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25 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de marzo de 2021 El Peruano / modi fi car la “Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 062-2021-VIVIENDA; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Supremo N° 036-2021-PCM, Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado por Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, prorrogado por los Decretos Supremos N° 201-2020-PCM y N° 008-2021-PCM y modifica el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM; y la Resolución Ministerial N° 062-2021-VIVIENDA, que aprueba la “Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación Modi fi car la “Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19”, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 062-2021-VIVIENDA, según el texto que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de ViviendaConstrucción y Saneamiento 1933418-1 Apruébase formatos relativos al Informe Técnico Favorable del Revisor Urbano RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 004-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU Lima, 24 de febrero de 2021CONSIDERANDO:Que, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi ficaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-VIVIENDA, tiene por objeto establecer la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edi ficación; seguimiento, supervisión y fiscalización en la ejecución de los respectivos proyectos, en un marco que garantice la seguridad privada y pública; Que, con Resolución Ministerial Nº 326-2015-VIVIENDA, se aprobaron los formatos relativos a los procedimientos de licencias de habilitación urbana y licencias de edi ficación, derogándose los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), r), s), t), u) del artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 001-2012-VIVIENDA/VMVU, manteniéndose vigentes los literales p) y q) de ésta última, que corresponden a los informes técnicos de habilitación urbana y de licencia de edi ficación, respectivamente, para la modalidad de aprobación C Revisores Urbanos;Que, con Resolución Ministerial Nº 305-2017-VIVIENDA, se aprobó los veintiún (21) formatos y formularios relativos a los procedimientos de licencias de habilitación urbana y licencias de edificación, y se derogó la Resolución Ministerial Nº 326-2015-VIVIENDA; Que, con Decreto Supremo Nº 006-2020-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de los Revisores Urbanos, el cual tiene por objeto regular la actuación del Revisor Urbano en los procedimientos para la obtención de las Licencias de Habilitación Urbana y/o Licencia de Edificación, en las modalidades B, C y D establecidas en el TUO de la Ley Nº 29090; y, según lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, el formato de Informe Técnico Favorable se aprueba mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi ficaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-VIVIENDA; el Reglamento de los Revisores Urbanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2020-VIVIENDA; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi ficado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de formatos Apruébase los formatos relativos al Informe Técnico Favorable del Revisor Urbano, que como Anexos forman parte de la presente Resolución Directoral, de acuerdo al siguiente detalle: ANEXO XXII: Informe Técnico Favorable – Habilitación Urbana. ANEXO XXIII: Informe Técnico Favorable – Edi ficación. ANEXO XXIV: ACUERDO Los citados formatos, así como su versión digital que se emite de forma automática a través del Sistema de Monitoreo de Procedimientos y Licencias Emitidas - SIMPLE, son de uso obligatorio para los actores que intervienen en los procedimientos de aprobación con evaluación previa por los Revisores Urbanos. Artículo 2.- Publicación Publícase la presente Resolución Directoral y sus Anexos, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o ficial El Peruano. Artículo 3.- Descarga de Formatos El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, al día siguiente de efectuada la publicación a que se refiere el artículo precedente, pondrá a disposición de los usuarios los formatos en archivo digital, a través del portal institucional (www.vivienda.gob.pe). Artículo 4.- Autorización Autorízase a las Municipalidades, al Colegio de Arquitectos del Perú y al Colegio de Ingenieros del Perú, a reproducir los formatos a que se re fiere el artículo 1 de la presente Resolución Directoral para distribuirlos al público en general, así como para publicarlos en sus respectivos portales institucionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALEJANDRO RAMIREZ CORZO NICOLINI Director General de Políticas yRegulación en Vivienda y Urbanismo