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48 NORMAS LEGALES Viernes 12 de noviembre de 2021 El Peruano / Artículo 4º.- ESTRATEGIAS DE SENSIBILIZACIÓN. La presente Ordenanza busca sensibilizar a la población, respecto al consumo de cultivos agroecológicos y difundir hábitos de vida saludable; en ese sentido la demanda de estos productos se intensi fi ca a consecuencia de sus múltiples bene fi cios, no sólo en la salud y el desarrollo económico de un sector de la población, sino también en las sostenibilidad misma del planeta, a través de un vínculo de reciprocidad y mutuo respeto entre el hombre y su entorno, y, en la construcción de una nueva sociedad, a partir de una nueva cultura alimentaria. Las siguientes actividades constituyen estrategias de sensibilización a aplicar: a) Promover la preservación de las áreas agrícolas y la faja marginal del rio Chillón. b) Promover la implementación de huertos ecológicos en las instituciones educativas. c) Reforzar los buenos hábitos alimenticios dentro y fuera del hogar. d) Promover valores de respeto hacia la naturaleza.e) Incentivar el cultivo de plantas y hortalizas en los techos de vivienda, patios traseros y terrazas. f) Implementar charlas, talleres, ferias en torno a la cultura agroecológica. g) Desarrollar estrategias de sensibilización en parques, calles y avenidas del distrito. h) Promover el cultivo orgánico de hortalizas dentro de los hogares más vulnerables. i) Promover el consumo de productos agroecológicos dentro de las organizaciones vecinales j) Articular estrategias de sensibilización con las Gerencias de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social y de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, la Subgerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, la Subgerencia de Comercialización y la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres. Artículo 5º.- AUTORIDAD COMPETENTE. El área responsable de la implementación de esta Ordenanza será la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Turismo de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, en coordinación con la Gerencia de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, y la Subgerencia de Educación Cultura, Juventud y Deporte. Artículo 6º.- FUNCIONES DE LA AUTORIDAD COMPETENTE. 4.1 Promover espacios de concertación, diálogo y plani fi cación entre la Municipalidad y las instituciones públicas y privadas, y asociaciones de productores, con la fi nalidad de impulsar la certi fi cación de productos agroecológicos. 4.2 Fortalecer la participación y organización de los productores agroecológicos, a través de un tejido social que incluya la toma de decisiones. 4.3 Impulsar el desarrollo de capacidades y habilidades técnicas de los productores agroecológicos, a través de trabajos articulados con instituciones públicas y privadas. 4.4 Promover y difundir la producción, comercialización y consumo de productos agroecológicos en el mercado local y regional. 4.5 Desarrollar estrategias de sensibilización dirigidas a la población del distrito. 4.6 Promover e incentivar la reducción del uso de agroquímicos dentro del dsitrito. 4.7 Establecer una base de datos. Artículo 7º.- EL CONSEJO DISTRITAL DE PRODUCCIÓN ECOLÓGICA Es un sistema de articulación interinstitucional conformado por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, instituciones públicas y privadas, y asociaciones de productores, constituido con la fi nalidad de efectuar seguimiento a la implementación dela presente ordenanza y monitoreara el cumplimiento de las metas establecidas en el plan de trabajo.Artículo 8º.- INTEGRANTES Integran el Consejo Distrital de Producción Agroecológica, los representantes de las siguientes instituciones: - La Municipalidad Distrital de Carabayllo, a través de:. La Gerencia de Desarrollo Económico Local y Turismo. . La Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente. . La Gerencia de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social. . La Subgerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deportes. - El Ministerio de Agricultura y Riego. - El Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA.- AGRORURAL.- El Ministerio del Ambiente.- La Unidad de Gestión Educativa Local-UGEL Nº 04 – Ministerio de Educación. - La Dirección de Redes Integradas de Salud – DIRIS Lima Norte. - Asociaciones de Productores Ecológicos organizados. Artículo 9º.- FUNCIONESa) Garantizar el cumplimiento de la presente ordenanza. b) Establecer una base de datos en relación a los procesos de producción, comercialización y consumo de productos agroecológicos dentro del distrito. c) Implementar un Reglamento Interno y un Plan de Trabajo. d) Efectuar seguimiento a las metas establecidas en el Plan de Trabajo. Artículo 10º.- REGLAMENTO INTERNO La Municipalidad Distrital de Carabayllo a través de una acción articulada entre la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Turismo, la Gerencia de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, implementarán un Reglamento Interno con la fi nalidad de organizar y regular las acciones conjuntas a fi n de orientar y promover la certi fi cación de los productos agroecológicos dentro del distrito de Carabayllo; este instrumento será aprobado mediante Resolución de Alcaldía, en un plazo máximo de 30 días hábiles posteriores a la publicación de la presente Ordenanza. Artículo 11º.- PLAN DE TRABAJO De la misma forma, la Municipalidad Distrital de Carabayllo, a través de una acción articulada entre la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Turismo, la Gerencia de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, elaborará e implementará un Plan de Trabajo, el cual también será aprobado mediante Resolución de Alcaldía, en un plazo máximo de 30 días hábiles posteriores a la publicación de la presente Ordenanza. Artículo 12º.- ASOCIATIVIDAD. El proceso de asociatividad adoptará la fi gura de un SIC – Sistema de Control Interno (según Decreto Supremo Nº 002-2020-MINAGRI que modi fi ca el reglamento de la Ley Nº 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica, y que, en sus artículos 13º, 14º y 15º, describe las características y funciones de este mecanismo de control recíproco, establecido en el interior de la asociación de productores, con la fi nalidad de consolidar su proceso de reconocimiento), en el distrito de Carabayllo, las asociaciones de productores agroecológicos desarrollan este proceso de asociatividad de forma interna.