Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2021 (01/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Sábado 1 de mayo de 2021 / El Peruano Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la ONPE, estableciéndose en el mismo que el cargo de Asesor II de la Gerencia General es de confi anza, perteneciente a la Plaza 011, que se encuentra vacante; En tal contexto, la Gerencia General, a través del Memorando de vistos, propone la designación del señor Jesús Alberto Félix Atúncar, como Asesor II de la Gerencia General, bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) de con fi anza, a partir del 01 de mayo del 2021; La Gerencia Corporativa de Potencial Humano (GCPH), mediante el Memorando de vistos, que referencia el Informe N° 000548-2021-SGRH-GCPH/ONPE de la Sub Gerencia de Recursos Humanos de la GCPH, señala que la Primera Disposición Complementaria Final 1 de la Ley N° 29849 (que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales), estipula la posibilidad de celebrar contratos administrativos de servicios sin concurso público previo, con aquellas personas destinadas a ocupar puestos que en el CAP o CAP provisional de la entidad tengan reconocida expresamente la condición de funcionario público, empleado de con fi anza y/o directivo superior de libre designación y remoción; por lo que en concordancia el artículo 4° de la Ley N° 31131, los referidos puestos podrán seguir siendo cubiertos a través del Régimen CAS de con fi anza. Asimismo, informa que, de la revisión de los documentos anexos al currículum vitae del señor Jesús Alberto Félix Atúncar, ha constatado que cumple con los requisitos mínimos para ocupar el cargo de Asesor II de la Gerencia General, para el que ha sido propuesto, por lo que considera procedente su designación en el cargo antes referido, a partir del 01 de mayo de 2021; Cabe precisar que el artículo 4 de la Ley N° 31131, que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público, estipula que “a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, ninguna entidad del Estado podrá contratar personal a través del régimen especial de contratación administrativa de servicios con excepción de aquellas contrataciones que se encontraran vigentes y que sean necesarias a efectos de no cortar el vínculo laboral de los trabajadores con vínculo vigente, en tanto se ejecute lo dispuesto en el artículo 1 de la presente ley. Quedan exceptuados de los alcances de la presente ley los trabajadores CAS que hayan sido contratados como CAS de con fi anza”, en consecuencia, existe la habilitación legal para cubrir plazas vacantes a través de la contratación de personal CAS de con fi anza; Por su parte la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través de su Informe de vistos concluye que resulta pertinente emitir la Resolución Jefatural que designe al señor Jesús Alberto Félix Atúncar, como Asesor II de la Gerencia General de la ONPE, bajo el régimen CAS de confi anza; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; en los literales j) y s) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modi fi catorias; así como en el artículo 12 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; Con el visado de la Gerencia General y las Gerencias Corporativa de Potencial Humano y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar, a partir del día 01 de mayo de 2021, al señor JESÚS ALBERTO FÉLIX ATÚNCAR, en el cargo de Asesor II de la Gerencia General de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, correspondiente a la Plaza N° 011 del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la ONPE, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 000125-2020-JN/ONPE, bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) de con fi anza. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, en el portal Institucional www.onpe.gob.pe y en el portal de Transparencia de la Entidad, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 1 “El personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo. Este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad” 1949169-1 Fijan fechas y el rango horario en las cuales se transmitirá la Franja Electoral, para la Segunda Elección Presidencial 2021 RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 000777-2021-GSFP/ONPE Lima, 30 de abril del 2021VISTOS: el Informe N° 001552-2021-JANRFP-SGTN- GSFP/ONPE y el Informe N° 001654-2021-JANRFP-SGTN-GSFP/ONPE, de la Jefatura de Área de Normativa y Regulación de Finanzas Partidarias de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; y, el Memorando N° 000519-2021-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 122-2020-PCM publicado en el Diario O fi cial El Peruano, el 09 de julio de 2020, se convocó a Elecciones Generales el 11 de abril de 2021 para la elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que, el artículo 2° del citado Decreto Supremo, precisa que, en caso ninguno los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica obtuviese más de la mitad de los votos válidos, se procederá a una segunda elección entre los dos (2) candidatos que hubiesen obtenido la votación más alta, para el día domingo 6 de junio de 2021; Que, el artículo 37° de la Ley N° 31046, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 26 de septiembre de 2020, regula entre otros, que, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (en adelante ONPE), recibe como asignación presupuestal, conjuntamente con el presupuesto para el proceso electoral, el monto que irrogue el acceso a radio, televisión, y al pago de publicidad en redes sociales en cada elección; Que, el artículo 38° del mismo cuerpo normativo, estipula que, en las Elecciones Generales, cada estación de radio y televisión difunde la franja electoral entre las seis (06:00) y las veintitrés (23:00) horas; Que, del mismo modo, el referido artículo, regula que, la ONPE, pondrá a disposición de los partidos políticos y alianzas electorales un módulo dentro del Portal Digital de Financiamiento con el catálogo de tiempos y espacios disponibles para la contratación de publicidad en radio, televisión y redes sociales; Que, en ese sentido, al estar próximos a llevarse a cabo la segunda elección presidencial de las Elecciones Generales 2021, se considera oportuno para garantizar la correcta realización de la misma, fi jar las fechas y el rango horario en las cuales se transmitirá la franja electoral de la indica elección presidencial;