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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2021 (01/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Sábado 1 de mayo de 2021 El Peruano / Reglamento de la Ley de Servicio Civil, las entidades ostentan la facultar de tipi fi car las faltas leves (que acarrean la sanción de amonestación) a través de su RIS. Sin embargo, tenerse presente que dicha facultad no es absoluta, puesto que encuentra su límite en el respeto a las demás normas que rigen el régimen disciplinario de la Ley de Servicio Civil. Que, mediante el Informe Nº 535-2020-SGRH/GAF/ MDSR, la Subgerencia de Recursos Humanos remite a la Gerencia de Administración y Finanzas el proyecto del Reglamento Interno de Servidores Civiles y el Informe Técnico Nº 025-2020/SGRH. Que, mediante el Informe Nº 0117-2020-GAF/MDSR, la Gerencia de Administración y Finanzas remite a la Gerencia Municipal el Proyecto del Reglamento Interno de Servidores Civiles con la fi nalidad que se realice los trámites correspondientes. Que, mediante el memorándum Nº 264-2020-GM/ MDSR la Gerencia Municipal solicita opinión legal con relación al Proyecto de Reglamento Interno de Servidores Civiles elaborado por la Subgerencia de Recursos Humanos. Que mediante el memorándum Nº 0007-2021-GAJ/ MDSR, la Gerencia de Asesoría Jurídica solicita que se subsane las observaciones con la fi nalidad de seguir con el trámite de aprobación respectiva. Que, mediante el Informe Nº 131-2021-SGRH/GAF/ MDSR, remite el Reglamento Interno de Servidores Civiles subsanado de acuerdo a las observaciones realizadas por la Gerencia de Asesoría Legal en el memorándum Nº 0007-2021-GAJ/MDSR. Que mediante el Informe Nº 060-2021-GAF/MDSR la Gerencia de Administración y Finanzas remite el Reglamento Interno de Servidores Civiles subsanado a la Gerencia Municipal. Que, mediante el memorándum Nº 107-2021-GM/ MDSR la Gerencia Municipal solicita opinión legal con relación al Proyecto de Reglamento Interno de Servidores Civiles elaborado por la Subgerencia de Recursos Humanos Que, mediante Informe Legal Nº 0029-2021-GAJ/ MDSR de fecha 29 de marzo de 2021, expedido por la Gerente de Asesoría Jurídica OPINA que existe sustento legal para la aprobación del “Reglamento Interno de Servidores Civiles de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa”, para lo cual deberá derivarse a la Comisión de Administración, Plani fi cación, Economía, Finanzas y Asuntos Legales para la emisión del dictamen correspondiente y posteriormente derivarse al Concejo Municipal para su correspondiente aprobación. En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 29792 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto MAYORÍA de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta y comisiones, se Acordó Aprobar lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DE SERVIDORES CIVILES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno de Servidores Civiles de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas; a la Subgerencia de Recursos Humanos y otras áreas competentes hacer cumplir lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub. Gerencia de Tecnología de la Información y Procesos su publicación del texto y anexos de la presente Ordenanza en el portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALAN CARRASCO BOBADILLA Alcalde 1948707-1Establecen beneficio de amnistía de deudas tributarias y no tributarias en la jurisdicción del distrito de Santa Rosa en el contexto del Estado de Emergencia por el brote del COVID - 19 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 521-2021/MDSR Santa Rosa, 13 de abril de 2021 VISTO:El Informe Legal Nº 0026-2021-GAJ/MDSR de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el memorándum Nº 034-2021-SG/MDSR, de la Secretaría General; el Informe Nº 034-2021-GAT/MDSR, de la Gerencia de Administración Tributaria; el memorándum Nº 014-2021-SG/MDSR de la Secretaria General la Carta Nº 001-2021-OARR/R/MDSR, presentado por la señora Regidora Ofelia Reyes Ricardi; sobre el Proyecto de Ordenanza que otorga bene fi cios para el pago de las deudas tributarias y no tributarias en el Distrito de Santa Rosa en el contexto del Estado de Emergencia por el Covid – 19; y, CONSIDERANDO:Que, según el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley No. 30305, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; las que según el Artículo 74º de la misma norma, pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, debiéndose respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, el artículo 40º de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanza se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones. Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo No. 133-2013-EF, señala que excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo. Que, mediante Decreto Supremo No. 184-2020-PCM, Declara Estado de Emergencia Nacional por las Graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del COVID-19 y establece medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, Decreto Supremo No. 194-2020-PCM, Decreto Supremo No. 201-2020-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias de la COVID-19 y modi fi ca el Decreto Supremo No. 184-2020-PCM, Decreto Supremo No. 002-2021-PCM, que modi fi ca disposiciones establecidas en el Decreto Supremo No. 184-2020-PCM, el Decreto Supremo No. 201-2021-PCM, y el Decreto Supremo No. 008-2021-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19 y modi fi ca el Decreto Supremo No. 184-2020- PCM, el Decreto Supremo No. 201-2020-PCM, el Decreto Supremo No. 002-2021-PCM y el Decreto Supremo No. 004-2021-PCM. Que, mediante el memorándum Nº 014-2021-SG/ MDSR la Secretaría General remite y solicita a la Gerencia de Administración Tributaria el informe correspondiente. Que, mediante el Informe Nº 034-2021-GAT/MDSR, la Gerencia de Administración Tributaria propone los reajustes al proyecto de ordenanza la que tendría que enfocarse como bene fi cio tributario a los contribuyentes considerados en riesgo social si lo que se busca es el apoyo al vecino que realmente se encuentra en una situación económica precaria, evitando la evasión o elusión tributarias de los contribuyentes que si cuentan