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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (30/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de junio de 2021 El Peruano / destinados solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia conforme al mencionado artículo; Que, con fecha 31 mayo de 2021 el MINEM y el Gobierno Regional de Lima suscribieron un Convenio de Cooperación para el Fortalecimiento del Proceso Formalización Minera Integral, con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al referido Gobierno Regional, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o la que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en asuntos mineros de dicho Gobierno Regional a fi n de que cuente con recursos económicos que le permitan continuar con el proceso de formalización minera integral; Que, en virtud del numeral 8.1 de la Cláusula Octava del referido Convenio, el MINEM se compromete a transferir la suma ascendente a S/ 252 789,00 (Doscientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y nueve con 00/100 soles), al Gobierno Regional de Lima, para ser destinada al proceso de formalización minera integral; Que, a través del Informe Nº 0245-2021-MINEM/ DGFM la Dirección General de Formalización Minera sustenta la necesidad de realizar la transferencia del monto ascendente a S/ 252 789,00 (Doscientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y nueve con 00/100 soles), que corresponde al importe total señalado en el Convenio; indicando además que la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima, remite mediante Ofi cio Nº 099-2021-GRL-GRDE-DREM el plan de trabajo para el presente año, el mismo que será fi nanciado con los mencionados recursos; Que, a través de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2021-00380-003 con Registro Nº SIAF 0000000885, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto certi fi ca la existencia de recursos presupuestales por el monto S/. 6´000,000.00 (Seis millones y 00/100 soles), para los Convenios de cooperación con los gobiernos regionales para el fortalecimiento del proceso de formalización; Que, mediante el Informe Nº 109-2021-MINEM-OGPP/ OPRE la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para efectuar transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales, previo convenio, hasta por la suma de S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles); Que, con Informe Nº 098-2021-MINEM-OGA/OFIN, la Ofi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, señala que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos presupuestales y fi nancieros hasta por la suma de S/ 252 789,00 (Doscientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y nueve con 00/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos presupuestales del MINEM a favor del Gobierno Regional de Lima, hasta por la suma de S/ 252 789,00 (Doscientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y nueve con 00/100 soles); De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de Recursos Directamente Recaudados del Pliego Nº 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Lima Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Lima, por la suma de S/ 252 789,00 (Doscientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y nueve con 00/100 soles), para ser destinados exclusivamente para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo con el siguiente detalle: Gastos Corrientes S/ 242 789,00 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes2.4.1.3.1.2 Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 242 789,00 Gastos de Capital 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital S/ 10 000,00 2.4.2.3.1.2 Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 10 000,00 TOTAL EGRESOS S/ 252 789,00 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará vinculando a la Estructura Funcional Programática (EFP) del Programa Presupuestal (PP) 0126 “Formalización de la pequeña minería y minería artesanal”, según el siguiente detalle: Pliego Unidad EjecutoraUnidad Ejecutora SIAFNº 463 Gobierno Regional de Lima Nº 001 Sede Central - Región LimaNº 01027S/ 252 789,00 Programa Presupuestal Producto Actividad Cuenta RUCNº 0126 Formalización de la pequeña minería y minería artesanalNº 3000658 Mineros FormalizadosNº 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla ÚnicaCuenta Única del Tesoro Público – CUTNº 20530688390 Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1967787-1 Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Loreto, para ser destinados exclusivamente para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2021-MINEM/DM Lima, 29 de junio de 2021VISTOS: El Informe Nº 0244-2021-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; los Informes Nº 109-2021-MINEM-OGPP/OPRE y Nº 099-2021-MINEM-OGA/OFIN de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, respectivamente; y, el Informe Nº 563-2021-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1336, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el proceso de formalización minera integral, señala que el