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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (23/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 152

152 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de junio de 2021 El Peruano / Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1965659-1 Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Irazola - Padre Abad RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 891-2021-MP-FN Lima, 22 de junio de 2021VISTO Y CONSIDERANDO:El ofi cio Nº 258-2021-MP-FN-PJFSUCAYALI, suscrito por el abogado Ricardo Pablo Jiménez Flores, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, mediante el cual se eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Irazola - Padre Abad, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa veri fi cación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Nombrar al abogado Eduardo Félix Durand Yufra, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Irazola - Padre Abad. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1965660-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Aprueban la modificación de la conformación de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica de la Región Huancavelica ORDENANZA REGIONAL Nº 453-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 22 de enero del 2021.POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: APROBAR LA MODIFICACIÓN DE LA CONFORMACIÓN DELA COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA DE LA REGIÓN HUANCAVELICA. VISTO: En Sesión del Consejo Regional Huancavelica, realizado el día veinte dos de enero del dos mil veintiuno, el O fi cio Nº 121-2020/GOB.REG.HVCA/CR-H/TYQG DE FECHA 21 de diciembre del 2020 mediante el cual remite el proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la modi fi cación de la conformación dela Comisión Técnica Regional de Zoni fi cación Ecológica y Económica de la Región de Huancavelica y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 22) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene el derecho fundamental de gozar de un ambiente equilibrado y adecuado a su desarrollo de vida; que, asimismo, en el artículo 67º determina que el Estado promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, señala que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones, asimismo el artículo 192º establece los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 6º de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, establece como uno de los objetivos de la descentralización, a nivel ambiental el ordenamiento territorial y del entorno ambiental, desde los enfoques de la sostenibilidad del desarrollo y asimismo la gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental; Que, el artículo 13º de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas. Que, el numeral 11) del artículo 8º establece de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 como principio rector de las políticas y la gestión regional que las políticas regionales deben guardar concordancia con las políticas nacionales de Estado; Que, conforme al literal a) del artículo 53º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales tienen como función formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; Que, el artículo 1º del Reglamento de la Zoni fi cación Ecológica y Económica, aprobado por Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM, establece que la Zoni fi cación Ecológica y Económica - ZEE, es un proceso dinámico y fl exible para la identi fi cación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales. Una vez aprobada la ZEE se convierte en un instrumento técnico y orientador del uso sostenible de un territorio y de sus recursos naturales; Que, el artículo 16º del mencionado Reglamento, establece que cada proceso de Zoni fi cación Ecológica y Económica - ZEE desarrollado en el ámbito regional requiere la conformación de una Comisión Técnica y en el artículo 17º del mismo dispositivo legal se establecen sus funciones;