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104 NORMAS LEGALES Jueves 4 de marzo de 2021 / El Peruano Que, mediante Informe N° 49-2021-OAJ/MVES la Oficina de Asesoría Jurídica, teniendo en consideración lo previsto en la Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, el TUO de la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar aprobado con Decreto Supremo N° 004-2020-MIMP y el Reglamento de la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP, modificado con el artículo 1° del Decreto Supremo N° 004-2019-MIMP, emite opinión legal precisando que resulta legalmente procedente aprobar el Proyecto de “Ordenanza que aprueba el Protocolo Distrital para abordar la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en Villa El Salvador; por lo que debe elevarse el mismo al Concejo Municipal para su aprobación correspondiente, en concordancia con lo previsto en el numeral 26) del artículo 9° y artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a los informes técnicos y legales señalados en los considerandos precedentes, y a lo solicitado por la Gerencia Municipal mediante Memorando Nº 136-2021-GM/MVES, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Pleno del Concejo Municipal aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROTOCOLO DISTRITAL PARA ABORDAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR Artículo Primero. - APROBAR el PROTOCOLO DISTRITAL PARA ABORDAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN VILLA EL SALVADOR, el mismo que consta de nueve (09) acápites y 03 Anexos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social y el Área de la Mujer e Igualdad de Género, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero. - ENCARGAR la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano a la Ofi cina de Secretaría General y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación de la norma aprobatoria y el Protocolo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde 1931791-1 COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe . 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) Ofi cio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones O fi ciales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El o fi cio podrá ser fi rmado digitalmente o con sello y fi rma manual del funcionario autorizado. b) El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga. editoraperu.com.pe/ddjj-plantilla.xlt 2) El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. 3) En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O fi cio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 4) Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 5) La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. 6) Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm. 7) Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES