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66 NORMAS LEGALES Jueves 13 de mayo de 2021 / El Peruano OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban el “Plan Operativo Institucional Multianual para el periodo 2022-2024 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales”, Versión 00 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000109-2021-JN/ONPE Lima, 12 de mayo del 2021VISTOS: El Informe N.° 000067-2021-GG/ONPE de la Gerencia General, el Informe N.° 000104-2021-GPP/ONPE y el Memorando N.° 001657-2021-GPP/ONPE, ambos de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe N.° 000240-2021-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Mediante Decreto Legislativo N.° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; A través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N.° 033-2017-CEPLAN/PCD, modi fi cada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N.° 062-2017-CEPLAN/PCD, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N.° 053-2018-CEPLAN/ PCD y por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N.° 00016-2019-CEPLAN/PCD, el CEPLAN aprobó la “Guía para el Planeamiento Institucional” con el objetivo de establecer las pautas para la elaboración, aprobación y modi fi cación del Plan Operativo Institucional (POl), en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Asimismo, con Resolución Jefatural N.° 000162-2020- ONPE, fue aprobado el Plan Estratégico Institucional (PEI), 2020-2025 de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE; El numeral 6.2 de la citada “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que las entidades deben elaborar y aprobar el POl Multianual con la fi nalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo no menor de tres años, respetando el periodo de vigencia del PEI. Asimismo, con ONPE, fue prorrogado el plazo de la sección 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, estableciendo el 14 de mayo de 2021 como plazo para el registro y aprobación del POI Multianual 2022-2024 por parte de los Titulares de las entidades de los tres niveles de gobierno; En ese contexto, en el proceso de elaboración del POI multianual institucional, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la ONPE, mediante el Informe N.° 000104-2021-GPP/ONPE complementado con el Memorando N.° 001657-2021-GPP/ONPE, referenciando el Informe N.° 000525-2021-SGPL-GPP/ONPE de la Sub Gerencia de Planeamiento, señaló que, previamente a la elaboración del POI Multianual de la ONPE, la entidad aprobó los “Lineamientos Generales para la elaboración del Plan Operativo Institucional Multianual para el período 2022-2024”, considerando la articulación de los Sistemas Administrativos Transversales dispuesto en el numeral 4.5 de la Guía de Planeamiento, cuyos lineamientos fueron expuestos a la Alta Dirección y luego aprobados por la Gerencia General a través del Proveído N.° 001816-2021-GG/ONPE. Asimismo, precisa que, para la elaboración del citado Plan, se realizaron reuniones de trabajo con representantes del Equipo Técnico de la ONPE y con las Gerencias de la entidad, respetando la estructura establecida en la Guía para el Planeamiento Institucional en mención; En ese orden de ideas, la Gerencia General mediante el Informe de vistos, recomienda a la Jefatura Nacional la aprobación del POI Multianual para el periodo 2022-2024 de la ONPE, de acuerdo con lo propuesto por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en consecuencia, resulta necesario la aprobación del referido instrumento de gestión; De conformidad con lo dispuesto en las normas antes citadas y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley N.° 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, así como en los literales s) y t) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE aprobado mediante Resolución Jefatural N.° 063-2014-J/ONPE y sus modi fi catorias; Con el visado de la Gerencia General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el “Plan Operativo Institucional Multianual para el periodo 2022-2024 de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales”, Versión 00, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el “Plan Operativo Institucional Multianual para el periodo 2022-2024 de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales”, Versión 00 es de obligatorio cumplimiento y responsabilidad de todos los órganos de la entidad, quienes deben formular la evaluación correspondiente, en los plazos y forma que establece la normativa vigente. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, efectuar el registro del POI Multianual 2022-2024 Versión 00, en el aplicativo CEPLAN v.01, así como su correspondiente seguimiento y evaluación de cumplimiento. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (www.onpe.gob.pe), el mismo día. Publíquese, regístrese y comuníquese.PIERO ALESSSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 1952433-1 Aprueban el Plan de Medios de la Franja Electoral de la Segunda Elección Presidencial 2021 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000111-2021-JN/ONPE Lima, 12 de mayo del 2021VISTOS: el Informe N° 000921-2021-GSFP/ONPE de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, el Memorando N° 1658-2021-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000243-2021-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y, CONSIDERANDO:Mediante Decreto Supremo N° 122-2020-PCM fueron convocadas las Elecciones Generales para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, fi jándose como fecha para la citada elección, el 11 de abril de 2021; asimismo, fue precisado que, de darse una segunda elección, en caso ninguno de los candidatos a Presidente de la República y Vicepresidentes obtuviesen más de la mitad de los votos válidos, esta se realizaría el 06 de junio de 2021; Sobre el particular, cabe señalar que, la Franja Electoral tiene como fi nalidad, por una parte garantizar que los partidos políticos puedan hacer llegar sus propuestas a la ciudadanía en general y, por otra, de importancia gravitante para el Estado de Derecho, que