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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (12/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Viernes 12 de noviembre de 2021 El Peruano / Artículo 13º.- PROCESO DE CERTIFICACIÓN. Estará sujeto a la normativa vigente (Decreto Supremo Nº 002-2020-MINAGRI, que modi fi ca el reglamento de la Ley Nº 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica, y que en sus artículos 7º,8º,9º,10º y 11º detalla el proceso de certi fi cación), asimismo, la Municipalidad Distrital de Carabayllo, a través de la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Turismo, la Gerencia de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, impulsará dicho proceso, en coordinación con el Consejo Distrital de Producción Ecológica. Artículo 14º.- CONTROL DEL PROCESO DE PRODUCCIÓN. Estará sujeto a la normativa vigente (Decreto Supremo Nº 002-2020-MINAGRI, que modi fi ca el reglamento de la Ley Nº 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica, y que en sus artículos 12º,13º, 14º y 15º detalla el control proceso de producción, a partir de dos mecanismos, el SIC o Sistema de Control Interno y el Sistema de Garantía Participativa o SGP, incluyendo registros, volúmenes, tipos de cultivo, análisis del terreno, convenios, contratos, manejo del cultivo, coordinaciones técnicas, inspección y certi fi cación), en este contexto, la Municipalidad Distrital de Carabayllo, a través de la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Turismo, la Gerencia de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deportes y, en coordinación con el Consejo Distrital de Producción Orgánica, impulsará la asistencia técnica dirigida a los productores agroecológicos, a través de trabajos articulados. Artículo 15º.- CONTROL DE LOS PROCESOS DE COMERCIALIZACIÓN Y CONSUMO Estará sujeto a la normativa vigente (Decreto Supremo Nº 002-2020-MINAGRI, que modi fi ca el reglamento de la Ley Nº 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica, y que en sus artículos 35º al 55º detalla el proceso de comercialización interna, de importación y de exportación); en ese sentido, la Municipalidad Distrital de Carabayllo, a través de un trabajo articulado entre la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Turismo, la Gerencia de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, y en coordinación con el Consejo Distrital de Producción Ecológica, implementará una serie actividades tanto técnicas como operativas, partiendo de un diagnóstico, seguimiento a los canales de distribución y comercialización, monitoreo, presentación del producto, redes de mercadeo, ferias agroecológicas, difusión, talleres de capacitación dirigidos a los productores y/o comercializadores de productos orgánicos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Segunda.- Encargar a Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario O fi cial El Peruano; y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Carabayllo: www.municarabayllo.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ Alcalde 2010435-1MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Convocan proceso de elección de los cinco Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, periodo 2021-2023 y aprueban cronograma de elecciones DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000004-2021-MDI Independencia, 10 de noviembre del 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA. VISTO: El Informe Nº 001-2021-CE-CCLD-MDI de fecha 08 de noviembre de 2021, del Presidente del Comité Electoral para el proceso de convocatoria de elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (en adelante CCLD), periodo 2021-2023; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado en su artículo 194º reconoce a las Municipalidades Distritales, en su calidad de Órganos de Gobierno Local, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el CCLD es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales, integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, los regidores distritales y por los representantes de las organizaciones sociales de base, entre otros, elegidos democráticamente por un periodo de dos años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de 3 (tres) años de actividad institucional comprobada, según lo regulado en el artículo 102º de la Ley Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Nº241-2011-MDI, se aprobó la Modi fi cación del Reglamento para la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD de Independencia; el mismo que establece que el Comité Electoral estará conformado por tres miembros encargados de conducir el proceso eleccionario, siendo estos: a) Presidente, Gerente de Gestión Ambiental, b) Secretario, Gerente de Asesoría Legal y c) Vocal, Sub. Gerente de Imagen Institucional y Participación Vecinal. De igual manera, regula en su artículo 6º, que la convocatoria a Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD, se realizará mediante Decreto de Alcaldía, que establece el cronograma, el lugar, la fecha y hora en la que se procederá a la elección; Estando lo expuesto, con el informe del visto, el Memorando Nº 001378-2021-GM-MDI de la Gerencia Municipal, corresponde emitir el decreto de alcaldía convocando a elecciones de los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el CCLD; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 6º, 20º inciso 6) y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de la Municipalidades y la Ordenanza Nº 241-2011-MDI; SE DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR al proceso de elección de los cinco (05) Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, periodo 2021-2023, cuyo acto de elección se efectuará el día 30 de noviembre de 2021, a partir de las 08:00 horas hasta las 16:00 horas, en el Palacio Municipal ubicado en la Av. Túpac Amaru Km. 4.5 - distrito de Independencia.