652 m2., a favor del Ministerio de la Producción, para la ejecución del Proyecto “Parque Industrial de Pucallpa”. DEBE DECIR: Artículo Primero: AUTORIZAR al Gobernador Regional de Ucayali – señor Francisco Antonio Pezo Torres, la Transferencia Interestatal a Título Gratuito del Predio denominado “Fundo Acesita”, inscrita en la Partida Registral Nº 40000464 de la O fi cina Registral de Pucallpa – Zona Registral Nº IV – Sede Pucallpa, con una área Total 51 Ha 3.323 m2., a favor del Ministerio de la Producción, para la ejecución del Proyecto “Parque Industrial de Pucallpa” Que, mediante Opinión Legal Nº 0008-2021-GRU- CR/AL-SVCA, de fecha 13 de mayo de 2021, la Abogada IV Sandra Valeria Corrales Acho, Declara Procedente lo solicitado por el Gobernador Regional de Ucayali – señor Francisco Antonio Pezo Torres, sobre modi fi car el Artículo Primero del Acuerdo Regional 021-2021-GRU-CR, de fecha 29 de enero de 2021, en el extremo del área a transferir a Título Gratuito del Predio denominado “Fundo Acesita” debe ser 51 Ha. 3,323 m2., y no 49 Ha 3,652 a favor del Ministerio de la Producción, para la ejecución del proyecto “Parque Industrial de Pucallpa”. Que, mediante Dictamen Nº 001-2021-GRU-CR-CAL, de fecha 14 de mayo de 2021, elaborado por la Comisión de Asuntos Legales del Consejo Regional de Ucayali, integrada por los Consejeros Regionales Abogado Albares García Laureano, Licenciado en Administración Land Barbaran La Torre y señora Jessica Lizbeth Navas Sánchez, Declaran Procedente la Solicitud de Modi fi cación del Artículo Primero del Acuerdo Regional Nº 021-2021-GRU-CR, de fecha 29 de enero de 2021, en el extremo del área a Transferir a Título Gratuito a favor del Ministerio de la Producción, es de 51 Ha 3,323 m2 y no 49 Ha 3,652 m2, para la ejecución del Proyecto “Parque Industrial de Pucallpa”. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de mayo de 2021, celebrada de manera virtual desde el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac Nº 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Unanimidad, se aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero: APROBAR el DICTAMEN Nº 001-2021-GRU-CR-CAL elaborado por la Comisión de Asuntos Legales del Consejo Regional, que Declara Procedente la Modi fi cación del Artículo Primero del