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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (30/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de junio de 2021 El Peruano / Que, en mérito de lo dispuesto por el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 040-2021, mediante la Resolución Ministerial Nº 154-2021-MINEM/DM, se autorizó la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego Nº 016: Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 9 451 000,00 (Nueve millones cuatrocientos cincuenta y un mil y 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, correspondiendo entre otro, el importe de S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles) para la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante el MTC; Que, asimismo, con fecha 08 de junio de 2021, se suscribió el Convenio de Transferencia Financiera de Recursos y Seguimiento entre el MINEM y el MTC, en adelante el Convenio, con el objeto de viabilizar la transferencia fi nanciera, seguimiento y monitoreo de los recursos autorizados por el Decreto de Urgencia Nº 040-2021, a favor del MTC, destinados a fi nanciar el proyecto de inversión con CUI Nº 2210922 “Mejoramiento de la Carretera Saramiriza – Borja, distrito de Manseriche – Datem del Marañón – Loreto”, por el importe de S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles); Que, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Nº 113-2021/MINEM-OGPP-OPRE opina favorablemente desde el punto de vista presupuestal, señalando que la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2021, cuenta con los recursos presupuestales en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, hasta por la suma de S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles), para fi nanciar la transferencia fi nanciera a favor del MTC, establecida en la Cláusula Sétima del Convenio, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 040-2021; Que, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, con fecha 18 de junio de 2021, aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 20210-01325-001 (Nº SIAF 0000001320) por el importe de S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles), para efectuar la transferencia de recursos a favor del MTC, destinados a fi nanciar el proyecto de inversión con CUI Nº 2210922 “Mejoramiento de la Carretera Saramiriza – Borja, distrito de Manseriche – Datem del Marañón – Loreto”; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, con el Informe Nº 114-2021-MINEM-OGA/OFIN señala que el MINEM dispone de los recursos fi nancieros necesarios en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados así como de los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del MTC, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 040-2021, por lo que resulta pertinente su aprobación; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto de Urgencia Nº 040-2021, Decreto de Urgencia para la dinamización económica para la población del ámbito petrolero en el marco del Plan de Cierre de Brechas de Loreto y ámbito minero de Cusco, Apurímac y Ayacucho, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19; y, el Decreto Supremo Nº 031-2017, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora Nº 001 - Ministerio de Energía y Minas - Central, a favor del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones – Unidad Ejecutora 010-1250: Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado, destinada a fi nanciar el proyecto de inversión con CUI Nº 2210922: “Mejoramiento de la Carretera Saramiriza – Borja, distrito de Manseriche – Datem del Marañón – Loreto” hasta por la suma de S/ 6’000,000.00 (Seis millones con 00/100 soles). Artículo 2.- La transferencia fi nanciera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, según el siguiente detalle: Fuente de Financiamiento : 2. Recursos Directamente Recaudados Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Energía y Minas – Central Gastos de Capital 2.4 Donaciones y Transferencias : S/ 6 000 000,00 Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1967790-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Modifican el Artículo 1 de la R.M. N° 159-2021- MIMP, que conmemora a mujeres peruanas con la “Orden Emérito a las Mujeres del Bicentenario” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 173-2021-MIMP Lima, 28 de junio de 2021Vistos; Nota N° D000497-2021-MIMP-DVMM, del Despacho Viceministerial de la Mujer, el Informe N° D000131-2021-MIMP-DPPDM de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres, la Nota N° D000385-2021-MIMP-DGIGND de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098 y modi fi catoria, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, la cual señala que es un organismo del Poder Ejecutivo rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, con personería jurídica de derecho público que constituye un pliego presupuestal, encargado, entre otros, de establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las mujeres; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 004-2018-MC, se crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, adscrito al Ministerio de Cultura, con el objeto de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, y ejecutar, articular y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración, con alto valor simbólico para el ejercicio de una ciudadanía democrática y de fortalecimiento de la identidad nacional; Que, por Decreto Supremo N° 009-2018-MC, se aprueba la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, actualizada mediante