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12 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de marzo de 2021 / El Peruano través del cual se determina que: i) Las empresas MADERACRE S.A.C y MADERYJA S.A.C, no lograron exportar su producción durante la vigencia del Cupo 2019, por motivos de la pandemia (COVID-19); ii) El SERFOR, en su condición de Autoridad Administrativa CITES, a través de la Dirección de Control para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre y de la o fi cina de enlace SERFOR – Madre de Dios, constató in situ la existencia de madera aserrada de Swietenia macrophylla “Caoba”, correspondiente al Cupo 2019 , que no ha sido exportada; y cuyo volumen asciende a un total de 824.001 m 3; iii) Corresponde autorizar excepcionalmente la exportación de 824.001 m3 de madera aserrada de la especie Swietenia macrophylla “Caoba”, con cargo al Cupo 2019; cuyo volumen correspondiente a cada empresa es: MADERACRE S.A.C, un volumen de 162.665 m 3, y para MADERYJA S.A.C, un volumen de 661.336 m3; y, iv) El plazo de vigencia para la exportación excepcional de los saldos de madera de la especies Caoba correspondiente al Cupo 2019 es hasta el 31 de Agosto de 2021; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal Nº D000085-2021-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ, y bajo el sustento técnico contenido Informe Técnico Nº D000057-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS-DGSPF, concluye que propuesta de autorización excepcional para la exportación de 824.001 m 3 de madera aserrada de la especie Swietenia macrophylla “Caoba”, con cargo al Cupo 2019, se encuentra en el marco de los previsto en los dispositivos legales vigentes; y dentro del ámbito de las competencias otorgadas al SERFOR, en su condición de Autoridad Administrativa CITES; en ese sentido, resulta legalmente viable expedir la Resolución de Dirección Ejecutiva que dispone su aprobación; Con el visado del Director de la Dirección de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, de la Directora General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, y el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar, excepcionalmente, la exportación de 824.001 m 3 (ochocientos veinticuatro con 001/1000 metros cúbicos) de madera aserrada de la especie Swietenia macrophylla “Caoba”, determinado como saldo del Cupo Nacional de Exportación de madera de la especie Swietenia macrophylla King “Caoba” para el año 2019, aprobado con Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 266-2019-MINAGRI-SERFOR-DE; conforme al detalle previsto en el Anexo Nº 1 de la presente Resolución. Artículo 2.- Establecer que el plazo para la exportación del saldo del cupo a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución, es hasta el 31 de agosto de 2021. Artículo 3.- Para la exportación de madera aserrada del saldo del cupo a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución, los titulares deberán obtener el permiso de exportación correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en la legislación forestal y de fauna silvestre vigente. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Diario O fi cial El Peruano, y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (https://www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ALBERTO MURO VENTURA Director Ejecutivo (e)ANEXO Nº 1 Autorización excepcional de exportación de madera aserrada de la especie Swietenia Macrophylla King “Caoba”, con cargo al Cupo Nacional de Exportación de madera de la especie Swietenia macrophylla King “Caoba” para el año 2019, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 266-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Nº Nº Contrato TitularVolumen de madera aserrada de la especia Caoba (m3) 117-TAH/C-J-001-02 17-TAH/C-J-024-0217-TAH/C-J-025-0217-TAH/C-J-026-0217-TAH/C-J-033-0217-TAH/C-J-035-0217-TAH/C-J-036-0217-TAH/C-J-054-02Consolidado MADERACRE conformado por la empresa Maderera Río Acre S.A.C (MADERACRE S.A.C)162.665 m 3 2 17-TAH/C-J-004-02 Empresa Maderera Río Yaveryja S.A.C. (MADERYJA S.A.C)661.336 m3 TOTAL 824.001 m3 1933438-2 ECONOMIA Y FINANZAS Designan miembro del Consejo Fiscal RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 005-2021-EF Lima, 9 de marzo de 2021CONSIDERANDO: Que, el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1276, que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero, establece que el Consejo Fiscal creado mediante la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, es una comisión autónoma, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, cuyo objeto es contribuir con el análisis técnico independiente de la política fi scal, mediante la emisión de opinión no vinculante a través de informes, en materias como la modi fi cación y el cumplimiento de las reglas macro fi scales y de las reglas fi scales de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; proyecciones macroeconómicas contempladas en el Marco Macroeconómico Multianual; evolución de las fi nanzas públicas de corto, mediano y largo plazo; entre otras; Que, el Consejo Fiscal está integrado por al menos tres (3) profesionales independientes de reconocida solvencia moral y amplia experiencia en materia fi scal, designados mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, por un periodo de cuatro (4) años prorrogables por un periodo adicional; Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2019-EF, se prorroga, con e fi cacia anticipada al 4 de diciembre de 2018 y por cuatro (4) años, la designación de la señora Carolina Trivelli Ávila como miembro del Consejo Fiscal y a través de la Resolución Suprema Nº 002-2021-EF se acepta su renuncia; Que, conforme al numeral 6.3 del artículo 6 y al numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 287-2015-EF, que establece disposiciones para la implementación y funcionamiento del Consejo Fiscal, creado mediante la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, los miembros reemplazantes del Consejo Fiscal cumplen sus funciones a partir de la fecha de publicación de la Resolución Suprema que los designe y completan el periodo del miembro saliente; Que, en este contexto, se propone la designación de la señora Claudia María Amelia Teresa Cooper Fort como miembro del Consejo Fiscal;