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11 NORMAS LEGALES Domingo 30 de mayo de 2021 El Peruano / INTERIOR Modifican el artículo 1 de la R.M. N° 0342- 2021-IN RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0386-2021-IN Lima, 28 de mayo de 2021VISTOS, el O fi cio N° 259-2021-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y el Informe N° 000742-2021/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0342-2021-IN de fecha 13 de mayo de 2021, se autorizó el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Emilio Arnaldo Chávez Andrade y de la Subo fi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Karen Elizabeth Román Rojas, del 18 al 23 de mayo de 2021, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Moisés Galván Rojas; Que, con el O fi cio N° 5673-2021-SCGPNP/ DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE de fecha 17 de mayo de 2021, la O fi cina Central Nacional INTERPOL-Lima pone en conocimiento de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú que, el Poder Judicial peruano comunicó que, debido a restricciones gubernamentales, el vuelo programado en las fechas señaladas en el párrafo procedente, para ejecutar la extracción activa del ciudadano Moisés Galván Rojas, desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, ha sido cancelado, siendo las nuevas fechas de viaje, del 1 al 7 de junio de 2021; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 51-2021-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 25 de mayo de 2021, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que modi fi que la Resolución Ministerial N° 0342-2021-IN; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que “La O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: (…) 7) Ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte (…)”; Que, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, y los gastos por pasajes aéreos (ida y vuelta) serán asumidos por el Poder Judicial, conforme a lo señalado en el O fi cio N° 5673-2021-SCGPNP/DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L- DEPICJE; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002- 2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2021, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, asimismo, el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, cabe precisar que el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0342- 2021-IN, respecto de las fechas de inicio y término del viaje al exterior de los efectivos policiales mencionados precedentemente, que ejecutarán la extradición activa del ciudadano peruano Moisés Galván Rojas; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0342-2021-IN de fecha 13 de mayo de 2021, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Emilio Arnaldo Chávez Andrade y de la Subo fi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Karen Elizabeth Román Rojas, del 1 al 7 de junio de 2021, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución”.